Coger un vuelo tras el COVID-19

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Se acaban de publicar en el BOE unas normas directrices de AESA destinadas a aeropuertos, aerolíneas y pasajeros que se deberán tener en cuenta a partir de ahora cuando vayamos a coger un vuelo, en plena crisis del COVID-19.

Nueva normalidad aérea

Está claro que el COVID está aquí para permanecer entre nosotros hasta que aparezca una vacuna y se produzca masivamente. Mientras tanto, debemos habituarnos a esta nueva normalidad aérea. Y debemos perderle el miedo (que no el respeto) a tomar un vuelo.

Por eso, la Agencia Española de Seguridad Aérea ha marcado las principales directrices operativas obligatorias para los gestores de los aeropuertos españoles, las aerolíneas y los pasajeros. Veamos lo más relevante de estas nuevas directrices de seguridad e higiene aérea:

Antes de viajar

Información en el billete aéreo

A partir de ahora, cuando compremos un billete aéreo se nos deberá informar en los espacios disponibles sobre la imposibilidad de viajar si tenemos síntomas compatibles con el coronavirus (vómitos, fiebre, dificultad respiratoria, etc.).

Además, a partir de ahora deberemos llevar relleno con nosotros un formulario-declaración por pasajero de que estamos libres de COVID.

Recabar, antes del vuelo y preferiblemente antes de la llegada al aeropuerto, la declaración de cada pasajero de acuerdo con el modelo de declaración COVID‐19 habilitado al efecto (modelo incorporado como anexo 2 al presente documento).

Informar a los pasajeros sobre las consecuencias de hacer una declaración falsa y el hecho de que puede ser rechazados si se detectan síntomas durante su viaje.

Anexo II directrices operativas AESA
Anexo II directrices operativas AESA

 

Y los viajeros que lleguen a un aeropuerto español deberán estar informados por la aerolínea de la obligatoriedad de rellenar el formulario FCS individual:

obligatoriedad de acceder a la aplicación desarrollada por la autoridad sanitaria SPAIN TRAVEL HEALTH-SPTH (o a través de la dirección de internet www.spth.gob.es) para recabar los datos de salud y de contacto del pasajero, así como de las consecuencias de su incumplimiento.

Además nos deberán incentivar a hacer el auto-check-in y a llevar todo el equipaje en la bodega y no en la cabina:

…. asistir a los pasajeros en la utilización de procedimientos
de auto‐facturación, siempre que ésta resulte posible, e incentivar la facturación del equipaje para evitar que sea transportado en cabina, advirtiendo de que no se facturen baterías de litio dentro del equipaje.

Además, se recomienda a las aerolíneas el reembolso o cambio de fechas para quien demuestre no poder viajar por tener el virus:

Se recomienda a los operadores aéreos que ofrezcan incentivos tales como cambio de reserva o reembolso sin costo sobre la base de un certificado médico que confirma la sospecha de contaminación con COVID19.

Por último, estaremos localizables en los listados de pasajeros de las compañías aéreas durante al menos 4 semanas (trazabilidad de pasajeros):

Mantener la información para contacto de todos los pasajeros y conservar los listados un mínimo de cuatro semanas con posterioridad al viaje. Asimismo, facilitar estos listados a las autoridades de salud pública cuando se requieran con la finalidad de realizar la trazabilidad de contactos.

Acceso a los aeropuertos: solo pasajeros y con mascarilla

A partir de ahora el acceso a cualquier aeropuerto «debe limitarse» a los empleados (restauración, duty free, casas de cambio, limpieza, etc.), las, tripulaciones áreas, la policía y otras personas debidamente autorizadas.

el gestor aeroportuario indicará claramente el punto más allá del cual no se permite el paso de ninguna persona acompañante.

Y a solo los pasajeros que vuelen en las siguientes 6 horas (no antes) sin acompañantes. Solo los menores y PMRs podrán ir acompañados.

En colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el acceso a los edificios terminales debe limitarse:

-A los pasajeros provistos de un billete o tarjeta de embarque válidos, en las 6 horas anteriores a la salida prevista del vuelo,…. y

-en el caso de menores, personas con movilidad reducida u otra causa debidamente justificada, a los acompañantes de estos pasajeros estrictamente necesarios.

Además, los pasajeros deberán acceder con mascarilla o comprarla en el aeropuerto (deberán haber máquinas de vending disponibles) y reponerlas cada 4 horas. Y deberán mantener la distancia de seguridad de metro y medio en las filas de embarque, lavabos, comercios, etc.

Vigilar …….que todas las personas que entren en el edificio terminal hacen uso obligatorio, dentro de las instalaciones del aeropuerto, de mascarilla quirúrgica o que provea una protección superior, salvo en casos debidamente justificados, y facilitar su adquisición por parte de aquellos pasajeros que no dispongan de las mismas.

Comunicar a los pasajeros que, por lo general, las mascarillas quirúrgicas se deben reemplazar después de usarlas durante 4 horas, si el fabricante de la máscara no lo indica, o cuando se mojan o se ensucian, y que deben garantizar un suministro suficiente de mascarillas adecuadas para toda la duración de su viaje.

El uso de mascarillas no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten
alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Facturación en el aeropuerto

La tarea de facturar el equipaje se deberá hacer con precauciones como mantener la distancia de seguridad entre pasajeros, mamparas protectoras del personal de tierra.

Arcos de seguridad

Por fin los vigilantes de seguridad tienen reconocido su derecho a trabajar protegidos:

Los vigilantes de seguridad dispondrán de protectores faciales o alternativas adecuadas además de sus mascarillas para mitigar el riesgo de inhalación de micro‐gotas causada por su contacto con los pasajeros durante las inspecciones manuales.

Además, deberán cambiarse de guantes después de cada inspección manual.

Embarque en el avión

El proceso de embarque también deberá ser ágil, manteniendo la distancia de seguridad y evitando el contacto de la tripulación con el pasaje. En teoría no se permite que se retrase la salida de un vuelo ya embarcado más de 30 minutos.

evitar que los pasajeros permanezcan a bordo durante más de 30 minutos si la aeronave estacionada no dispone de ventilación adecuada conforme a las recomendaciones EASA/ECDC.

Por supuesto se deberá acceder con mascarilla obligatoriamente.

Impedir el acceso a la aeronave a los pasajeros que no utilicen mascarilla quirúrgica o de protección superior.

Un tema interesante es la recomendación de sentar junta a las personas de la misma unidad familiar de convivencia y separar los asientos de la gente si hay disponibilidad de plazas libres en el vuelo. Interesante porque podría no tener sentido «pagar» por elegir butacas juntas en las lowcost que te cobran por todo.

v) En la medida de lo posible y en función de la ocupación del vuelo, procurar el mayor distanciamiento físico posible entre los pasajeros a bordo de la aeronave, permitiendo en cualquier caso que miembros de una misma familia, personas que convivan, o acompañantes de personas de movilidad reducida puedan
ocupar asientos contiguos.

Durante el vuelo

Una vez en vuelo, las directrices recomiendan que tripulación y pasaje no entren en contacto. Incluso unos aseos exclusivos para aquellos.

Establecer los protocolos para minimizar el contacto de las tripulaciones y pasajeros, teniendo en cuenta, entre otros, el uso exclusivo de aseos cuando sea posible, medidas de limpieza y desinfección adecuadas, etc.

Información a bordo del avión COVID
Información a bordo del avión COVID

 

En vuelos de larga duración se nos podrán «vender» mascarillas una vez dentro del avión y posiblemente se reduzcan los servicios de comida y bebidas, que se pagarán con tarjeta bancaria:

Prever una cantidad suficiente de mascarillas quirúrgicas o de protección superior a bordo para ponerlas a disposición para su adquisición por parte de los pasajeros que no hayan previsto su renovación, especialmente en los vuelos de larga distancia.

….

Reducir el servicio a bordo, tanto como sea posible, en función de la duración del viaje con el objetivo de limitar la exposición a contacto de los pasajeros con la tripulación.

Preferencia por alimentos y bebidas pre‐envasados y sellados, como bebidas enlatadas. Siempre que sea posible, se deben evitar los procedimientos de pago que impliquen contacto, como
pagos en efectivo.

Y se deberá limitar la posibilidad de «pasearse» por el avión durante el vuelo o el uso de las boquillas de aire individuales:

Limitar, en la medida de lo posible, la movilidad de los pasajeros en cabina, minimizando de esta forma su posible contacto.

Reducir el uso de boquillas de suministro de aire individuales en la mayor medida posible, a menos que el fabricante de la aeronave recomiende lo contrario

También se deberá disponer en cada vuelo de un kit de tratamiento para al menos un afectado por COVID que se pueda detectar durante el vuelo.

Disponer a bordo de la aeronave de al menos un kit de precaución universal (UPK por sus siglas en inglés). Estos kits deben ser usados para asistir a un posible caso de COVID‐19 y/o para la limpieza y desecho de posibles elementos contaminados a bordo de la aeronave.

En caso de emergencia y uso de oxígeno, lo será sin la mascarilla quirúrgica (también la tripulación):

….en caso de emergencia, los pasajeros deben quitarse las mascarillas antes de usar las mascarillas de oxígeno de la aeronave.

…. los miembros de su tripulación que se quiten las mascarillas protectoras en caso de emergencia, para facilitar la comunicación de instrucciones a los pasajeros

Enfermos de COVID a bordo

Las recomendaciones operativas distinguen dos casos potenciales una vez en vuelo si se detecta que un pasajero puede estar contagiado o tener síntomas de COVID.

En el caso de que, después del despegue, un pasajero muestre síntomas compatibles con COVID‐19, la tripulación lo llevará (junto con sus acompañantes, aunque no muestren síntomas) a una zona de aislamiento en la parte trasera del avión. Allí dejarán, si es posible, dos filas de asientos despejados en cada dirección alrededor del pasajero sospechoso. Y deberá usar su mascarilla correctamente, no usar la boquilla de aire individual y disponer de un aseo cercano en exclusiva para él.

Teniendo en cuenta todos los factores, cuando sea posible, el pasajero sospechoso debe estar sentado en el asiento de la ventana de la última fila, preferiblemente en el lado de la aeronave donde está la válvula de salida.

Por último la tripulación debe informar al aeropuerto de destino a través del sistema de control del tráfico aéreo y cumplimentar la Declaración General de
Aeronave (parte sanitaria) en la que se indique la información sanitaria a bordo y enviarla a las autoridades sanitarias del aeropuerto de destino si le es requerida.

Y los pasajeros que viajaran próximos a este pasajero con síntomas (a 2 asientos en todas las direcciones del caso sospechoso) pueden considerarse contactos cercanos y deberán ser entrevistados, si se confirma el caso sospechoso. 

Los operadores aéreos deben esforzarse por recibir información sobre el resultado de la prueba del caso sospechoso lo antes posible. Los miembros de la tripulación que brindaron servicio en vuelo al pasajero con síntomas compatibles con COVID‐19 deben considerarse en contacto cercano y se les debe pedir que tomen las medidas de autoaislamiento apropiadas después de regresar a la base de operaciones. Estos miembros de la tripulación pueden considerarse aptos para el regreso a su servicio, pero no después de 48 horas tras el primer contacto con el pasajero sintomático y tras una exhaustiva higiene personal y cambio de uniforme o traje protector.

Si el caso sospechoso se confirma positivo, dichos miembros de la tripulación deben ser puestos en cuarentena por 14 días desde el último contacto con el pasajero positivo confirmado (analizando en la medida de lo posible qué miembros de la tripulación tuvieron contacto estrecho con el pasajero afectado). Si la prueba es negativa, pueden reanudar las tareas de vuelo.

*Resolución de 9 de julio de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publican las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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