Todo sobre ascensores y salvaescaleras.
Ascensor
Un ascensor (ascensores) es un aparato elevador que sirve para transportar personas o cosas de unos pisos a otros en un edificio. Un salvaescaleras (o salva escaleras) es una plataforma mecánica elevadora plegable que corre sobre raíles y “salva” un desnivel al pie de una escalera. Si tiene butaca incorporada hablamos de silla salvaescaleras. En estos casos, además los hay con butaca y reposa pies plegables eléctricamente. Si es una plancha plana donde se sube la silla de ruedas, hablamos de plataforma salvaescaleras.
Los ascensores y elevadores verticales exigen un mantenimiento legal obligatorio. Si salvan dos plantas de una casa hay que contratar una empresa mantenedora. El mantenimiento mínimo legal será de tres veces por año. Además, tienes el deber de comunicar el ascensor en el Registro de aparatos elevadoras de la Consejería de Industria de tu Comunidad autónoma.
La legislación española sobre normas de edificación es bastante exigente en materia de accesibilidad. Desde 2017 las edificaciones con personas de movilidad reducida (PMR) deben tener soluciones accesibles (ascensores, salvaescaleras, rampas). Es lo que se conoce legalmente como “elementos de adaptabilidad funcional”.
Te presentamos a continuación de manera organizada todos los contenidos sobre ascensores y salvaescaleras publicados hasta la fecha en Consumoteca:
Ascensores
Salvaescaleras
Grúas de bipedestación
Sillas de ruedas
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1 Comentarios
Un comentario en "Todo sobre ascensores y salvaescaleras"
Quiero contribuir con mi experiencia:
Javier Tejedor Martínez como cliente particular y miembro de una comunidad de vecinos, tras múltiples intentos infructuosos de informar para que resolviesen las evidentes, deficiencias técnicas, de un ascensor mal diseñado, con la Delegación de Orona en Valencia, me puse en febrero 2025 en contacto con la sede central en Hernani para presentar una queja formal NC. 23679842 y me remitieron a D. Joseba Erauskin con su dirección de correo electrónico, en calidad de responsable de calidad, para buscar soluciones y comunicación.
Durante este proceso, constaté que las respuestas proporcionadas por su parte fueron pocas y tardías, escasamente detalladas, responsabilizando a la delegación de Valencia y sin compromisos concretos. A ello se sumó la entrega de datos de contacto erróneos, en particular un número de teléfono que resultó pertenecer extrañamente a otra empresa también ubicada en Hernani, lo que imposibilitó una comunicación directa y efectiva con su departamento en momentos clave. Por cierto, a día de hoy sigo sin recibir respuesta a la incidencia presentada NC. 23679842.
Un aspecto especialmente preocupante fue la falta de información sobre la no adhesión de Orona S. Coop al Sistema Arbitral Administrativo de Consumo, un mecanismo extrajudicial voluntario pero esencial para la protección del consumidor y la resolución ágil de conflictos sin recurrir a la vía judicial. En la actualidad, alrededor de 72.000 empresas en España están adscritas. ORONA Obliga a sus clientes y comunidades de vecinos a ir a la farragosa, larga y costosa vía judicial o a un forzado acuerdo extrajudicial, cuando en nuestro caso cobraron íntegramente en octubre 2024 aproximadamente 140.000 euros por sus trabajos (política de empresa).
La ausencia de adhesión a este mecanismo administrativo por parte de una empresa del prestigio y tamaño de Orona S Coop.- Orona Group con Certificados de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otros, desprecia al pequeño cliente, que incluye personas mayores y con movilidad reducida, quienes sufren directamente las consecuencias de una gestión deficiente, pérdida de tiempo, dinero y calidad de vida.