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La responsabilidad directa de la seguridad de un evento donde se congrega mucha gente es del que la promueve (aunque una Ley de diciembre 2013 de la Comunidad de Madrid implica de manera solidaria también al propietario del local o recinto), pero, cómo no, la Administración competente también debe y puede establecer unos mínimos de seguridad y de exigencias para que nuestros derechos como usuarios se vean protegidos.
La normativa fija las condiciones y requisitos que deben reunir los locales donde se celebren eventos (eventos deportivos, fiestas populares, parques de atracciones, macrofiestas, presentaciones, representaciones, etc. etc.) con independencia de la naturaleza del que las promueva (personas físicas o jurídicas privadas o públicas, con o sin ánimo de lucro) y de si se realizan de forma esporádica o habitual, en instalaciones fijas, desmontables o portátiles.
Te presentamos a continuación todo lo publicado en Consumoteca sobre espectáculos públicos y actividades recreativas:
Guías prácticas
Organizadores y artistas
Espectadores
Derecho de admisión y normativa autonómica de espectáculos públicos
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