Nueva norma de bares en la Comunidad Valenciana

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Barril de cerveza Grifo de cerveza (Bence Boros Unsplash)

Se ha publicado en el boletín oficial valenciano (marzo 2023) una nueva norma de bares en la Comunidad valenciana que deroga la anterior norma de 2009.

A continuación te resumimos los aspectos más importantes para los consumidores del Decreto 36/2023 referidos a los bares (los restaurantes aquí).

Qué es un establecimiento de restauración. Qué incluye

En la Comunidad valenciana, un establecimiento de restauración se define como

Tendrán la consideración de establecimientos de restauración los que, estando abiertos al público en general, se dediquen de forma profesional, habitual y mediante precio, a servir comidas, otros alimentos y bebidas para ser consumidas en el propio local.

Esta definición incluye a todos los bares como los restaurantes valencianos. Pero no habla directamente de las «cafeterías» que nosotros asimilamos a los bares, en cualquier caso (bar-cafetería).

Pero excluye los establecimientos de comidas y bebidas gratuitas, los restaurantes de colectividades (universidades, residencias de estudiantes o de ancianos, etc.), la bebida ofrecida en máquinas expendedoras o en medios de transporte. También excluye los restaurantes de hoteles y demás alojamientos reservados a sus huéspedes o la comida y bebida «para llevar» o con entrega a domicilio.

Clasificación

Los establecimientos de restauración se clasifican en la Comunidad valenciana en tres grupos (restaurantes y bares):

  • Restaurantes (se clasifican por «tenedores»);
  • Bares con comidas (no tienen clasificación);
  • Bares sin comidas (no tienen clasificación).

Todos ellos deberán estar inscritos en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

Definición de bar

El artículo 11 del Decreto 36/2023 define un bar así:

tendrán la consideración de bares los establecimientos que proporcionen al público bebidas acompañadas o no de tapas, raciones o bocadillos, para ser consumidas en el propio local o en áreas anejas pertenecientes al mismo (terrazas o zonas equivalentes autorizadas), independientemente de que esta actividad se desarrolle de forma principal o como complemento de otras actividades de alojamiento, ocio o esparcimiento.

Podrán disponer de servicio de mesas.

Clasificación de los bares

A diferencia de los restaurantes, que pueden clasificarse en función de sus servicios uno, dos o tres tenedores, los bares valencianos no tendrán clasificación alguna.

Aunque algunos de ellos serán bares sin comidas y otros, los que tengan cocina, bares con comidas (art. 11.2):

Aquellos bares que dispongan de cocina podrán ofrecer a su clientela menús a un precio global.

Bares sin comidas

En el caso de bares sin comida, únicamente deberán hacer publicidad de los precios en el interior del establecimiento.

Listas de bebidas de los bares

Los bares valencianos deberán disponer de listas de bebidas y una relación de tapas, raciones y bocadillos que ofrezcan.

Se deberá dar la máxima publicidad a los precios de los servicios que se ofrezcan, y deberán exhibirse de manera que permita su lectura sin dificultad, tanto en el exterior como en el interior del establecimiento sus precios en listas de bebidas y comidas.

Se entenderá por lista de bebidas (art. 12):

la relación de bebidas y, en su caso, tamaños, con sus correspondientes precios. Asimismo, deberán confeccionar la lista de tapas, raciones, bocadillos o menús que, en su caso, ofrezcan, con sus respectivos precios.

En las listas de precios de las bebidas deberán figurar todos los precios con los impuestos incluidos.

Otros establecimientos asimilados a los bares

El artículo 13 recuerda que se considerarán bar también a los efectos de la norma los bares de temporada en playas, costas, etc. sujetos a concesión administrativa:

aquellos establecimientos que, prestando los servicios descritos en el artículo 11, formen parte de instalaciones provisionales de temporada, ubicados habitualmente en playas, costas o enclaves de pública concurrencia en períodos determinados, y cuya instalación o funcionamiento esté sometida a concesión u otra forma de autorización administrativa.

Normativa relacionada

La normativa sobre bares, restaurantes y cafeterías en la Comunidad valenciana es esta:

  • Decreto 36/2023, de 24 de marzo, del Consell por el que se regulan los establecimientos de restauración en la Comunitat Valenciana, la Red Gastroturística y L’Exquisit Mediterrani (DOGV de 3 de abril de 2023).
  • Ley 15/2018, de 7 de junio de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunidad Valenciana (DOGV de 3 de abril de 2023).
  • Decreto 2/2017, de 24 de enero, del president de la Generalitat, por el que se establecen los distintivos correspondientes a las empresas y a los establecimientos turísticos de la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 54/2010, de 31 de marzo, del Consell, por el que se modifica el Decreto 7/2009, de 9 de enero, regulador de los establecimientos de restauración de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 6239 de 06 abril 2010).
  • Orden 2/2010, de 29 de marzo, de la Conselleria de Turismo, por la que se establecen los distintivos correspondientes a las empresas y establecimientos turísticos de la Comunitat Valenciana (derogada).
  • Decreto 7/2009, de 9 de enero, del Consell, regulador de los establecimientos de restauración de la Comunitat Valenciana (derogado).

Además, en esta Comunidad existe un interesante Código ético del Turismo de adhesión voluntaria por parte de los establecimientos de restauración que aboga por un turismo responsable y sostenible:

  • Código Ético del Turismo Valenciano (ver PDF).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

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Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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