Clínicas dentales: derechos de los usuarios

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Cepillo de dientes dentista

Las clínicas dentales son establecimientos sanitarios donde se nos ofrecen cuidados preventivos y paliativos de nuestros dientes y de la boca en general.

Los dientes son uno de los elementos más importantes para la función digestiva, que a su vez garantiza que nuestro organismo tome los insumos necesarios de los alimentos y bebidas que ingerimos cada día.

Por tanto, una buena higiene y salud dentales inciden muy positivamente en nuestra salud corporal. Por no hablar del aspecto saludable que transmiten de las personas nuestros dientes y encías.

Fraudes en clínicas dentales

Sin embargo, desde 2016, el sector de las clínicas dentales en España anda revolucionado por una serie de fraudes escandalosos de un modelo de clínica dental conocido como «marquista».

Frente a la clínica dental tradicional, montada por un especialista y conocida en el entorno de su clientela de barrio, la clínica dental marquista hace todo lo contrario.

Este modelo responde a un gran número de clínicas dentales propias o franquiciadas bajo una misma marca, que generalmente recurren a una publicidad masiva y bastante agresiva sobre precios baratos y facilidades a la hora de pagar los tratamientos.

Con esto, se atrajeron durante años a un sector de la población con menos recursos a los que luego dejaron tirados por problemas ético-profesionales y también porque eran pantallas de otros fraudes y estafas.

En Consumoteca ya te hablamos de consejos a la hora de elegir una clínica dental. También hemos visto los problemas de alguna usuaria con su dentista particular. Pero en este post te queremos hablar de tus derechos como persona usuaria respecto a los servicios dentales.

CCAA son competentes

Pero antes de nada, tienes que saber que en España, las competencias sobre supervisión y «disciplina» de las clínicas dentales recaen en los servicios de Consumo de las Comunidades autónomas, en las Consejerías de Salud autonómicas y en los Colegios profesionales «regionales», que se ocupan de garantizar buenas prácticas profesionales.

Deberes de las clínicas dentales

Como cualquier otro tipo de negocio, las clínicas dentales están sometidas a una serie de obligaciones para poder ejercer su actividad.

Titulación profesional

La más básica es que el profesional que presta la dirección técnica en la clínica dental esté debidamente titulado en España o que tenga convalidado su título profesional aquí si procede de otro país de la Unión Europea (en principio hay libertad de profesionales) o de fuera.

Y que esté colegiado en el colegio regional de dentistas con un número de colegiado.

Autorización administrativa de Sanidad

Lo segundo es que tenga la correspondiente autorización administrativa de Sanidad para funcionar como clínica dental.

Algunas Comunidades autónomas te ofrecen una página web de consulta a través de su Consejería de Sanidad.

Por ejemplo en Madrid tienes el «Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios» en el que se deben inscribir no solo las clínicas dentales sino también las ópticas, oficinas de farmacia, ortopedias, ambulancias o centros de salud auditiva (los GAES y compañía).

La realidad es que esta página es muy difícil de consultar porque te obliga a conocer previamente el número de registro profesional de la clínica y una serie de datos que los consumidores de a pie no tenemos (desde luego no antes de dirigirnos a la clínica de nuestra elección).

Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios Comunidad de Madrid
Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios Comunidad de Madrid

Seguro de RC

Esto es importante, las clínicas dentales deben tener contratado un seguro de responsabilidad civil, tanto la clínica como el propio dentista.

Este seguro responderá de cualquier daño, lesión o consecuencia de un diagnóstico o tratamiento incorrectos o de la interrupción del servicio por la razón que sea.

Autorización visible

Por último, las clínicas deben mostrar en un lugar visible al público, la autorización de funcionamiento de su Comunidad autónoma.

Esta incluirá como mínimo el la finalidad de la consulta, la dirección y municipio, el número de Registro de Centros sanitario (el que te pide el buscador de más arriba). También una descripción de los derechos de los usuarios incluyendo dónde y cómo reclamar.

Derechos de los usuarios de las clínicas dentales

Los usuarios de clínicas dentales tenemos estos derechos respecto de los dentistas:

  • Derecho a pedir un diagnóstico, un pronóstico y un presupuesto escrito y detallado del tratamiento que se nos propone.
  • Derecho a una publicidad e información sobre nuestra situación personal adecuados a nuestros conocimientos y capacidad de entendimiento. Toda publicidad (folleto, catálogo, página web), es vinculante para la clínica dental.
  • Derecho a ser informados de los profesionales colaboradores que actuarán en nuestro tratamiento (por ejemplo, protésicos dentales, profesionales de laboratorio, etc.) y a elegir el nuestro propio.
  • Derecho a recibir una factura firmada, sellada y desglosada por conceptos de los trabajos realizados (piezas, pruebas y honorarios de los diferentes profesionales que hayan podido ocuparse de un tratamiento).
  • Derecho a financiar el tratamiento con su propia entidad y vinculado al tratamiento. Si este se interrumpe por causa ajena al usuario, la financiación también debería hacerlo.
  • Derecho a la continuidad del tratamiento una vez aceptada la atención del paciente por el dentista o consulta dental.
  • Derecho a una garantía escrita de dos años en los productos sanitarios, prótesis, ortodoncias que se nos hayan instalado. Esto incluye conocer quién es el fabricante de las prótesis y cuál la composición del producto en caso de tener que reclamar la garantía.
  • Derecho a solicitar en todo momento tu historial clínico, y a que sea custodiado y se garantice la privacidad de tus datos personales.

Colegios profesionales de dentistas

Los colegios profesionales son la tercera pata de control de los dentistas como profesionales. Lo primero que debes saber en España es que el dentista debe estar colegiado en el colegio regional de odontólogos y estomatólogos de la comunidad autónoma donde ejerza su actividad.

Un dentista es un profesional sanitario y debe responder por sus actos como cualquier otro de este ámbito. Además, con su adhesión al Colegio, el profesional se compromete a respetar una serie de protocolos básicos de actuación profesional que marca el Código de Ética y Deontología Profesional Español. Si esto no se cumple, se debe reclamar contra el profesional ante el Colegio.

El Consejo de colegios de dentistas de España publicó en 2016 un informe de reclamaciones recibidas.

Esta gráfica resume la tipología de las 1.821 reclamaciones totales recibidas en España en «clínicas» y «económico-administrativas».

Reclamaciones dentistas Madrid 2016
Reclamaciones a dentistas en España año 2016

Y ya dentro de las reclamaciones clínicas, fíjate que la mayoría tienen que ver con implantología y prótesis dentales:

Reclamaciones dentistas España de tipo clínico 2016
Reclamaciones dentistas España de tipo clínico 2016

Reclamar a una clínica dental

Normalmente, las reclamaciones contra los dentistas y las clínicas dentales pueden tener una vertiente económica, otra profesional (tratamiento incorrecto) o las dos. Es por ello que a la hora de reclamar se pueden seguir varias vías:

  • Temas de consumo: cuando la reclamación es por publicidad, el precio o la falta de información se puede acudir a la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor) de la localidad o a los servicios de consumo de esa CCAA (Dirección General de Comercio y Consumo). Estos organismos intentarán una mediación y en caso de fracaso un arbitraje de consumo.
  • Temas de salud pública: si la clínica o el profesional no cumplen la legalidad (instalaciones, tratamientos, materiales o titulación) se debe acudir a la Consejería de Sanidad de la Comunidad autónoma.
  • Temas profesionales: si el profesional está titulado pero su «praxis» no cumple el código deontológico de los dentistas se debe reclamar al Colegio al que esté adscrito para que éste valore si su actuación es ética. Ojo, porque por esta vía no se va a lograr la obtención de «dinero» en forma de indemnización, pero sí que se valore si el profesional debe ser sancionado.
  • Si nuestro caso implica lesiones con secuelas o no, se debe recurrir a los tribunales de justicia.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene un comentario

  1. Un gran post. Muy necesario, sin duda alguna hay que informar y hacer ver al usuario los derechos con los que cuenta ante determinadas situaciones. Gracias por compartirlo, lo guardo en marcadores!

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