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Las gasolineras están obligadas a proporcionar a los usuarios un combinado de información y servicios que conviene conocer. Estas son sus obligaciones legales:
Obligaciones de información
Fuera de la instalación: las gasolineras deben exhibir información práctica en un pilar informativo próximo a la instalación que sea legible sin tener que acceder a la misma. Estos pilares deben tener una altura y un tamaño de letra mínimos regulados por ley.
-Precios por litro de cada tipo de gasolina o gasóleo, horario de apertura, medios de pago aceptados y si funciona en régimen de autoservicio.
-Si ocasionalmente no está disponible un tipo de suministro concreto se debe indicar con caracteres también legibles.
Dentro de la instalación:
-Información del suministrador (Repsol, Galp, etc.), del propietario de la instalación (por ejemplo: "Hermanos Suministrez, S.L."), y de los medios de pago aceptados en caracteres legibles desde el vehículo;
-Avisos de seguridad sobre: prohibición de fumar o encender fuego, y de repostar con las luces encendidas o con el motor en marcha en caracteres legibles desde el vehículo;
-Advertir de la existencia de equipos o útiles de medida reglamentaria para la comprobación del suministro a disposición del consumidor en caracteres legibles desde el vehículo;
-La ubicación y distancia de la gasolinera más cercana;
-Informar de ello debidamente en caso de que haya que pagar previamente el suministro en caja por razones de seguridad.
Obligaciones de suministro y servicio Las gasolineras deben:
Atender, dentro del horario de funcionamiento de las instalaciones, todas las peticiones de suministro que se formulen por los usuarios.
Mantener el nivel adecuado de existencias que garantice el permanente abastecimiento y suministro, viniendo obligados a efectuar los pedidos con la antelación necesaria. La falta de previsión continuada podría ser motivo de sanción.
Disponer de medidores de presión de los neumáticos y mantenerlos en correcto estado de conservación y funcionamiento, dentro de los límites legales de tolerancia que marque la normativa de metrología;
Disponer de dispositivos de suministro de agua y mantenerlos en correcto estado de conservación y funcionamiento;
En las gasolineras en régimen de autoservicio, se debe disponer de guantes y papel en las inmediaciones de los surtidores que impidan el contacto directo de las manos de los usuarios con los surtidores;
Obligaciones de comportamiento y seguridad Los empleados de la gasolinera no podrán fumar ni encender mecheros en sus proximidades y tienen el deber de evitar que los usuarios lo hagan, o que repuesten con el motor encendido o las luces puestas.
Deberán además, mantener los equipos de extinción de incendios ajustados a la normativa vigente en cuanto a homologación, instalación y periodicidad de las revisiones, y a lo previsto en las disposiciones sobre condiciones de protección contra incendios en los edificios e instalaciones. |