Derecho al acompañamiento sanitario

En este momento estás viendo Derecho al acompañamiento sanitario

En materia de servicios sanitarios, el derecho al acompañamiento sanitario es el derecho que tienen los pacientes a ser acompañados por otra persona durante su proceso asistencial en los centros sanitarios.

Hay determinados perfiles de pacientes que por sus características particulares necesitan una especial protección y acompañamiento durante su proceso asistencial como los bebés y niños, los ancianos o las personas incapacitadas.

Comunidades autónomas

La normativa autonómica, por ejemplo, la Ley 5/2010 en Castilla-La Mancha*) define los tipos de pacientes con un derecho especial al acompañamiento sanitario.

Menores de edad e incapacitados

Los menores tienen derecho a estar acompañados por sus padres o tutores. Ello salvo que ello perjudique u obstaculice su asistencia sanitaria.

En las mismas condiciones, los incapacitados tienen derecho a estar acompañados por sus representantes legales.

Dependientes

Otros colectivo al que se le reconoce el derecho de acompañamiento son las personas en situación de dependencia.

Estas tienen derecho a estar acompañadas por un familiar o persona de su confianza, excepto en los casos y situaciones en que esta presencia sea desaconsejable o incompatible con la prestación sanitaria.

La embarazada en el parto

Toda mujer tiene derecho durante el proceso de parto a estar acompañada por una persona de su confianza, salvo cuando las circunstancias clínicas no lo aconsejen.

Deberes de los centros sanitarios

La normativa de Castilla-La Mancha termina fijando los deberes de los centros sanitarios para garantizar el derecho al acompañamiento sanitario.

Los centros, servicios y establecimientos sanitarios facilitarán el acompañamiento de los pacientes por un familiar o persona de su confianza, excepto en los casos y situaciones en que esta presencia sea desaconsejable o incompatible con la prestación sanitaria.

* Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha (DOCM de 9 de julio de 2010).

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

Esta entrada tiene 25 comentarios

  1. I.

    Hola, en breve tienen que intervenir a mi hijo de 3 años y me han explicado que por protocolo del hospital, no podremos acompañarle hasta que esté dormido del todo, que es lo que me gustaría tratándose de un niño tan pequeño. Hay alguna ley que nos ampare? querría poner una reclamación en Atención al paciente del mismo hospital. Muchas gracias!

    1. Consumoteca

      Hola, pon la reclamación para que al menos te argumenten con arreglo a qué normativa o protocolo interno esto es así. Suena especialmente raro que, pasado el COVID, una madre o padre no puedan acompañar a un pequeño antes de la intervención.

      Ahora bien, es cierto que estos pequeños se ponen extremadamente nerviosos cuando son llevados a la anestesia si están con los padres.

      Un saludo

  2. marina

    hola me gustaría tener información : mi madre es dependiente y incapacitada y yo soy su tutora pues la hemos llevado 2 veces urgencias y no me dejan estar con ella.me gustaría saber si hay alguna ley o normativa que pueda demostrar que si que tengo derecho soy de la comunidad de castilla y león. sin mas muchas gracias

    1. Consumoteca

      Hola Marina,

      En CyL existe la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud.

      Su artículo 14 dice así:
      https://www.boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-8796-consolidado.pdf

      Artículo 14. Derecho al acompañamiento.
      1. Todos los centros, servicios y establecimientos sometidos a la presente Ley deberán facilitar el acompañamiento de los pacientes por parte de, al menos, un familiar o persona de su confianza, excepto en los casos en que esta presencia sea desaconsejable o incompatible con la prestación sanitaria conforme a criterios médicos.

      2. Se vigilará especialmente que, durante el proceso del parto, sea efectivo el derecho de toda mujer a que se facilite el acceso del padre o de otra persona designada por ella para estar presente, salvo cuando las circunstancias clínicas no lo hicieran aconsejable, circunstancias que serán explicadas a los afectados de forma comprensible.

      3. Los menores tendrán derecho a estar acompañados por sus padres, tutores o guardadores, salvo que ello perjudique u obstaculice de manera seria y comprobada su
      tratamiento. En las mismas condiciones, los incapacitados tendrán derecho a estar acompañados de los responsables de su guarda y protección.

      Si no te dejan acompañarla menciónales esta ley o pon una reclamación ante el SACYL desde esta página:
      https://www.saludcastillayleon.es/es/derechos-deberes/derechos-paciente/derecho-presentar-reclamaciones-sugerencias-9aead

      Un saludo

  3. Guillermina

    Hola yo estoy embarazada de riesgo tengo 25 semanas y me dijeron que hasta que nazca tengo que estar en el hospital.. hay algún ley que permita que mi esposo me visite es mucho tiempo sin familia.. y eso es necesario.. necesito ver a mi esposo

    1. Consumoteca

      Hola Guillermina, tras la pandemia, no vemos por qué no te puede acompañar tu marido. ¿Te lo está impidiendo algún hospital público?

    2. Gabriel

      hola, mi mujer está embarazada y está internada ñ, no me dejan estar como acompañante porque soy menor de edad (17) sin envargo soy l única persona que puede estar con ella 24/7 luego sus suegros o sus padres no pueden ya que trabajan desde las 7am hasta las 10pm

    3. Myriam

      hola. estoy interesada con mi bebé en terapia intensiva. quería saber si tengo derecho a que me den de comer ya que no me dejan salir. me podrán asesorar. porque hace tres días que no como nada.

    4. Consumoteca

      Myriam, consulta con el servicio de atención al paciente del hospital o centro sanitario donde estés.

      No tiene sentido que no te dejen salir sin que al menos te ofrezcan la manutención durante tu estancia.

  4. Francisco

    Hola BT , mi madre tiene demencia 94 y me hacen salir de la habitación para administrar medicación y aseo . Considero q no es justo y desconozco ley q lo regule me pueden ayudar? Gracias

  5. Mara

    Hola mi madre está internada por ser operada pagamos todo particular mi hermana su acompañante le dijeron que los cuatro días que este internada mi madre no puede salir de la habitación

  6. Fernando

    Hola, soy TCAE (Auxiliar de enfermería)
    Muy recientemente he presentado escrito sobre estos términos a la oficina del defensor del paciente del Servicio Canario de Salud, y éstos la han remitido a la gerencia del hospital donde trabajo. estoy esperando respuesta.

    Yo entiendo y pretendo la implicación del familiar en los cuidados y acompañamiento del paciente. No procede hacer salir de la habitación a un familiar directo para cambios de pañal, posturales, pequeñas intervenciones de enfermería, etc si el paciente no se opone. Todo lo contrario, se debe enseñar al familiar en todo aquello en lo que pueda participar. No existe legislación que obligue a sacar de la habitación al familiar, si no es solicitado por el paciente conforme a su derecho a la intimidad.

    Desde que tenga alguna respuesta oficial la comentaré.

    1. Pino Medina

      Hola Fernando, me gustaría saber cómo ejercer el derecho a acompañar a mi madre de 89 años. Ha sido derivada desde el Hospital Universitario Doctor Negrín a la Clínica Santa Catalina y no nos dejan estar con ella.

      El caso es que al no estar allí ellos actúan a su manera, y no le llegan las comidas, no funciona el botón de aviso de su cama, ni siquiera la luz individual sobre su cama funciona.

      Estamos desesperadas, si pudieras iluminarme y decirme cómo hacer en la Comunidad Autónoma de Canarias

      Gracias

    2. Consumoteca

      Hola Pino

      Lo mejor que puedes hacer es poner una reclamación ante el servicio de atención al paciente de la Clínica Santa Catalina

      Un saludo

    3. Wendy Castillo

      Hola, buenos días …

      Me gustaría saber si existe alguna ley que garantice la comodidad del familiar de un paciente que está hospitalizado al que le toque quedarse varios días junto al enfermo, y que no le tengan sino una silla de plástico cuando sabemos que es totalmente incómodo dormir en una silla así …

      Me parece que el familiar debe estar en comodidad para poder cuidar bien del enfermo.

      He visto lugares donde le brindan hasta sofás al familiar para descansar.

    4. Consumoteca

      Hola Wendy, dependerá de si se trata de un centro sanitario público o privado.

      En ambos casos, los hospitales disponen de servicios de atención al paciente donde como familiar acompañante puedes poner una reclamación. Seguramente tras la misma, te atenderán un poco mejor.

      Un saludo

  7. Laura

    Hola, quisiera saber q puedo hacer para estar con mi padre en la habitación del hospital. Tiene 70 años y le ha dado un infarto intestinal y tras su cirugía se encuentra mal y no me dejan estar con él por el covid, ¿no habría forma de que me dejaran qdarme allí con una pcr-negativa y sin salir para evitar el supuesto contagio?
    Me pregunto si cada sanitario q vuelve a entrar en el hospital desd su casa le hacen cada día una pcr

    1. Consumoteca

      Muchas gracias por tu testimonio Laura,

      Se hace durísimo tener a una persona querida internada grave y no poder acompañarla. Intenta hablar con el servicio de atención al paciente del hospital a ver si pueden buscar la manera

      Suerte!

    2. fabiola

      solo necesito saber si m madre tiene derecho a segir en el hospital q a quedado encamada y su lado izquierdo no lo mueve tienen derecho a dar el alta si hay q darle d comer bañarla cambiarla o sea todo tienen derecho a darle el alta

  8. Irina

    Hola, quiero saber si hay alguna ley que prohíba acompañar a una persona mayor (es mi suegro y tiene 78 años), con cáncer, a la consulta con el médico. Sobre todo cuando le tiene que dar algunos resultados sobre la enfermedad.

    En mi caso, en la entrada en el hospital me sacan fuera, por el tema del Corona virus. Es verdad que él puede andar solo, pero con dificultad. Gracias.

    1. Andres

      No hay ninguna ley, son normas que los hospitales saltándose los derechos fundamentales las han puesto en vigor, cada hospital tiene las suyas, en algunos si dejan y en otros no. Por que quieren y por que el pueblo se lo permite, en una clínica privada eso no pasa, las empresas públicas trabajan para el gobierno, las privadas para el pueblo, por que si no pagas no te atienden y en la pública te seguirán cobrando de todas formas.

  9. Antonio

    Me van ha hacer una Endoscopia y quiero que me acompañe durante la prueba mi esposa.¿Pueden prohibirle la entrada?.
    Gracias.

  10. Alicia

    Por favor, me gustaría saber si por ley tengo que salirme de la habitación en alguna de estas situaciones: cuando administren la medicación, aseen o cambien pañal a mi madre.
    Decie que mi madre está hospitalizada, tiene 82 años y es dependiente. No puede moverse por si misma de la cama.
    Me gustaría saber si como acompañante de un paciente con esas características me pueden obligar a salir. Es importante saberlo rápido potes hoy estoy en esa situación y no se donde acudir
    Gracias

    1. Consumoteca

      Hola Alicia

      De estas cosas tan concretas nada dice la ley, que sepamos.

      Pero lo que sí suele decir es que la residencia puede tener un reglamento de régimen interno donde se detallen y aclaren estas cosas y formas de hacer. Si no lo tienen, no tienen por qué obligarte a salir (si es la voluntad de tu madre que te quedes).

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.