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Carta de platos
Una carta de platos es una relación de comidas y bebidas que se ofrecen en un establecimiento de restauración con sus respectivos precios de venta al público.
Diseño libre
El diseño de las cartas de platos y cartas de bebidas es libre. Pero las normativas autonómicas de restauración como la normativa canaria*, imponen requisitos a su redacción. Estas incluirán:
- los datos relativos a la denominación del establecimiento.
- el grupo o grupos en que esté clasificado.
- el titular de la explotación y
- la dirección completa del establecimiento.
Si la carta de platos y bebidas ofrece vinos deberá reflejarse en la misma la denominación de origen y las categorías de crianza según su Consejo Regulador.
Obligación de entregar carta de platos
Al inicio de la prestación de servicios (cuando el usuario acude al restaurante), deberán ofrecérsele las cartas de platos y de bebidas, salvo que, en el caso de bares-cafeterías, las mismas se expongan en distintas partes del establecimiento en caracteres lo suficientemente grandes para que sean visibles desde cualquier parte del mismo.
Normativa relacionada
* Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla (BOC de 30 de julio de 2010).