La entrada «Normativa sobre derecho de admisión en España» se publicó por primera vez el 31 de mayo de 2011 y ha sido actualizada el 7 de enero de 2023.
El derecho de admisión se podría definir como la facultad del titular de un negocio (bar de copas, taller de reparación, etc.) de rechazar nuestro acceso a un local (o la reparación de algo) mediante unos criterios de selección publicitados y objetivables.
Definición de derecho de admisión
Una definición más técnica nos la da, por ejemplo, la normativa en Aragón, que lo define en su Real Decreto 23/2010, como la
«facultad que tienen los titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos para determinar las condiciones de acceso y permanencia en los mismos, dentro de los límites establecidos legal y reglamentariamente«.
Las distintas Comunidades Autónomas han regulado el derecho de admisión en varias normas:
Aragón
- Decreto 123/2010, de 22 de junio, por el que se modifica el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, aprobado por Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón (BOA de 2 de julio de 2010).
- Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos (ver online).
- Decreto 220/2006, de 7 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el catálogo de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la comunidad autónoma de Aragón (ver online).
- Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Baleares
- Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas (BOCAIB de 5 de mayo de 2011).
Castilla-La Mancha
- Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha (DOCM de 31 de marzo de 2011).
Murcia
- Ley 2/2011, de 2 de marzo, de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia (BORM de 11 de marzo de 2011).
País Vasco
- Orden de 24 de noviembre de 2022, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se crea el registro de personal de servicio de admisión de Euskadi (BOPV de 5 de diciembre de 2022).
- Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (ver online).