Infraseguro

Infraseguro

En materia de seguros, el infraseguro es aquella situación de un contrato de seguro en que, en el momento de producirse el siniestro, la suma asegurada es inferior al valor real del interés asegurado.

En este caso, al ser el valor declarado a la hora de asegurar un bien o un riesgo menor que el valor real, la indemnización queda condicionada a lo realmente valorado en la prima.

Por ello, cuando hay infraseguro, la indemnización a percibir por el asegurado será inferior a la pérdida sufrida y el asegurado o su beneficiario no podrán cubrir íntegramente los perjuicios sufridos por el siniestro.

Infraseguro y regla proporcional

El infraseguro está relacionado con la regla proporcional, por la cual la aseguradora cubre el daño producido pero proporcionalmente a la relación entre el capital asegurado y el valor real del objeto asegurado en el momento del siniestro.

Por ello, cuando se aplica la regla proporcional, se habla de un siniestro parcial más que de un siniestro.

Infraseguro en la Ley de Contrato de Seguro

La vigente Ley de seguros en España, de 1980, se refiere a la situación de infraseguro en su artículo treinta.

Si en el momento de la producción del siniestro la suma asegurada es inferior al valor del interés, el asegurador indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquélla cubre el interés asegurado.

Las partes, de común acuerdo, podrán excluir en la póliza o con posterioridad a la celebración del contrato, la aplicación de la regla proporcional prevista en el párrafo anterior.

*Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

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Esta entrada tiene un comentario

  1. Miguel

    Buenas tardes , una duda , pueden aplicar infraseguro en un robo total ? Es decir , yo tengo asegurado por robó una capital de 50.000 y me roban en mi local , todo el stock del mismo , que en total la suma asciende a 90.000, tengo la duda en si se aplica solo para siniestros parciales o también a siniestros totales . Gracias

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