Normativa que regula la formación a distancia

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Academia de formación profesor y alumno

Normativa formación a distancia

La formación a distancia o e-Learning es la formación que se imparte a distancia por cualquier medio telemático o combinación de medios (teléfono, Internet, correo postal) físicamente en un local (academia de formación) propiedad de la academia que la imparte, y en la que alumno y profesorado no interrelacionan directamente.

Normativa estatal de formación a distancia

La formación a distancia se encuentra regulada por (ficheros PDF tomados de www.anced.es):

 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, mediante el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

 Real Decreto Ley 2641/1980, de 7 de noviembre sobre regulación de la modalidad de enseñanza a distancia impartida por centros privados

 Orden de 29 de junio de 1981 por la que se desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto Ley 2641/1980, de 7 de noviembre sobre regulación de la modalidad de enseñanza a distancia impartida por centros privados

En general también les es aplicable lo dispuesto por la:

 Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista.

 Constitución española de 1978 (artículo 27).

Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

Otras normas estatales

 Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.

 Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del régimen general no universitario.

 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, mediante el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Normativa autonómica formación a distancia

 Ley 1/1998, de 10 de marzo, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (esta norma autoriza al Gobierno de las Islas Baleares a dictar las normas reglamentarias que la desarrollen).

 Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, reformado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone en el artículo 30, que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

 Decreto 87/2010 de 25 de junio, sobre los derechos de información de los usuarios de centros docentes que imparten enseñanzas que no conducen a la obtención de un título con validez académica oficial (BOCAIB de 3 de julio de 2010).

Normativa autonómica formación no reglada

Mucha de la oferta de formación a distancia es no reglada. Aquí tienes la normativa autonómica que regula la formación no reglada.

Decreto 87/2010 de 25 de junio, sobre los derechos de información de los usuarios de centros docentes que imparten enseñanzas que no conducen a la obtención de un título con validez académica oficial (BOCAIB de 3 de julio de 2010).

Decreto 13/2005, de 3 de febrero, por el que se regula el derecho a la información y los derechos económicos de los usuarios de centros privados en los que se imparten enseñanzas no regladas.

Decreto 84/2004, de 13 de mayo, por el que se regula el derecho a la información y la protección de los derechos económicos de los alumnos que cursen enseñanzas no regladas.

Decreto 82/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la protección al consumidor en la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanzas no dirigidas a la obtención de títulos con validez académica.

María Gallego Igea

Licenciada en Derecho. Experta en Derecho de Consumo. Soy Licenciada en Derecho y Master en Derecho Empresarial (Universidad Antonio de Nebrija 1997). Soy actualmente Abogada en ejercicio, con más de diez años de experiencia en despacho propio, que desarrolla su labor profesional en diferentes ámbitos del mundo del consumo (asesoría, mediación y arbitraje). Soy Letrada del turno de oficio y Arbitro de la Corte Arbitral del Colegio de Abogados de Madrid. Colaboro con Consumoteca porque es una oportunidad de acercar mis conocimientos legales a la realidad diaria de las personas que accedan a esta web, y porque supone una oportunidad única para conocer de primera mano los problemas reales que surgen en la vida cotidiana.

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