Venta ambulante ilegal es aquél tipo de venta que, realizándose fuera de un establecimiento comercial permanente (definición de venta ambulante o no sedentaria), se realiza sin cumplir con la normativa estatal, autonómica y local por uno o múltiples motivos.
Las modalidades más conocidas de venta ambulante ilegal, a las que contribuimos los consumidores con nuestro comportamiento son:
el “top manta”, en la cual se juntan varios motivos de ilegalidad: venta de copias ilegales, de falsificaciones, de productos de segunda mano por personas que no cumplen los requisitos legales, fiscales, de residencia, etc. de las ventas ambulantes, y también
colectivos que venden productos de alimentación de madrugada, en zonas de discotecas o pubs en las ciudades,
tampoco es venta autorizada la que realizan algunos comerciantes en las playas, cuando ponen a disposición del público pulseras, collares o prestan determinados servicios a los viandantes, como peluquería o masajes.
Los derechos de los consumidores son nulos cuando estos adquieren un objeto en un vendedor ambulante ilegal.
Para Consumoteca por supuesto, hay que desterrar la idea de que los “top manta” son vendedores ambulantes, ya que están operando de forma ilegal.
Recuerda que los vendedores ambulantes legales no pueden vender mercancía robada o copiada.