Denuncia administrativa

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Mujer pelo

En materia de Consumo, una denuncia administrativa es cualquier manifestación escrita (comunicación) por la que un consumidor o usuario pone en conocimiento de la Administración de Consumo una actuación de un empresario, empresa o profesional que, a su juicio, vulnera sus derechos como consumidor.

Finalidades

La denuncia administrativa tiene dos fines:

a) que los Servicios de Consumo de las Comunidades autónomas y ayuntamientos comprueben si existe una infracción en materia de consumo.

Esto lo hacen mediante la apertura de un acta de inspección que puede terminar en un expediente sancionador y, en su caso, en un expediente sancionador sobre el infractor.

b) que se investiguen los hechos para que no afecten a otros consumidores o usuarios y se tomen las medidas oportunas.

Diferencias entre queja, reclamación y denuncia

Queja, reclamación y denuncia no son lo mismo. Y no sirven para lo mismo. A continuación te explico la diferencia:

Queja

Quejarse de algo es expresar tu descontento con una situación o un producto o servicio comprado, generalmente en tu círculo más próximo de conocidos.

Normalmente te quejas cuando, a pesar de que no hay un incumplimiento de la ley, tus expectativas sobre algo por lo que has pagado (o no) no se han cumplido. En este caso, aunque la empresa no haya incumplido la ley (no hay una infracción administrativa), esperas que se mejore la atención de la empresa.

Un ejemplo: vas a un bar y el camarero ha sido maleducado, había mucha cola en la caja del súper o te han cobrado el hielo del “café con hielo” aparte. Te quejas, te encoges de hombros y te vas a tu casa.

Aunque creamos que quejarse no vale para nada, hoy en día, tenemos un aliado potentísimo a la hora de quejarnos de una forma más organizada: el poder amplificador de las redes sociales y las webs de opiniones.

Reclamación

Una reclamación es una petición escrita del consumidor para poner en conocimiento de los servicios de consumo autonómicos o locales, unos hechos que han afectado al funcionamiento normal de la relación de consumo (no te dan factura, no cumplen lo prometido en el contrato, han hecho mal una reparación, etc.).

Por medio de una reclamación (se puede presentar por formulario online), te identificas a ti y al comercio o profesional reclamado, resumes los hechos ocurridos y solicitas la reparación de un daño, la devolución del dinero o la anulación de una prestación, etc.

Denuncia (civil)

La denuncia civil (o administrativa) es la petición que haces a una Administración o un colegio profesional, para darles a conocer unos hechos que creas que pueden ser constitutivos de una infracción administrativa.

Aquí la finalidad es pedirles que investiguen y actúen de oficio para corregir la conducta infractora. Y, de este modo, que defiendan los intereses generales de las personas consumidoras.

Un ejemplo puede ser unas condiciones higiénicas en un establecimiento pésimas, a pesar de que a ti personalmente no te haya afectado.

Denuncia en Derecho Penal

Para Consumoteca, realmente, la denuncia es un recurso del Derecho Penal, así que la denuncia administrativa debería llamarse en propiedad, reclamación.

La forma habitual de interponer esa denuncia administrativa es por medio de las hojas de reclamación.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene un comentario

  1. Lo que dice……. el equipo de CONSUMOTECA

    «Denuncia en Derecho Penal
    Para Consumoteca, realmente, la denuncia es un recurso del Derecho Penal, así que la denuncia administrativa debería llamarse en propiedad, reclamación.

    Lo que establece la LPACAP: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
    Común de las Administraciones Públicas. y que se menciona, en la misma Ley, en 40 ocasiones
    ese vocablo.
    Concepto…. Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.
    1. Se entiende por denuncia, el acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera justificar la iniciación de oficio de un procedimiento administrativo.
    En resumen, Vds creo que son importantes, pues he entrado en la WEB de Vds por el comentario recibido de una Sra. Directora-Gerente de un Colegio Profesional, con repercusiones sociales que -debo suponer- defendía lo mismo que Vds. Pero cuando le he comentado que me lo argumentara…su respuesta ha sido el silencio.
    Por FAVOR, le RUEGO revisen el concepto emitido , aclárenlo o que que crean conveniente. Todo ello, a fin de que nos sirva al resto de ciudadanos que vamos a parar a SUS FUENTES : Ruego rigurosidad, precisión y argumentos.
    Muchas gracias por permitirme expresarme. Dejo mis datos y correo..por si consideran remitirme respuesta. Gracias

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