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Normativa de los caramelos, chicles y chucherías

La normativa de los caramelos y chicles es el RD 348/2011, 11 de marzo, por el que se aprueba la norma de calidad caramelos, chicles, confites y golosinas

Eva María Martín

Licenciada en Derecho y Postgrado en traducción. Soy una profesional por cuenta propia que se dedica a la traducción de documentación y al mantenimiento de sitios web, en particular mantengo el sitio www.consumoteca.com. Colaboro con Consumoteca porque creo en este proyecto y creo que hacía falta ordenar la información de ayuda a la compra y presentarla de una forma amigable, en una web bien diseñada. Animando a la gente a que se exprese se está dando un gran paso adelante en la emancipación de los consumidores españoles.

La Ley regula la higiene, composición y seguridad alimentaria de las chucherías, distinguiendo según sus ingredientes y composición, entre caramelos, chicles, confites y golosinas.

Normativa estatal

En España la principal norma que regula la fabricación de chucherías y golosinas es básicamente estatal y europea. La distribución de chucherías a través de tiendas de chuches es competencia de las Comunidades autónomas.

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  • Real Decreto 348/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba la norma de calidad para caramelos, chicles, confites y golosinas (ver online).

  • Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización.

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  • Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.
  • Real Decreto 2002/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos edulcorantes autorizados para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización.

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  • Real Decreto 1810/1991, de 13 de diciembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercialización de caramelos, chicles, confites y golosinas (derogada).
  • Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español.Establece la normativa relativa a los productos de confitería en su sección 4.ª «Productos de confitería» del capítulo XXIII, dedicado a los «Edulcorantes naturales y derivados».

Normativa europea

  • Reglamento (CE) n.º 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.
  • Reglamento (CE) n.º 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativos a la higiene de los productos alimenticios.

1 Comentarios

Un comentario en "Normativa de los caramelos, chicles y chucherías"

  1. M
    Manuel

    Muy buenas Eva María, ¿me podría facilitar información sobre las leyes que regulan los lugares donde se pueden comercializar los chicles con cafeína o chicles energéticos? Hoy por hoy tengo entendido que se están comercializando en las farmacias… ¿Por qué? ¡
    Espero su respuesta!

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