La placa-distintivo de los talleres de reparación

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taller mecánico de coches

En este post hablaremos de la placa-distintivo de los talleres de reparación.

Los talleres de reparación de coches (o motos) se definen en la normativa estatal que regula los talleres como

«aquellos establecimientos industriales en los que se efectúen operaciones encaminadas a la restitución de las condiciones normales del estado y de funcionamiento de vehículos automóviles o de equipos y componentes de los mismos, en los que se hayan puesto de manifiesto alteraciones en dichas condiciones con posterioridad al termino de su fabricación».

Clasificación de los talleres de reparación

Por su rama de actividad, los talleres mecánicos se clasifican en:

Talleres de mecánica

Realizan trabajos de reparación y mantenimiento, sustitución o reforma en el sistema mecánico del vehículo, incluidas, sus estructuras autoportantes y equipos y elementos auxiliares excepto el equipo eléctrico.

Talleres de electricidad

Hacen trabajos de reparación, sustitución o reforma del equipo eléctrico o electrónico del automóvil, tanto básico del equipo motor, como los auxiliares del alumbrado, la señalización, el acondicionamiento y el instrumental de- indicación y control.

Talleres de carrocería

Están especializados en trabajos de reparación, sustitución o reforma de elementos de carrocería autoportantes o no, adornos y acondicionamiento interior y exterior de éstos.

Talleres de pintura

Realizan trabajos de pintura, revestimiento y acabados de carrocerías.mismos. Los talleres incluidos en la rama de carrocería podrán realizan trabajos de todo tipo (excepto pintura) en la carrocería.

Ello incluyendo los elementos no portantes, así como trabajos de guarnicionería, acondicionamiento y embellecimiento externo e interno.

Placa-distintivo de los talleres

La placa-distintivo es una pieza metálica de información de unas determinadas medidas y una información regulada por Ley*, que se exhibe obligatoriamente en lugar visible de la fachada donde hay un taller de reparación de vehículos (coches, motos, etc.) para informarnos de varios aspectos del taller como, entre otros, su/s rama/s de actividad.

La normativa estatal de talleres mecánicos dice al respecto:

Artículo 6. Placa-distintivo

1. Los talleres legalmente clasificados ostentarán en la fachada del edificio y en un lugar fácilmente visible la placa-distintivo que le corresponda, según lo señalado en el anexo II del presente Real Decreto.

2. La placa-distintivo que se ajustará en todas sus partes y detalles al modelo diseñado en el anexo II, está compuesta por una placa metálica, cuadrada, de 480 milímetros de lado con sus cuatro vértices redondeados y el fondo en color azul.

3. De arriba a abajo, la placa estará dividida en tres espacios o fajas desiguales, con las dimensiones señaladas en el anexo II y destinadas:

-La primera, o más alta, a las cuatro ramas de actividad.

-La segunda, o intermedia, a las especialidades.

-La tercera, o más baja, a las siglas de la provincia de ubicación del taller, al contraste, y al número correspondiente en el registro especial.

Placa distintivo de un taller mecánico (sin especialidades ni número de registro en Industria aun)

Para qué sirve la placa-distintivo

La placa-distintivo de un taller de coches explica básicamente, la rama de actividad del taller (mecánica, electricidad, carrocería o pintura del automóvil), si es un taller de motos, las siglas de la provincia, y el número de inscripción en el registro especial de talleres.

Artículo 7. Características de la placa-distintivo

1. Para cada una de las ramas de mecánica, electricidad, carrocería o pintura del automóvil se establecen los símbolos que se indican en el anexo II del presente Real Decreto que consisten en una llave inglesa, una flecha quebrada, un martillo y una pistola de pintar, respectivamente, en color azul sobre fondo blanco.

2. La parte alta de la placa distintivo estará dividida en cuatro rectángulos verticales separados entre si, destinados a cada uno de los símbolos representativos de las cuatro ramas de la actividad a que puedan dedicarse los talleres. En la placa-distintivo de cada taller solo se incluirán en los respectivos rectángulos los símbolos que correspondan a su actividad y quedarán vacíos los restantes espacios.

3. La parte segunda o intermedia de la placa-distintivo, estará dividida, a su vez y por su mitad, en dos rectángulos horizontales. El rectángulo de la izquierda (izquierda del espectador o derecha de la placa) quedará reservado para las respectivas contraseñas de los centros de diagnosis u otras especialidades, de acuerdo con lo que se legisle en su momento. El rectángulo de la derecha (derecha del espectador o izquierda de la placa) estará destinado al símbolo correspondiente a taller de reparaciones de motocicletas.

4. El símbolo del taller de reparación de motocicletas a que se refiere el párrafo anterior estará constituido por el perfil de dicho vehículo en dirección a la izquierda del espectador, en color azul, sobre fondo blanco.

Este espacio, cuando se trate de talleres dedicados únicamente a la reparación de vehículos automóviles de mas de tres ruedas, permanecerá vacío.

5. El espacio inferior, o tercera parte en que se divide la placa-distintivo, estará a su vez subdividido en tres zonas diferenciadas:

-La de la izquierda (del espectador) destinada a las siglas de la provincia donde radique el taller.

-La central destinada al contraste que será estampado por el órgano competente y debajo del guión.

-La de la derecha (del espectador) destinada a estampar el número de inscripción en el registro especial.

Registro especial de talleres de reparación

El artículo 5 de la norma estatal habla de un registro especial de talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes.

Su finalidad es que cada Comunidad autónoma pueda tener censados los talleres existentes y su especialidad, por motivos de seguridad vial. Y todos los requisitos que por tener la licencia de taller de reparación cumplen (instalaciones, perfiles y formación de los mecánicos, maquinaria disponible y autorización del fabricante en caso de ser un taller oficial de la marca)

Artículo 5. Registro especial de talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes

Dentro del Registro Industrial establecido por el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, se crea un Registro Especial de Talleres de Reparación de Vehículos Automóviles y de sus equipos y componentes, con su mismo carácter y naturaleza, según se establece en el capítulo II de la norma citada que regula el trámite de inscripción.

Son funciones principales de dicho registro las siguientes:

-La identificación y conocimiento de la actividad industrial de talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes, dada su vinculación a la seguridad vial y la incidencia de los servicios que prestan a los usuarios.

-La recogida de los datos necesarios para cumplir dicha función referidos a cada taller, según lo señalado en los artículos 3 y 4.

El Registro especial de talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes dependerá de los servicios provinciales del Ministerio de Industria y Energía o de los entes autonómicos a que corresponda, ajustándose a las normas que, a tal efecto, establezca dicho Ministerio.

Dicha inscripción será requisito indispensable para efectuar trabajos de reparación, de acuerdo con la clasificación a que se refiere el artículo 3 del presente Real Decreto. A estos efectos, en ningún caso se considerará como inscripción la mera solicitud para conseguirla.

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La sección de talleres de mi Guía aborda estos problemas:

Caso 36. Tomás renuncia a la elaboración de un presupuesto y le cobran el 20%.

Caso 37. Antonio renunció al presupuesto de su Renault. Ahora le piden 90 eur.

Caso 38. Rosa condenada a pagar los 42,82 euros por la elaboración de su presupuesto.

Caso 39. No le dan resguardo de depósito y el taller se incendió.

Caso 40. El taller ha utilizado mi coche para uso propio y me han multado.

Caso 41. Ernesto sufre una reparación mal hecha para salir del paso de la ITV.

Caso 42. El taller ha hecho mal la reparación, con peligro para el usuario. La KTM de Joan.

Caso 43. Mal cambio de aceite para Rosana en Feu Vert y avería posterior del motor.

Caso 44. Instalación de neumáticos reacondicionados muy peligrosos en el coche de Sara.

Caso 45. Daños materiales en el coche de Pedro por negligencia del taller.

Caso 46. Reparación negligente del taxi de Secundino en Las Palmas de Gran Canaria.

Caso 47. El taller de lunas se carga la cerradura del maletero al reparar la luna trasera.

Caso 48. Le venden un tubo de escape nuevo defectuoso.

Normativa de talleres

La normativa que regula los talleres de reparación en España es:

  • Decreto 455/2010, de 16 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes (ver online).
  • Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes (ver online).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 8 comentarios

  1. Raul

    Hola; Quiero abrir un taller de electronica en Andalucía y no se que debo hacer y tener para poder abrirlo sin problemas.
    Me podeis ayudar ?

  2. Jonatan

    Hola, tengo toda la documentacion y numero de registro en industria de mi nuevo taller, donde puedo solicitar la placa o que procesos debo de seguir para conseguirla?

    Saludos

    1. Consumoteca

      Hola Jonatan

      Hay comercios especializados en la elaboración de estas placas. Haciendo una búsqueda en Google «donde hacer una placa de taller de reparación de coches» te aparece alguno. Tendrás que llevarles la documentación oficial de Industria para que te puedan hacer la placa:

      https://www.industriassaludes.es/producto/placas-de-taller/
      http://placasdetaller.com/

      De todos modos tu asociación provicincial de talleres probablemente tenga concierto con alguna de estas empresas para que te salga más barata.

      Un saludo

  3. rafael muñoz cruz

    buenos dias, el motivo es que me han robado la placa distintivo del taller de mecanica, ¿qué debo haser? gracias

    1. Consumoteca

      Hola Rafael

      Denúncialo a la Policía y consulta a tu seguro si te puede cubrir el coste de conseguir una nueva.

  4. ahmed achhoud

    hola soy mecanico de Barcelona y me gustaria saber que perfil que titulacion tengo que tener para poder abrir un taller

  5. jaume rossello

    TIENE ALGUN EFECTO DE VADO PERMANENTE O IGUALMENTE SE PUEDE APARCAR DELANTE DEL PORTAL?

    1. Consumoteca

      Hola Jaume

      Que sepamos, la placa distintivo de un taller es una herramienta de información de Industria de la CCAA donde está el taller mientras que la placa de una vado tiene la finalidad de reservar a su titular el derecho de entrada y salida las 24 horas del día previo pago de una tasa municipal anual.

      Así que no están relacionadas.

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