Cómo se pide un certificado de nacimiento

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En España (y en los países que adoptamos el Derecho romano y su hijo, el Derecho civil) los hechos y los actos de las personas físicas, relativos a su estado civil, se inscriben en el Registro Civil.

Este es el encargado de dar fe y probar ante cualquier tercero, persona o institución, dichos hechos (que una persona ha nacido y cuándo, que ha fallecido y cuándo, que contrajo matrimonio civil tal día con esta otra persona, etc.).

Gracias a esta «fe» que le atribuimos y reconocemos al Registro Civil todas las personas físicas y jurídicas, podemos hacer valer otros derechos de cualquier contenido, mediante las certificaciones que aquél nos expide.

Por ejemplo, para poder cobrar un seguro de vida como beneficiarios del mismo, necesitamos probar que el tomador del seguro ha fallecido efectivamente, y para eso se nos emitirá un certificado de defunción.

Otro ejemplo: para inscribir a nuestro hijo en un nuevo colegio y probar su edad escolar, necesitaremos aportar, entre otras cosas, un certificado de nacimiento. En este post te explicamos cómo se pide un certificado de nacimiento en el Registro Civil y cuánto cuesta.

Qué es el nacimiento

El nacimiento de una persona es el momento en el que abandona el útero materno para venir al mundo y empezar a ser autónoma en sus funciones vitales.

Cuando nacemos, nuestros padres tienen la obligación legal de inscribir nuestro nacimiento en el Registro Civil del lugar donde tenga lugar, aunque si se hace dentro de plazo, se puede inscribir, a petición de los padres, en el Registro del municipio donde residan si es distinto del municipio de nacimiento.

El apunte del nacimiento se realiza en un Tomo y una página determinados del libro de nacimientos de ese Registro, que a su vez forman parte del Libro de Familia.

El Certificado de Nacimiento

Un certificado de nacimiento (o certificación de nacimiento) es un documento escrito, firmado y sellado por la persona titular del registro, que contiene el detalle de la inscripción de un recién nacido en el Registro Civil.

Las partes de este certificado, que está homologado en los países de la Unión Europea para que nos entendamos entre todos, son las siguientes: encabezado con los logotipos del Ministerio de Justicia y de los Registros Civiles de España, un pie con el número de la certificación y un cuerpo con la siguiente información (hay unas cajas numeradas del 1 al 11):

  1. Estado donde se haya inscrito el recién nacido (y donde se emite el certificado, en el ejemplo España);
  2. Registro Civil en el que se emite (en el Madrid);
  3. Número de «Certificación del acta de nacimiento«: es el número que tiene el certificado. Es un número único y sirve para dirigirse al Registro en caso de detectar alguna anomalía o dato incorrecto;
  4. Fecha y lugar del nacimiento (de la persona para la que se emite el certificado);
  5.  Apellidos (de la persona para la que se emite el certificado);
  6. Nombre (de la persona para la que se emite el certificado);
  7. Sexo (de la persona para la que se emite el certificado): M para masculino y F para femenino;
  8. Nombre completo del padre;
  9. Nombre completo de la madre;
  10. Otros datos del acta (de nacimiento);
  11. Fecha de expedición del certificado, firma del titular del Registro y sello del Registro.

Además, al pie hay una serie de símbolos y abreviaturas homologadas en todos los países de la Unión Europea que son las que se usan en cada caja numérica de arriba, para que sea más fácil la redacción del mismo y su interpretación por cualquier ciudadano de la Unión:

  • Jo: día (caja 4)
  • Mo: mes (caja 4)
  • An: año (caja 4)
  • M: masculino (caja 7)
  • F: femenino (caja 7)
  • Mar: matrimonio
  • Sc: separación personal
  • Div: divorcio
  • A: anulación
  • D: defunción
  • Dm: defunción del marido
  • Df: defunción de la mujer

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Cómo se pide un certificado de nacimiento

Para pedir un certificado de nacimiento tienes dos alternativas: a) gratuitamente en la web del Ministerio de Justicia, o b) pagando a alguna empresa que hace el trámite por ti por unos 40 euros.

Mira debajo: cuando buscas en Google «certificado de nacimiento», los dos primeros resultados son de dos empresas que ofrecen el mismo servicio que te da el Ministerio de Justicia grátis, y que se anuncian para salir las primeras (pagan a Google cada vez que un usuario hace clic en su anuncio) así que tú decides si quieres pagar 40 euros por algo que te ofrece la administración gratis y a domicilio.

Nuestro consejo en este post, es que solicites el certificado por tu cuenta a Justicia, ya que no tiene ninguna dificultad, como veremos a continuación.

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Pulsa en el enlace al Ministerio de Justicia «Certificado/Certificación de Nacimiento – Trámites». El primer paso es decidir cómo se solicitará el certificado de nacimiento.

Hay tres opciones:

Presencialmente

Tienes que ir al Registro Civil donde conste inscrito el nacimiento, con este formulario de solicitud relleno. Lleva contigo el DNI de la persona que solicite el certificado, indicando el nombre, apellidos y fecha y lugar de nacimiento de la persona sobre la que se solicita el certificado.

Tendrás que volver a recoger el certificado en la ventanilla de ese Registro unos días más tarde.

Por correo postal

Hay que enviar una carta al Registro Civil,

En ella indicaremos claramente el nombre y la dirección postal a la que se haya de remitir el certificado. Y el nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento de la persona sobre la que se solicita el certificado, el tipo de certificado (literal, extracto ordinario o extracto internacional, negativo) y para qué se solicita.

Es aconsejable indicar un teléfono de contacto por si es necesario aclarar algún dato antes de emitir el certificado.

Online

Nuestro consejo es hacerlo por esta vía, la más cómoda (si el Registro se encuentra informatizado, ya que los más pequeños aún no lo están), pero si la persona nació después de 1984, tendremos que conocer el Tomo en el que se inscribió (aparece en el Libro de Familia), y si antes, tendremos que conocer el Folio.

Tenlo en cuenta.

Certificado de nacimiento online

Una vez en la web del Ministerio de Justicia, pulsas en «Sede electrónica» y rellenas el formulario online.

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Una vez pulsado, se pulsa en el enlace «Opciones avanzadas» y debajo del todo en «Acceder a sede.mjusticia.gob.es» :

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Elegimos el tipo de certificado: el común de los mortales no dispondrá de firma electrónica así que pulsamos en «Tramitación on-line sin certificado digital»:

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Llegamos al paso 1 del formulario donde elegimos el Registro Civil en el que esté inscrita la persona (Comunidad Autónoma y Provincia):

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En el paso 2 elegimos el tipo de certificado y rellenamos los datos de la persona sobre la que se expedirá (el causante). Importante elegir el tipo de certificado entre «extracto» (versión abreviada), literal (exactamente lo que ponga en la inscripción) y plurilingüe (el de este ejemplo, expedido en francés y español, por el Registro de Madrid).

La «Fecha del hecho» se refiere al día del nacimiento y se escribe en formato dia/mes/año (01/10/2001, si se nació el 1 de octubre de 2001, por ejemplo). Hay que poner luego los datos del solicitante (nombre, dni/nie/pasaporte, email, teléfono de contacto y domicilio completo):

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Finaliza el formulario preguntándonos cómo se desea recibir el certificado (por defecto te lo envían por correo postal en unos 5 a 10 días a la dirección indicada) y el número de Certificaciones que se desean:

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Finalmente, en el paso 3 se ve un resumen de todos los datos solicitados, por si hay que modificar algo, y se confirma la solicitud pulsando en ENVIAR:

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Se recibe en pantalla y en nuestro correo electrónico un acuse recibo con el detalle de la solicitud en texto y en PDF.

En mi caso personal lo solicité el domingo día 2 de octubre y se recibió en casa el lunes 10. La gestión ha sido fácil y cómoda y la administración ha funcionado muy correctamente.

Si no llegas en fecha con el certificado para lo que lo necesites, siempre puedes presentar el PDF de solicitud para que conste que se ha solicitado y se está pendiente de recibir. Un 10 para el Ministerio de Justicia.

Eva María Martín

Licenciada en Derecho y Postgrado en traducción. Soy una profesional por cuenta propia que se dedica a la traducción de documentación y al mantenimiento de sitios web, en particular mantengo el sitio www.consumoteca.com. Colaboro con Consumoteca porque creo en este proyecto y creo que hacía falta ordenar la información de ayuda a la compra y presentarla de una forma amigable, en una web bien diseñada. Animando a la gente a que se exprese se está dando un gran paso adelante en la emancipación de los consumidores españoles.

Esta entrada tiene 7 comentarios

  1. Deglys Fernández

    Buenos días, un cordial saludo, estoy intentando solicitar la partida de nacimiento de mi padre nacido en 1.937, envié un correo con todos los datos correspondientes pero me dicen que tengo que ir al Registro de Punxin y yo me encuentro en Perú, como haría en este caso. gracias

  2. Pedro

    Hola buen día, gracias por el articulo. Una inquietud que tengo, si uno solicita el certificado de nacimiento usando el sistema (Solicitud por internet sin certificado digital) desde Puerto Rico que es un territorio de United State of América, puedo colocar una dirección de envío fuera de España, para recibir el certificado de nacimiento en Puerto Rico, por correo postal. Gracias de nuevo.

  3. Micaela Lerner

    Cuanto vale la partida de nacimiento

    1. Consumoteca

      Hola Micaela

      Es un servicio gratuito si se hace en el registro Civil, y lo puedes hacer de forma telemática con o sin certificado digital (si la web del Ministerio de Justicia no se cae, que da bastantes fallos)

      Cuidado porque si buscas online verás que hay empresas que te cobran unos 30 euros por el trámite, que haciéndolo tú directamente te saldrá gratis

  4. Isabel

    Muchas gracias consumoteca y Eva María abogada. Gracias a este artículo he podido solicitar el certificado de nacimiento literal de mi hija. Lo único que necesito otro plurilingüe, y no me permite solicitarlo porque indica que ya tengo solicitado el primero…,

    1. Consumoteca

      De nada Isabel, nos alegramos un montón de que te sirviera.

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