En materia de seguros, el tomador es la persona (física o jurídica) que suscribe una póliza de seguros con el asegurador, obligándose mediante su firma a hacer frente al pago de la prima de seguros.
El tomador actúa en nombre propio, pero es diferente del asegurado, es decir, que puede contratar por cuenta propia (para ser su asegurado) o ajena (para que otro quede asegurado).
El tomador es la persona natural o jurídica “que contrata y suscribe la póliza de seguro, por cuenta propia o de un tercero, asumiendo las obligaciones y derechos previstos en la Ley de Contrato de Seguros.
Con la contratación de un seguro, el tomador “busca trasladar un determinado riesgo a un tercero (empresa aseguradora) a efecto de que le sean resarcidos a él o a un tercero los daños o pérdidas que puedan derivar del acaecimiento de un suceso incierto a la fecha del contrato de seguro”.
A tal objeto, el tomador deberá abonar una retribución (prima) al asegurador.
Raúl
12 Abr 2013Seguro de responsabilidad civil Tenía un seguro de responsabilidad civil, y digo tenía, porque alguien ha cambiado de tomador y la domiciliación bancaria. Siendo yo el tomador del seguro y el asegurado, como es posible q sin ser yo, alguien lo haya podido hacer sin mi D.N.I y sin mi presencia. Yo lo veo muy grave. Q derechos tengo, porque yo necesito un seguro para poder trabajar.
Saludos
alberto
25 Mar 2013derechos del tomador un comercial hizo de tomador de un vehiculo mio que se usaba de coche de empresa por lo que fue abonado por mi mediante transferencia bancaria. tras terminar la relaccion laboral el tomador cambio el seguro del coche de empresa al suyo propio en vez de cancelarlo y la correduria de seguros dice que tiene derecho a hacerlo sin darme de la posibilidad de asegurarlo yo abonando la doiferencia.Es legal esa afirmacion? me quedo sin derechos habiendo pagado el seguro?La correduria tiene alguna responsabilidad?