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  Guías prácticas Publicado el 6/03/2010 - 22:12  

Obligaciones de los titulares de parques infantiles y áreas de juego infantiles

Por María  |    Colabora |    1024 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Los parques infantiles tienen que pasar una revisión anual

Parque infantil o área de juego infantil

Un parque infantil es una instalación de titularidad pública o privada consistente en un área delimitada y una serie de elementos de juego destinada a niños y menores.

Los parques infantiles están sometidos a una serie de medidas de seguridad tanto en las instalaciones (situación, accesibilidad y uso, elementos auxiliares, señalización), como en los equipos o elementos de juego (balancines, columpios, toboganes, etc.).

Obligaciones del titular
La obligación básica del titular de un parque infantil (ayuntamiento, junta de distrito o comunidad de propietarios) es su mantenimiento y conservación.

Los titulares de los parques infantiles serán responsables de su mantenimiento y conservación, debiendo realizar inspecciones y revisiones anuales por técnicos competentes y con formación acreditada.

En todo caso, será de aplicación la Norma UNE-EN 1176-7:1998 en la que se definen los requisitos para la instalación, inspección, mantenimiento y utilización.


etiquetas: AENOR, Área de juego infantil, Balancín, Columpio, Comunidad de propietarios, Constitución, Elementos de juego, Parque infantil, Seguridad infantil, Tobogán, UNE,
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