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Derechos reales
Los derechos reales son derechos que atribuyen a su titular un poder directo e inmediato sobre un cosa, sin necesidad de que exista un obligado o deudor.
Se denominan “derechos reales” por referencia a la palabra latina “res, rei”, que significa “cosa”.
Los derechos reales en el Código Civil
Los derechos reales aparecen regulados a lo largo del ordenamiento jurídico español. Pero la mayor parte de la regulación se encuentra dentro del libro II del Código Civil, bajo la rúbrica “De los bienes de la Propiedad y de sus modificaciones”.
Tipos de derechos reales
Los derechos reales se pueden clasificar según el poder que otorgan a su titular:
Poder sobre cosas incorporales
Esto incluye la propiedad intelectual y la propiedad industrial.
Poder sobre cosas corporales
Con protección provisional por el ordenamiento jurídico (la posesión):
- Con protección definitiva o de contenido pleno (la propiedad).
- De contenido limitado:
-De goce (usufructo, uso, habitación, servidumbre, censo y superficie).
-De garantía (prenda, hipoteca, anticresis).
-De adquisición (tanteo, retracto, opción).