Sistema sanitario

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Esta entrada «Sistema sanitario» se publicó originalmente el 22 de diciembre de 2009 y ha sido actualizada con fecha 13 de diciembre de 2023.

Qué es el sistema sanitario

El sistema sanitario se pueden definir como el conjunto de recursos y servicios de titularidad pública y privada de que dispone un país para atender las necesidades de salud de sus ciudadanos.

Es decir el conjunto de personas, instalaciones, materiales y su financiación que garantizan nuestra calidad de vida, antes (prevención) y durante (paliativa) la enfermedad.

Derecho a la salud

En España, la Constitución nos reconoce (a todos los españoles y a quienes tengan residencia en el territorio nacional) en su artículo 43 el derecho a la salud.

Dice así:

Artículo 43
Se reconoce el derecho a la protección de la salud.

Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.

Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.

Qué es salud pública

La salud pública se puede definir (Ley 13/2023 de Salud Pública de Euskadi) como el:

conjunto de políticas, programas, servicios y actuaciones dirigidas a actuar sobre los determinantes de la salud, prevenir la enfermedad y proteger y promover la salud y el bienestar de las personas.

Tipos de sistemas sanitarios

Un sinónimo de sistema sanitario puede ser la «sanidad». Dependiendo de la titularidad de los recursos a través de los que se prestan los servicios sanitarios, existen dos tipos de sanidad: sanidad pública y sanidad privada.

  • La sanidad pública sería el conjunto de servicios sanitarios que dependen de los respectivos gobiernos (estatal / autonómicos). La sanidad pública es la encargada de desarrollar las políticas de salud de los poderes públicos.

    Dentro de este modelo público, la Ley General de Sanidad dice que «las Comunidades Autónomas crearán sus Servicios de Salud dentro del marco de esta Ley y de sus respectivos Estatutos de Autonomía». Se regirán por los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad. Es lo que se llaman «Servicios Públicos de Salud».

  • En la sanidad privada, los servicios sanitarios dependen y son provistos por empresas privadas a las que el ciudadano contribuye (generalmente vía la suscripción de seguros de salud).

La sanidad privada suele ser un complemento de la sanidad pública siendo la regla general el que en un país coexistan los dos tipos de Sanidad: pública y privada.

Al sistema que reúne los dos tipos de provisión de servicios sanitarios se le conoce como sistema sanitario mixto.

Organización funcional de los sistemas sanitarios

Atendiendo al tipo de intervenciones y servicios que prestan, los sistemas sanitarios pueden ser de atención ambulatoria o primaria, y de atención especializada u hospitalaria. Además se cuenta con 

Atención primaria

La atención primaria sanitaria se presta en centros de salud o ambulatorios con un criterio de proximidad al lugar de residencia de ciudadano.

Su misión es preventiva: promoción de la salud, educación sanitaria, prevención
de la enfermedad, asistencia sanitaria, mantenimiento y recuperación de la salud, rehabilitación etc.

Estos servicios se prestan por médicos de familia, pediatras y un servicio de enfermería y están organizados en Zonas Básicas de Salud, que a su vez se engloban en Áreas de Salud.

Incluyen los análisis clínicos, las curas de enfermería, las visitas a domicilio, la prescripción de procedimientos diagnósticos y terapéuticos, la prescripción de recetas de medicamentos, etc.

Los profesionales de los centros de atención primaria son:

  • Médicos de Medicina de Familia.
  • Médicos pediatras.
  • Enfermeros y enfermera de Atención Primaria.

En los centros de salud suele existir una unidad administrativa que gestiona las citas previas (Unidad de Atención al Usuario).

Los usuarios tenemos derecho a la libre elección de médico de atención primaria del Área de Salud

Atención especializada 

La atención especializada es el siguiente nivel de atención al paciente, una vez descartada la atención primaria por no ser capaz de restituir la salud al paciente.

Incluye actividades asistenciales, diagnósticas, terapéuticas y de rehabilitación y cuidados.

Este tipo de atención se realiza en consultas externas, en hospital de día y en régimen de internamiento hospitalario, desde hospitales y centros de especialidades.

Los pacientes examinados por el médico de familia en el centro de salud son remitidos a consulta al especialista de la dolencia de que se trate (traumatología, psiquiatría, endocrinología, ginecología, etc.).  

Los pacientes también pueden ingresar por el servicio de urgencias del centro, donde son evaluados por un equipo de profesionales de guardia, que decide si se hospitalizan o no en función de la gravedad del cuadro médico presentado.

Y recibir atención por vía de ambulancias. Es decir, desplazamiento de enfermos por causas clínicas en situaciones de urgencia o por imposibilidad física del paciente.

Son ejemplos de centros de especialidades (públicos y privados):

  • Centros de cirugía mayor ambulatoria (cirugía con anestesia general, local, regional o sedación sin ingreso hospitalario).
  • Centros de diálisis: para pacientes con patología renal.
  • Centros de diagnóstico: analíticas, diagnóstico por imagen, etc.
  • Centros de transfusión: extracción, tratamiento, almacenamiento y distribución.
  • Bancos de tejidos: para aloinjertos o autoinjertos.
  • Centros de reconocimiento médico: revisiones médicas e informes de aptitud para permisos de conducir o licencias de caza, por ejemplo.
  • Centros de salud mental: diagnóstico y tratamiento de enfermedades mentales.

Tarjeta sanitaria

En España se requiere estar en disposición de una tarjeta sanitaria individual para poder disponer de un centro de salud asignado cerca de nuestro domicilio y recibir asistencia sanitaria. No obstante en urgencias se atenderá a quien lo requiera.

Organización del sistema sanitario español

En España desde la disolución del Instituto Nacional de Salud (INSALUD) en 2002, las Comunidades autónomas tienen transferidas las competencias sanitarias, con la excepción de Ceuta y Melilla que dependen del Ministerio de Sanidad a través del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA).

Normativa básica sanitaria

Estatal

  • Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización (ver online).

  • Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (ver online).
  • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (ver online).
  • Constitución española de 1978 (artículo 43).

Autonómica

Eva María Martín

Licenciada en Derecho y Postgrado en traducción. Soy una profesional por cuenta propia que se dedica a la traducción de documentación y al mantenimiento de sitios web, en particular mantengo el sitio www.consumoteca.com. Colaboro con Consumoteca porque creo en este proyecto y creo que hacía falta ordenar la información de ayuda a la compra y presentarla de una forma amigable, en una web bien diseñada. Animando a la gente a que se exprese se está dando un gran paso adelante en la emancipación de los consumidores españoles.

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