El seguro obligatorio de viajeros. Diariamente hacemos desplazamientos en medios de transporte público colectivo (autobús, metro, tren de cercanías, etc.) y no suele pasar, pero ¿y si hay un accidente y nos vemos obligados a pasar unos días de baja? ¿Y si al parar el autobús lo hace fuera de la isleta prevista y nos rompemos un hueso al bajar, debido al escalón?
El transportista tiene una responsabilidad que la ley cubre por medio de un seguro de contratación obligatoria: el Seguro obligatorio de viajeros (SOV). En caso de accidente, la normativa que regula el SOV dispone de un baremo de indemnizaciones muy detallado donde se valoran las indemizaciones según el grado de las secuelas producidas sobre el viajero.
Seguro obligatorio de viajeros
Aquí te resumimos todo lo publicado en Consumoteca sobre el Seguro Obligatorio de Viajeros:
–Qué hacer en caso de accidente en un transporte público colectivo
–Qué es el baremo de indemnizaciones del seguro obligatorio de viajeros
–Cómo reclamar en caso de accidente en un transporte público colectivo
Casos reales de accidentes en autobuses y colectivos
–El SOV debe indemnizar al viajero aunque el conductor no tuviera culpa
–Caída al subir a un autobús público en Madrid
Normativa que regula el seguro obligatorio de viajeros
El Seguro Obligatorio de Viajeros se encuentra regulado por:
-El Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del seguro obligatorio de viajeros.
–Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro.
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