Próxima prohibición de vaporizadores de sabores en EEUU

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Tabaco

En los últimos días hemos asistido a inquietantes noticias sobre los peligros de los vaporizadores. En Estados Unidos han fallecido 6 personas usuarias y al menos otras 450 están sufriendo enfermedades pulmonares asociadas a estos cigarrillos electrónicos o vaporizadores de sabores distintos del tabaco.

Qué es un cigarrillo electrónico

Un cigarrillo electrónico o vaporizador es un dispositivo susceptible de liberación de nicotina. Esto es un producto, o cualquiera de sus componentes, incluidos un cartucho, un depósito y el dispositivo sin cartucho o depósito, que pueda utilizarse para el consumo de vapor que contenga nicotina u otras sustancias de sabores a través de una boquilla. Los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina pueden ser desechables o recargables mediante un envase de recarga y un depósito, o recargables con cartuchos de un solo uso.

Los vaporizadores en Estados Unidos

El gobierno federal de los Estados Unidos acaba de anunciar la próxima prohibición de los vaporizadores o cigarrillos electrónicos con sabores distintos a los del tabaco este miércoles 11 de septiembre. La causa, las hasta ahora seis muertes y 450 casos reportados de enfermedades pulmonares relacionadas con el vapeo. Y la preocupación es la propensión de cada vez más adolescentes y jóvenes al vapeo de sabores distintos de la nicotina, por su «enganche» posterior a la nicotina y después a los cigarrillos de toda la vida.

Con esta medida drástica, el gobierno de Trump seguirá los pasos del Estado de Michigan que ha prohibido los cigarrillos electrónicos con sabores distintos del tabaco. La relación causa-efecto exacta de estos problemas de salud pública sigue siendo incierta y el poderoso lobby tabaquero norteamericano está jugándose el ser o no ser por la importancia del mercado de los jóvenes en el uso de los cigarrillos electrónicos. De hecho, las acciones de la British American Tobacco cayeron un 11% este lunes cuando se empezaron a conocer estas muertes.

Por una parte el equivalente a nuestro Ministerio de Sanidad americano, el US Department of Health and Human Services, está haciendo campaña para que los padres y profesores eduquen a los niños sobre los peligros de los vapeadores con sabores y el riesgo de convertirlos en futuros fumadores. Como ejemplo esta infografía con consejos para padres y profesores (ver PDF completo).

Infografía cigarrillos electrónicos US Department of Health
Infografía cigarrillos electrónicos US Department of Health

 

Por su parte, el lobby de las empresas de vapeo y e-cigarrettes, la American Vaping Association (AVA), también está preocupada por el revuelo que está causando esta tormenta de fallecimientos, enfermos y medidas drásticas porque sostienen que estos vapeadores ayudan a los adultos a dejar el tabaquismo y esa es su «propuesta comercial». Por eso, el lema de su página web y postura que defienden, es que los cigarrillos electrónicos ayudan a dejar de fumar….

The AVA is a nonprofit advocacy group that champions the use of vapor products and electronic cigarettes to help smokers quit.

Web de la American Vaping Association AVA
Web de la American Vaping Association AVA

Peligros de los cigarrillos electrónicos

Según la OMS el tabaquismo es la primera causa aislada de mortalidad. Es responsable del 90% de los cánceres de pulmón, del 95% de las muertes por enfermedad pulmonar obstructiva crónica, del 50% de la mortalidad cardiovascular y del 30% de las muertes que se producen por cualquier tipo de cáncer en el mundo. El tabaco se apunta cada año el 16% de las muertes en mayores de 35 años y también afecta a las personas que sufren sus malos humos (fumadores pasivos), involuntariamente.

Las autoridades sanitarias promueven la prevención del tabaquismo (por mandato del artículo 43 de la Constitución sobre protección de la salud), limitan su publicidad y su promoción y regulan cualquier producto o subproducto del tabaco como los cigarrillos electrónicos o vapeadores.

Qué está pasando en Europa

La Comisión Europea, afirma que estos cigarrillos electrónicos son peligrosos en un triple sentido, pero no se ha planteado aún la prohibición de vaporizadores de sabores. Pero recuerda que estos son peligrosos por las sustancias tóxicas que contienen los líquidos que se insertan en el cartucho si contactan con la piel, por los malos humos que propalan en el ambiente los cigarrillos electrónicos y por el riesgo de intoxicación que suponen estas sustancias al alcance de los niños (por contacto, chupado o ingesta de la nicotina, especialmente).

De hecho, basta la ingesta de una dosis de sólo 6 mg de nicotina de un cartucho de vapeador para matar a un niño, o en caso de que sean chupados o contacten con la piel del niño se absorben por las mucosas de la boca o la piel como si de un parche de nicotina se tratara, provocando graves efectos sobre el niño. Por ello en Estados Unidos algunos Estados comienzan a exigir que los recambios de nicotina tengan tapones de seguridad (child-resistant).

Normativa que regula el tabaquismo en Europa y a nivel estatal

 Real Decreto-ley 17/2017, de 17 de noviembre, por el que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, para transponer la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014. 

 Real Decreto 639/2010, de 14 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco (BOE de 26 de mayo de 2010).

 Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

 Real Decreto 2198/2004, de 25 de noviembre, por el que se determinan los colectivos a los que se dirigen las políticas de cohesión a efectos de su financiación por el Fondo de cohesión sanitaria durante el ejercicio 2004.

 Directiva 2003/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de publicidad y de patrocinio de los productos del tabaco.

 Estrategia Europea para el Control del Tabaquismo 2002 de la Región Europea.

 Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (Ginebra el 21 de mayo de 2003. Ratificado por España el 30 de diciembre de 2004).

 Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco.

 Directiva 2001/37/CE del Parlamente Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2001, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco.

 Real Decreto 1185/1994, de 3 de junio, sobre etiquetado de productos del tabaco distintos de los cigarrillos y por el que se prohíben determinados tabacos de uso oral y se actualiza el régimen sancionador en materia de tabaco.

 Ley 25/1994, de 12 de julio, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 89/552/CEE, sobre la coordinación de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (modificada por la Ley 22/1999, de 7 de junio).

 Real Decreto 510/1992, de 14 de mayo, por el que se regula el etiquetado de los productos del tabaco y se establecen determinadas limitaciones en aeronaves comerciales.

 Real Decreto 192/1988, de 4 de marzo, modificado por el Real Decreto 1293/1999, de 23 de julio, sobre limitaciones en la venta y uso del tabaco para la protección de la salud de la población.

 Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.

 Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (establece la obligación de las Administraciones públicas sanitarias a la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades, evitar las actividades y productos que, directa o indirectamente, puedan tener consecuencias negativas para la salud y regular su publicidad y propaganda comercial).

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