Indemnizaciones a víctimas del accidente aéreo de Spanair

En este momento estás viendo Indemnizaciones a víctimas del accidente aéreo de Spanair
Pasajero en tierra por overbooking

El 20 de agosto de 2008, el vuelo 5022 de Spanair que hacía la ruta entre Madrid y Gran Canaria, sufrió un accidente inmediatamente después del despegue en el aeropuerto de Barajas. El resultado del accidente aéreo de Spanair fueron 154 personas fallecidas según Wikipedia.

146 de ellas, inmediatamente después de que el avión se estrellara, seis de camino al hospital, una más la noche del día del accidente y otra en el hospital tres días después).

Revisión de las indemnizaciones

Ahora sabemos por Iustel que la Audiencia Provincial de Barcelona en un auto de la Sala de lo Civil número 165/2016, ha incrementado (casi al doble) las indemnizaciones a las víctimas (o sus familiares) por los daños tras el accidente aéreo de Spanair.

Esto es así consecuencia de aplicar el Reglamento* comunitario de seguros de las compañías aéreas en vez del baremo de accidentes de vehículos a motor para el cálculo de las indemnizaciones.

Estas indemnizaciones iniciales fueron dictadas por sentencia de 4 de febrero de 2015 en Primera Instancia (Juzgado Mercantil número 8 de Barcelona), en la que se estimó parcialmente la demanda interpuesta por los padres de dos de las víctimas y la hermana de otra, contra la compañía de seguros Mapfre Global Risks Compañía Aérea de Seguros y Reaseguros, S.A., quien fue condenada al pago de 148.990,73 euros (74.495,36 euros a cada uno de los padres), más los intereses legales.

Mapfre se opuso a la demanda alegando, de forma previa, que debieron haber sido demandadas las compañías fabricantes del avión siniestrado, Boeing y McDonnell Douglas, (alegó falta de litisconsorcio pasivo), y ello por dos razones:

a) Que había ya pronunciamientos penales firmes que acreditan las causas del accidente excluyendo cualquier responsabilidad de los servicios de mantenimiento de Spanair e imputando la responsabilidad a un defectuoso diseño del sistema TOWS fabricado por Boeing.

b) Que para el cálculo de las indemnizaciones, la referencia oficial es el Baremo de responsabilidad establecido para los accidentes de tráfico, incluso por el Tribunal Supremo.

Por su parte, las víctimas alegaron que se había vulnerado:

-lo establecido en los arts. 117 y 120 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de navegación Aérea, que fija en 250.000 DEGs las indemnizaciones por víctima de accidente aéreo;

-lo establecido en el art. 218 LEC y 24 CE, por incurrir la resolución recurrida en incongruencia interna, ya que la sentencia se aparta en el fallo de sus propios fundamentos;

-lo establecido en el art. 9.3 de la Constitución española, al incurrir la resolución recurrida en arbitrariedad al fijar la indemnización.

(La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.).

Sentencia de la AP de Barcelona

El pasado 12 de julio de 2016, la AP de Barcelona emite un fallo en el que desestima el recurso de la aseguradora Mapfre a la vez que estima en parte el recurso de apelación interpuesto por los familiares de las víctimas contra la sentencia de primera instancia.

El fallo fija el importe de la indemnización a percibir por los demandantes en la suma total de 235.632,50 DEG (una vez restadas cuantías recibidas con anterioridad), de los cuales corresponderá a cada uno de los padres la cantidad de 94.253 DEG y a la hermana 47.126,5 DEG, con los intereses del art. 20 Ley de Contrato de Seguro.

Concluye que en el presente caso los 250.000 DEG constituyen un buen parámetro de valoración de los daños y perjuicios que de la muerte del familiar se hayan podido derivar, por lo que en esa cantidad fija el importe global de la indemnización.

Los Derechos Especiales de Giro

El Reglamento comunitario de 2004, expresa las compensaciones e indemnizaciones en la referencia «Derecho Especial de Giro» (DEG), que es una unidad definida por el Fondo Monetario Internacional, cuyo valor es la suma de determinadas cantidades de varias monedas: dólar USA, euro (Alemania), yen japonés, euro (Francia) y libra esterlina.

El DEG se utiliza en el contrato de transporte aéreo como unidad monetaria para fijar indemnizaciones de cualquier tipo, por retrasos, pérdida de equipaje o daños materiales o humanos consecuencia de accidentes aéreos.

En concreto fija en 250.000 DEGs el importe de las indemnizaciones a obtener por fallecido en un accidente aéreo.

Normativa relacionada

*Reglamento (CE) N.º 785/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril, sobre los requisitos de seguro de las compañías aéreas y operadores aéreos (ver online).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.