Derechos reales

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Derechos reales

Los derechos reales son derechos que atribuyen a su titular un poder directo e inmediato sobre un cosa, sin necesidad de que exista un obligado o deudor.

Se denominan “derechos reales” por referencia a la palabra latina “res, rei”, que significa “cosa”.

Los derechos reales en el Código Civil

Los derechos reales aparecen regulados a lo largo del ordenamiento jurídico español. Pero la mayor parte de la regulación se encuentra dentro del libro II del Código Civil, bajo la rúbrica “De los bienes de la Propiedad y de sus modificaciones”.

Tipos de derechos reales

Los derechos reales se pueden clasificar según el poder que otorgan a su titular:

Poder sobre cosas incorporales 

Esto incluye la propiedad intelectual y la propiedad industrial.

Poder sobre cosas corporales

Con protección provisional por el ordenamiento jurídico (la posesión):

  • Con protección definitiva o de contenido pleno (la propiedad).
  • De contenido limitado:

    -De goce (usufructo, uso, habitación, servidumbre, censo y superficie).
    -De garantía (prenda, hipoteca, anticresis).
    -De adquisición (tanteo, retracto, opción).
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