Qué tipos de seguros personales es recomendable contratar

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De todos los tipos de seguros que hay, los seguros personales son los que nos protegen a nosotros mismos o a nuestros allegados de accidentes, enfermedades o incluso en caso de morir. Los seguros de decesos son uno de los seguros personales que más contratamos. En este post examinamos el seguro decesos como uno de los seguros personales que deberíamos contratar.

Clasificación de los seguros

Los seguros se pueden clasificar de muchas maneras. Una de ellas sería por el tipo de persona al que se dirigen: particulares, autónomos, pymes y empresas grandes. 

Otra podría ser por tipología de daños que cubren. Y así tendríamos tres grandes grupos de seguros:

Seguros personales

Nos protegen de los riesgos que puedan afectar a nuestra existencia, a nuestra integridad o a nuestra salud.

Aquí podríamos incluir seguros como el de asistencia en viaje en caso de repatriación por enfermedad o accidente. O el seguro de decesos, en caso de fallecimiento del tomador. A estos seguros se les puede conocer también como «seguros de prestación de servicios».

Seguros de daños

También conocidos como seguros patrimoniales, su finalidad es reparar daños sobre los bienes asegurados consecuencia de un siniestro.

En esta clasificación entrarían los seguros de vehículos, los del hogar, contra robos, seguros de transporte obligatorios (SOV), etc). 

Seguros personales

Como hemos visto, los seguros personales nos protegen de los riesgos que puedan afectar a nuestra existencia, integridad o salud como seres humanos. 

En este tipo de seguros, lo que queremos asegurar es a nuestra persona o a las personas que queremos de la ocurrencia de un siniestro con consecuencias personales.

Por ejemplo, son seguros personales los que nos cubren de la ocurrencia de accidentes o enfermedades que nos dejen postrados.

También cubren el fallecimiento del tomador o su deceso, en caso de que se quiera dejar una suma de dinero o dejar cubiertos todos los gastos del sepelio sin que afecte económicamente a nuestros allegados, respectivamente.

Seguros de decesos

Dentro de los seguros personales, el seguro de decesos es una buena solución para las personas ordenadas que no quieren causar problemas a sus familiares el día en que desaparezcan.

España es tradicionalmente un país en el que siempre se han contratado los seguros de decesos. Quizás sea porque somos bastante solidarios con los demás y no queremos molestar a nadie, ni en vida, ni una vez que dejemos este mundo.

Esta solidaridad se ve reflejada en que somos uno de los países con mayores donaciones de órganos del mundo. Y también en la contratación de este tipo de seguros personales: no queremos molestar el día en que pasemos a mejor vida.

Poder ir pagando, mes a mes, una pequeña prima que construya un capital suficiente para atender los costes de nuestro funeral el día que no estemos lo facilita mucho.

Para qué sirve el seguro de decesos

El de decesos es un seguro sencillo de entender. Se decide al calcular la prima, el tipo de ataúd que nos gustaría tener, el transporte (si ha de ser a otra ciudad o dentro de la misma), si queremos que nos incineren o entierren. También se deciden los arreglos florales, el nicho o columbario o el tipo de funeral deseados de los disponibles en el listado de servicios de la funeraria.

Acto seguido se valora todo junto con los gastos de la empresa funeraria y se calcula la prima periódica a pagar para tener cubierto el coste íntegro del sepelio.

También se decide si se quieren cubrir estos gastos anteriores exclusivamente o si se quieren añadir otras coberturas (ver siguiente bloque de información) a la prima.

Una vez conocido el importe a cubrir, se firma un contrato con la aseguradora que elijamos tras comparar precios, coberturas y calidades ofrecidas por cada una. Y se domicilia el pago de la prima periódica.

Coberturas habituales

Las coberturas habituales de este tipo de seguros de decesos son el deceso en sí mismo y una serie de coberturas complementarias adicionales.

El precio de la prima dependerá de la ciudad donde queramos descansar, de la empresa funeraria que nos ofrezca la aseguradora elegida y de las coberturas incluidas.

Cobertura de decesos

En función de los que entre así será la prima a pagar:

  • Tipo de ataúd.
  • Tipo de coche fúnebre.
  • Sudario y tanatopraxia y acondicionamiento del cadáver.
  • Inhumación del cadáver: tipo de nicho o sepultura. Lápida.
  • Incineración del cadáver: tipo de urna o columbario.

  • Flores: coronas de flores y ramos de flores.
  • Sala del tanatorio.

  • Servicio religioso.

  • Coche fúnebre y traslado.

  • Recordatorios y esquelas.

Lo importante aquí es entender qué servicios y con qué calidades se incluyen en la prima. Y normalmente mandarán los usos y costumbres de funerales de cada ciudad.

Coberturas complementarias

Otras coberturas opcionales que se pueden añadir para complementar el deceso son:

  • Capital en caso de fallecimiento o incapacidad permanente del asegurado. Ojo, que esta incapacidad permanente tiene varios grados. Por ejemplo, la absoluta accidental, y se limitan a una suma máxima.
  • Asistencia en traslados.
  • Asistencia en viaje.
  • Gestión del proceso sucesorio: es decir, asesoramiento a los herederos sobre la gestión de la herencia del fallecido, gestiones con la Administración, liquidación de impuestos, etc. 
  • Borrado de la huella digital de la persona fallecida.
  • Asistencia psicológica.
  • Reembolso de gastos de gestoría hasta un límite en euros.

Cómo se paga la prima

La complejidad de este tipo de seguros reside en no saber cuándo uno va a fallecer. Obviamente, las personas mayores de edad tienen más probabilidades de hacerlo, pero nadie lo puede saber.

Por eso, estos seguros pueden tener una carencia para ser efectivos (hasta que la aseguradora considere que están cubiertos los gastos del sepelio en la ciudad del asegurado).

Las formas de pagar la prima pueden variar. Son estas:

  • Prima única: se pacta el valor total de los servicios contratados y se paga en uno o varios pagos periódicos hasta completarse el total. La modalidad de un solo pago suele ser común en asegurados de más de 70 años.
  • Pago constante periódico toda la vida.
  • Prima periódica actualizada con algún índice de precios.
  • Prima progresivamente creciente con la edad del asegurado.

Una vez alcanzado el valor total a asegurar, el seguro tiene el carácter vitalicio. Es decir, que sigue vigente hasta que se produzca el hecho asegurado: el deceso del asegurado.

Si al final de la vida del asegurado se hubieran pagado primas superiores al importe del sepelio los familiares podrán pedir el reembolso de la parte de las primas no gastada.

Qué otros seguros personales contratar

Si no quieres dar problemas a los tuyos el día en que fallezcas, contrata un seguro de decesos. Si además eres persona joven con cargas familiares y el tren de vida familiar no se puede permitir un sueldo menos, contrata un seguro de vida.

Y si eres autónomo, considera el seguro de enfermedad y el de accidentes como opciones que te ayudarán cuando los ingresos se vean disminuidos por causas ajenas a tu voluntad.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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