Reparación de pequeños electrodomésticos: lo que debes saber

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Cocina con electrodomesticos

La reparación de pequeños electrodomésticos en Madrid o Barcelona, que son ciudades de vida ajetreada puede ser un fastidio cuando no se tiene tiempo.

En este post te vamos a  explicar cómo buscar y elegir con seguridad un Servicio de asistencia técnica (SAT) donde llevar a reparar tu aparato, cómo distinguir los servicios oficiales de los demás y terminaremos con algunos consejos adicionales.

Qué es un SAT

Los Servicios de Asistencia Técnica (SAT) son, según la normativa de electrodomésticos*,

… aquellos establecimientos o personas que, cumpliendo los requisitos reglamentarios establecidos para esta actividad, se dediquen a la reparación, instalación y/o conservación o mantenimiento de aparatos de uso doméstico y presten sus servicios tanto en los locales donde se desarrolla su actividad como en los domicilios de los usuarios

Y un aparato de uso doméstico (electrodoméstico), sería:

… aquellos bienes de consumo duradero de uso doméstico que utilicen, directa o indirectamente para su funcionamiento o aplicación, cualquier tipo de energía y/o la transformen.

Un SAT oficial de marca es aquel servicios de asistencia técnica que posee autorización escrita del fabricante o de su representante legal en España para representarle.

Todo lo que no sea un SAT oficial de marca, se considera por ley un «talleres no autorizados como SAT oficiales de marca».

Pero ojo, eso no quiere decir que no puedan dedicarse a la reparación de aparatos de uso doméstico.

Lo único es que tienen prohibida por ley la «ostentación de referencias a marcas, tanto en el exterior como en el interior del taller, que pueda inducir a confusión o error al usuario, respecto a la vinculación» con el fabricante.

Como hemos visto, los SAT oficiales están obligados a reparar los artículos de la marca y gama que representen, pero no están obligados a reparar aparatos de marcas distintas a las que representan.

Qué hacer en caso de avería

En caso de avería de un electrodoméstico lo primero que te aconsejamos es comprobar si está o no dentro de garantía legal (durante los tres primeros años el fabricante se obliga a reparar el aparato en garantía.

Esto se prueba mediante el tique de compra o la factura. Si el aparato está en garantía es recomendable acudir a un servicio oficial de la marca.

Elegir un buen SAT

Si el aparato no está ya en garantía y la reparación compensa no tener que comprar un nuevo aparato sustitutivo, es conveniente seguir estos consejos para repararlo con éxito y garantía.

¿Tenemos extensión de garantía?

Comprobar si tenemos o no un seguro de «extensión de garantía» sobre el aparato. Estos seguros los suelen ofrecer los distribuidores de electrodomésticos (Worten, Carrefour, MediaMarkt, El Corte Inglés, etc.) en el momento de la compra.

Por unos 20 a 70 euros adicionales, nos garantizamos que la garantía legal de dos años quede ampliada temporalmente y tal vez cubra casos más amplios de «siniestro» del aparato, y la empresa distribuidora y la aseguradora se aseguran un dinero extra, con un buen margen de venta.

Buscar un SAT oficial

Consultar en la documentación del aparato el listado de SAT oficiales de la marca en España o consultar en el mismo establecimiento donde se compró.

Son ellos los que mejor conocen el sector de la fabricación y reparación de electrodomésticos y te podrán remitir al SAT correcto.

¿La tienda es también SAT de la marca?

Algunas tiendas de electrodomésticos son también SAT oficial de la marca que representan. Por ejemplo, en Collado Villaba (Madrid), la tienda JCogorro anuncia vender y reparar pequeños electrodomésticos de las marcas que representa, desde hace 20 años.

jcogorro.com
jcogorro.com (https://www.jcogorro.com)

¿Está adherida al Sistema Arbitral de Consumo?

El que la empresa, en su publicidad, presente el símbolo de adhesión al sistema arbitral de consumo, supone una garantía en cuanto a la solución de conflictos que pudieran surgir. Búscalo o pregunta en el SAT si están adheridos, es así:

Arbitraje de Consumo Establecimiento adherido Madrid

Desconfiar de SAT 900 de pago o sin domicilio

Conviene desconfiar de un SAT cuya única forma de contacto sea un teléfono de tarificación adicional (empiezan por 8xx) o un teléfono móvil, ya que en estos casos, no se contará con una dirección física donde dirigirse, si fuera necesario.

Desconfía también de un SAT que no anuncie un domicilio físico o si lo hacen no es real. O siendo real, no les corresponde a ellos.

Una vez en el SAT

Cuando lleves el electrodoméstico a reparar a un SAT, ten en cuenta los siguientes derechos:

Información

Todos los SAT deben exhibir sus precios (por tiempo de trabajo, transporte y desplazamiento, así como los recargos por trabajos de carácter de urgencia o fuera de la jornada laboral) y el horario de los servicios usuales y especiales.

También deben informar de la tenencia de hojas de reclamaciones a disposición del consumidor.

Presupuesto

Tienes derecho a que te elaboren un presupuesto previo por escrito, a tu disposición en un plazo inferior a 5 días hábiles desde que lo solicites.

Su validez mínima será de 30 días. Ojo, porque la ley prevé que te puedan cobrar por la elaboración del presupuesto si examinar la avería es complicado.

Pero en ese caso te deben advertir que la elaboración del presupuesto tiene un coste per se, a pagar si te echas para atrás una vez visto el coste de la reparación.

En este caso habrá que abonar, por ley, el equivalente a 15, 30 ó 60 minutos del valor de la hora de trabajo en función de si se trata, respectivamente, de pequeños aparatos, aparatos de línea blanca (frigorífico, horno,..) o aparatos de línea marrón (televisores, reproductores de DVD, etc.).

Además, las averías o defectos ocultos que, eventualmente, puedan aparecer durante la confección del presupuesto o durante la reparación del aparato deben comunicarse al usuario a la mayor brevedad posible.

En todo caso, el SAT debe informar al usuario, por escrito, de los servicios que no pueda prestar.

Resguardo de depósito

Al dejar el aparato en el SAT para valorarlo o arreglarlo, te deben dar un resguardo con la descripción técnica del aparato, fecha de recepción, plazo previsto de entrega del presupuesto o del aparato ya reparado, etc.

El resguardo de depósito es necesario para la recogida del presupuesto y/o para la posterior retirada del aparato.

Piezas de repuesto

Los SAT están obligados a ofrecer piezas de repuesto durante al menos siete años, salvo para aparatos cuyo precio de venta no supere los 60€, que serán de 5 años, y dos años para las piezas estéticas, contados a partir del cese de fabricación de ese modelo.

Las piezas (deben ser  nuevas) deben servirse en un plazo máximo de un mes desde la fecha de solicitud, en el caso de aparatos de importación, y no superior a quince días en piezas de aparatos nacionales.

Si se fueran a utilizar piezas usadas, recuperadas o reacondicionadas que sean más económicas que las nuevas, te deberán pedir tu consentimiento por escrito.

Al recoger nuestro aparato en el SAT

Una vez que recojas el aparato reparado del SAT intenta probarlo «in situ» para ver que todo está correcta y ten en cuenta estos derechos adicionales como consumidor:

Factura

El prestador del servicio te debe facilitar una factura identificando al SAT y al cliente, la marca y modelo del aparato restaurado, las operaciones realizadas al aparato, el precio desglosando piezas de repuesto y mano de obra, el IVA, la fecha y firma de la persona responsable del SAT.

Gastos de almacenamiento

Ojo porque estás obligado a pagar gastos de almacenamiento a partir de un mes desde la fecha en que deberías haber recogido el aparato.

El recargo por almacenaje debe constar en la tabla de precios expuesta en el establecimiento.

Piezas de repuesto

Tienes derecho a exigir que te las entreguen salvo que el aparato esté en garantía.

Garantía de la reparación

Todas las reparaciones o instalaciones están garantizadas por tres meses, siempre y cuando el aparato no sea manipulado por terceros o cuando la nueva avería se produzca como consecuencia de un uso inadecuado.

La garantía se entiende total sobre la reparación efectuada y afectará a todos los gastos que se puedan ocasionar, tales como los del transporte que la reparación exija y el desplazamiento de los operarios que hubieran de efectuar dicha reparación siempre que correspondan a los abonados en factura anterior, las piezas de repuesto y material de cualquier clase que hubiera de utilizarse, así como la imposición fiscal que grave esa nueva operación.

Normativa relacionada

*Real Decreto 58/1988, de 29 enero, de Protección de los Derechos del Consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico (BOE 29/1988, de 3 de febrero de 1.988).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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