La Constitución Española nos reconoce el derecho a la educación y encomienda a los poderes públicos que garanticen este derecho y el de igualdad de acceso a la educación por parte de los alumnos. Como la compra de libros de texto supone un buen desembolso para los bolsillos de las familias (especialmente las numerosas), en Extremadura se han puesto manos a la obra.
El pasado lunes 25 de abril (2011) se ha aprobado en Extremadura la orden de 5 de abril* que trata de las ayudas a la compra de libros de texto y material escolar por sus centros públicos, de promover una cultura de propiedad social de los libros (que son del centro y se «prestan» al alumno), y de que los niños aprendan a cuidar el material escolar que se les confía.
Centros beneficiarios y requisitos
Las ayudas abarcan los libros de texto, entendidos como el material impreso de carácter duradero, autosuficiente y no fungible, destinado a ser utilizado por el alumnado, y que desarrolla los contenidos establecidos en la normativa vigente.
Pero no incluye los materiales que quedan inutilizados con su uso por el niño.
Se pueden beneficiar de las ayudas los centros públicos de educación primaria, secundaria obligatoria y especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura que escolaricen alumnado perteneciente a familias que tengan la condición legal de numerosa y alumnado procedente de familias desfavorecidas económicamente.
En cualquier caso, la solicitud de fondos para la dotación de libros de texto y material escolar tiene carácter obligatorio para los centros educativos, con el fin de garantizar la puesta a disposición de los materiales correspondientes al alumnado que cumple los requisitos previstos en la presente orden.
Cómo funciona
Por una parte las familias interesadas deben hacer su solicitud de libros de texto y material escolar (los padres o tutores legales del alumnado presentarán en la secretaría del centro la solicitud de préstamo de libros de texto, en el plazo de 15 días contados desde la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura) acreditando si son familia numerosa o sus ingresos.
Los fondos públicos que reciban los centros educativos serán gestionados por los Consejos Escolares y se destinarán exclusivamente a la adquisición de libros de texto y material escolar.
Una vez que el centro se beneficia de la adquisición de los libros de texto y material escolar, son los Consejos Escolares de los centros solicitantes los que en base a unos criterios adjudicarán a unos niños y no a otros, los materiales.
Por ejemplo, los niños de familias numerosas reconocidas legalmente o los de familias donde no se superen ciertas rentas (renta familiar 2009):
-Familias de 1 miembro: 8.311 euros.
-Familias de 2 miembros: 13.538 euros.
-Familias de 3 miembros: 17.779 euros.
-Familias de 4 miembros: 21.088 euros.
-Familias de 5 miembros: 23.932 euros.
-Familias de 6 miembros: 26.677 euros.
-Familias de 7 miembros: 29.270 euros.
-Familias de 8 miembros: 31.852 euros.
-A partir del octavo miembro, se añadirán 2.557 euros por cada nuevo miembro computable.
El alumnado dispondrá de forma gratuita, en concepto de préstamo, de los libros de texto seleccionados por el centro para los estudios que esté cursando.
El material podrá ser utilizado, según proceda, por el alumnado de forma conjunta, compartida o individual.
Los libros de texto, puestos a disposición del alumnado en concepto de préstamo serán propiedad de los centros educativos, y se devolverán al centro al finalizar el curso escolar.
Los centros educativos se responsabilizarán del cuidado y custodia del material adquirido y de la gestión de la devolución y lo tendrán a disposición del alumnado para cursos posteriores.
Obligaciones de padres y niños
El alumnado está obligado a usar correctamente los materiales entregados y reintegrarlos, en buen estado, al centro una vez finalizado el curso escolar.
El deterioro culpable, así como el extravío de los libros de texto, supondrá la obligación de reponer el material deteriorado o extraviado, por parte de los representantes legales del alumnado.
¿Y si sobran libros?
Si existen libros sobrantes, los Consejos Escolares podrán distribuirlos entre el resto del alumnado que haya formulado solicitud, sin que esta circunstancia le otorgue derecho a tener la condición de usuario de libros en posteriores convocatorias.
En este caso, el préstamo se adjudicará por orden inverso a la magnitud de la renta familiar de las familias solicitantes.
Normativa relacionada
Coincidiendo con cada nuevo escolar el gobierno extremeño publica una nueva orden de ayudas para la compra de libros de texto en colegios públicos. En 2020 estas ayudas van encaminadas a un sistema de préstamos de libros de texto.
- Orden de 30 de mayo de 2014 por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto a centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2014/2015 (ver online).
- Orden de 5 de abril de 2011 sobre libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y material escolar a centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2011/2012 (DOE de 25 de abril de 2011).