Los Ayuntamientos son quienes regulan los servicios de auto-taxi de su localidad mediante las respectivas Ordenanzas municipales, las cuales, en grandes líneas, siguen lo prescrito por el Reglamento nacional del taxi (*) de 16 de marzo de 1979.
Aquí te damos una serie de consejos antes de tomar un taxi:
Consejos antes de tomar un taxi
No puedes elegir
El servicio de taxi, cuesta creerlo, es de los pocos donde no se puede ejercer un derecho tan básico como el de elegir.
En una fila de taxis no puedes elegir el que más te guste, así que si no te gusta el taxi, el taxista o la mampara protectora, o dejas pasar el turno o te aguantas.
El taxista tampoco
El taxista por su parte tampoco puede (o debería) ser selectivo: si lleva dos horas en la parada y tu servicio (o carrera) es a la esquina a quinientos metros de allí, se debería fastidiar, sin recurso a negativas (ver punto 10 de esta lista).
La norma exige de los taxistas respecto al público un comportamiento correcto.
Derechos del usuario del taxi
El usuario tiene respecto al auto-taxi que use los derechos a:
-Viajar en un automóvil seguro y cómodo según exige la normativa;
–Llevar maletas u otros bultos de equipaje normal, siempre que quepan en la baca o portamaletas del vehículo, no lo deterioren y no infrinjan con ello reglamentos o disposiciones en vigor. Los conductores no podrán impedirlo.
-Derecho a disfrutar de un servicio en un vehículo aseado tanto en el interior como en el exterior. Un taxi sucio por dentro o fuera podrá ser denunciado por los usuarios dando lugar a una falta leve.
Taxistas sanos
El taxista, por su parte debe hallarse en posesión del permiso de conducción adecuado, no padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.
Trato correcto
El usuario tiene derecho a recibir del conductor un trato y comportamiento correctos. Esto incluye el no empleo de palabras o gestos groseros y de amenaza en su trato con los usuarios o dirigidas a los viandantes o conductores de otros vehículos.
Tarifas visibles
Las tarifas del taxi se fijan por los Ayuntamientos y deben ser visibles para el usuario desde el interior del vehículo, conteniendo los suplementos y tarifas especiales que proceda aplicar a determinados servicios (traslados a campos de deportes, sanatorios, aeropuertos, puertos, estaciones, cementerios y otros) o fechas especiales como el Día de Navidad y año nuevo.
Taxímetro precintado
Los auto-taxis deben ir provistos de un taxímetro comprobado y precintado en todo momento visible para el viajero (su lectura de tarifa o precio).
El taxímetro no se puede “trucar” y el taxista lo debe interrumpir provisionalmente “en caso de accidente, avería, reposición de carburante, o cualquier motivo no imputable al usuario”.
Libro de reclamaciones
El taxista debe disponer de Libro de reclamaciones, de un ejemplar del Reglamento, y de la ordenanza del Ayuntamiento que regule el servicio del taxi, de un plano y callejero de la ciudad (en la actualidad GPS), y de un ejemplar oficial de la tarifa vigente.
Pagar antes de reclamar
En general, en caso de problemas o discrepancias con un taxista, un taxi o un servicio es recomendable pagar el recibo, exigir se entregue a cambio un tique debidamente rellenado que incluya los datos de la licencia de taxi (permite identificar al titular), el trayecto, el importe y la fecha en la que se realiza.
Llamar a la Policía Municipal si se ponen mal las cosas
Es bueno solicitar la presencia de un agente de la autoridad, ante el cual, el taxista deberá justificar la situación, de la cual podrá quedar constancia escrita.
Solicita al agente una copia del acta, su identificación y/o el número de expediente del acta y junto con el recibo del servicio, dirige un escrito de reclamación al Área de transportes (o del taxi si existe) del municipio donde hayan ocurrido los hechos.
Reclamar nunca está de más. Si podemos conseguir mejorar la calidad de este servicio con estos consejos antes de tomar un taxi, mejor para todos.
Bajada de bandera, son….
Normativa relacionada
*Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros (ver online).
*Decreto 12/2018, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Personas en Vehículos de Turismo (DOCM de 23 de marzo de 2018).