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En materia de seguros y contratación, el asegurado es la persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro que, en defecto del tomador del seguro, asume las obligaciones derivadas del contrato de seguro.
El asegurado tiene el derecho a la indemnización que en su día pueda satisfacerse (en ciertos casos, ésta puede trasladarse al beneficiario).
La figura del asegurado es esencial dentro del contrato de seguro, porque lo mismo que no cabe concebir un contrato de aquella naturaleza sin la existencia de un riesgo que cubrir, tampoco cabe pensar un negocio jurídico de la naturaleza mencionada sin que haya una persona o destinatario final de la garantía que se pacta, y cuyos intereses, protegidos de esta suerte, son la causa eficiente del contrato. |