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Un parque infantil es una instalación de titularidad pública o privada consistente en un área delimitada y una serie de elementos de juego destinada a niños y menores.
Los parques infantiles están sometidos a una serie de medidas de seguridad tanto en las instalaciones (situación, accesibilidad y uso, elementos auxiliares, señalización), como en los equipos o elementos de juego (balancines, columpios, toboganes, etc.).
Obligaciones del titular La obligación básica del titular de un parque infantil (ayuntamiento, junta de distrito o comunidad de propietarios) es su mantenimiento y conservación.
Los titulares de los parques infantiles serán responsables de su mantenimiento y conservación, debiendo realizar inspecciones y revisiones anuales por técnicos competentes y con formación acreditada.
En todo caso, será de aplicación la Norma UNE-EN 1176-7:1998 en la que se definen los requisitos para la instalación, inspección, mantenimiento y utilización. |