La entrada «Derecho de admisión» se publicó por primera vez el 6 de julio de 2018 y ha sido actualizada con fecha 26 de diciembre de 2022.
Una de las máximas del Consumo y la protección del consumidor y usuario es la prohibición de toda discriminación y accesibilidad universal en las relaciones de consumo. Esto quiere decir que no se nos puede negar poder comprar cualquier cosa mientras paguemos su precio. Y que tampoco se nos podrá negar el acceso a un establecimiento como regla general.
En normativas recientes como el Estatuto del consumidor navarro (diciembre 2022), se dice lo siguiente (art. 11.1):
Las personas consumidoras y usuarias no podrán ser discriminadas en la adquisición de bienes ni en la prestación de los servicios contratados.
Derecho de admisión. Definición legal
El derecho de admision se podría definir como la facultad del titular de un negocio (bar de copas, taller de reparación, etc.) de rechazar nuestro acceso a un local (o la reparación de algo) mediante unos criterios de selección publicitados y objetivables.
En la citada Ley navarra se dice (art. 11.2):
En los establecimientos abiertos al público en los que se reserve el derecho de admisión, se deberán publicitar mediante un cartel visible en la entrada a dicho establecimiento las condiciones establecidas para ejercitar el mismo, que no podrán ser indeterminadas, discriminatorias, arbitrarias o incongruentes con la naturaleza y actividad del establecimiento.
Una definición más técnica nos la da, por ejemplo, la normativa en Aragón, que lo define en su Real Decreto 23/2010, así:
«facultad que tienen los titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos para determinar las condiciones de acceso y permanencia en los mismos, dentro de los límites establecidos legal y reglamentariamente«.
Derecho admision bares y restaurantes
El derecho de admisión es, en su acepción más utilizada, la facultad del titular de un negocio (bar de copas, discoteca, pub, etc.) para establecer unos criterios de selección para el público de su establecimiento, con el objeto de impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad.
Los requisitos exigibles para el ejercicio del derecho de admisión por los titulares de negocios de restauración son:
- Dar publicidad de los requisitos, en lugares en los que el público pueda verlos fácilmente, normalmente a la entrada de los locales, establecimientos y recintos.
- Que los requisitos públicos no sean indeterminados, discriminatorios, arbitrarios o incongruentes con la naturaleza y actividad del establecimiento.
Derecho de admision en los talleres de reparación
El Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes, permite a los talleres oficiales de una marca reservarse el derecho de admisión sobre los vehículos de otras marcas.
Dice así:
Artículo 13. Derecho de admisión
1. Los talleres atenderán al público en sus establecimientos, siempre que las peticiones se presenten dentro del horario establecido. Los servicios cubiertos por garantía no deberán sufrir ninguna postergación.2. Los talleres oficiales a que se hace referencia en el artículo 3.1.b), del presente Real Decreto podrán reservarse el derecho de admisión de los vehículos de otras marcas que no sean su representada.
Derecho de admision en otros sectores
Hay muchas otras situaciones en las que existen problemas de interpretación sobre este derecho de no discriminación y acceso universal a una relación de consumo.
Por ejemplo, la negativa de una sala de cine a permitir a los usuarios la entrada con alimentos traídos de fuera por su precio más barato.
También la negativa de un salón de juegos a permitir la entrada a menores o a quienes maltraten las máquinas en su manejo o existan sospechas fundadas de que así pudieran hacerlo. O la negativa de una compañía aérea a admitir en un vuelo a un pasajero provisto de un billete válido.
En general la normativa de consumo vela por que los consumidores no puedan verse discriminados en la adquisición de bienes y en la prestación de los servicios demandados.
Por ejemplo, la normativa que regula la reparación de aparatos electrodomésticos obliga a los servicios técnicos oficiales de marca a admitir a reparar los productos de su marca, y si están en garantía, a hacerlo sin “sufrir ninguna postergación”.
Normativa relacionada
Es normativa que regula o menciona el derecho de admisión:
- Ley Foral 34/2022, de 12 de diciembre, reguladora del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias (BON de 22 de diciembre de 2022). Art. 11.
- Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
La entrada «Derecho de admisión» se publicó por primera vez el 6 de julio de 2018 y ha sido actualizada con fecha 26 de diciembre de 2022.
Buenos días!! Hace poco y tras una llamada telefónica en la cual me atendió una chica con mucha prepotencia ante mi pregunta de desconocimiento de sus normas, se me mando un mail negándome a seis días la celebración de un cumpleaños de mi hijo que había reservado hace un mes, x supuesto me acerqué al local
A solucionar el problema y cuál fue mi sorpresa que me encontré con un encargado todavía más borde y prepotente, por supuesto hice una hoja de reclamaciones, negándome la entrada usando su derecho de admisión. Que puedo hacer al respecto??
Gracias anticipadas