Catástrofe natural

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Cristal roto

«Catástrofe natural». Fecha publicación: 22 octubre 2010. Última actualización: 22 octubre 2023.

Catástrofe natural

Una catástrofe es cualquier suceso inesperado que se materializa en daños materiales y/o personales.

Por su parte, una catástrofe natural es cualquier suceso inesperado causado por la naturaleza, cuyas manifestaciones en forma de daños materiales y/o personales son de magnitudes enormes.

Ejemplos de catástrofe natural

Las catástrofes naturales más habituales son los terremotos, inundaciones, deslizamientos de tierra, la deforestación, contaminación ambiental y otros.

Exclusiones habituales en los seguros

Estas catástrofes se conocen con el término “fuerza mayor”, y están incluidas en todos los contratos de seguros en forma de exclusiones de la obligación de la compañía aseguradora de indemnizar, caso de ocurrir.

El argumento, entendible, de este tipo de exclusión de la obligación de indemnizar es el impacto económico que generaría en su patrimonio el tener que restaurar todo el daño que la catástrofe hubiera causado en los bienes y las personas.

El Consorcio de Compensación de Seguros es el organismo de la administración que hace frente, aunque limitadamente, a estos daños producidos por las catástrofes naturales.

Seguro de hogar y catástrofes naturales

El seguro de hogar de AXA dice así:

Exclusiones generales de la póliza
Quedan excluidos de la cobertura de la póliza, los daños y pérdidas causados directa o indirectamente a los bienes asegurados, así como las responsabilidades que se produzcan con motivo o a consecuencia de:

-Siniestros calificados por el poder público como catástrofe o calamidad nacional

Y dentro de au apartado de «riesgos excluidos»:

m) Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por el Gobierno de la Nación como de «catástrofe o calamidad nacional».

Seguro de auto y catástrofes naturales

El seguro de auto de AXA dice así en su póliza:

9. Riesgos Excluidos comunes a todas las garantías voluntarias
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro sobre los derechos del perjudicado, a continuación, se detallan situaciones que están excluidas dentrode las garantías de contratación voluntaria y que no se garantizan ni la cobertura ni el pago de la indemnización.

B. Las causadas por inundación, terremoto, erupción volcánica, tempestad ciclónica atípica, caída de cuerpos siderales y aerolitos, terrorismo, motín, tumulto popular, hechos o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas o Cuerpos de Seguridad, hechos de guerra civil o internacional, por actuaciones tumultuarias en reuniones, manifestaciones o huelgas y hechos declarados por el Gobierno como catástrofe o calamidad nacional.

Normativa que regula el Consorcio de Compensación de Seguros

El marco jurídico de la cobertura de los “riesgos extraordinarios” en España es el siguiente:

  • Real Decreto 1265/2006, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero (ver online). En él se definen cada uno de los riesgos cubiertos, los daños indemnizables y el alcance de la cobertura. Esta norma viene a representar las “Condiciones Generales” a aplicar por el Consorcio en la cobertura de estos riesgos. Y representa la protección que, como mínimo, debe tener el asegurado.
  • Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros (ver online).
  • Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios.
  • Ley 21/1990, de 19 de diciembre, para adaptar el Derecho español a la Directiva 88/357/CEE, sobre libertad de servicios en seguros distintos al de vida, y de actualización de la legislación de seguros privados. Aprueba el Estatuto Legal del Consorcio que, tras sucesivas modificaciones, ha quedado recogido en el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre. Han habido posteriores modificaciones introducidas por la Ley 12/2006, de 16 de mayo.

Fuente: elaboración propia y página web del Consorcio: https://www.consorseguros.es

Martin Ruiz Felipe

Especialidad en Seguros. Experto en Prevención de Blanqueo de Capitales. Soy Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Actualmente trabajo como Letrado en el Departamento de Compliance de una entidad de seguros lider en su sector. Ofrezco asesoramiento jurídico en la aplicación/interpretación del contrato de seguro en sus diferentes modalidades. Colaboro porque presté mis servicios profesionales durante seis años en la asesoría jurídica de la Organización de Consumidores y Usuarios, y tengo una clara sensibilidad en los asuntos de protección al consumidor y la defensa de sus legítimos intereses.

Esta entrada tiene 3 comentarios

  1. Dora Crisostomo

    Catastrofes Naturalez Estas publicaciones que se hacen en enternet y las diferentes paginas, sirven de mucho a todas las personas ya que se da a conocer lo que ocurre con el medio ambiente (todo el mundo), debemos de cuidar el medio ambiente y mantenerlo limpio ya que de ahi es donde surgen muchas cosas como terremotos huracanes y muchas otras cosas, limpieza es salud, un saludo a todos los Guatemaltecos y todas las personas del mundo entero, Dios los bendiga….!!!!!!!!!!

  2. lucia

    muchas gracias me a servido de mucho la información.

  3. adrian

    gracias!!!! muchas gracias me sirvio vastante

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