La definición de hostal la encontramos en la normativa que regula los establecimientos turísticos en la Comunidad Valenciana*, «son hostales aquellos establecimientos hoteleros que, reuniendo los requisitos que establece la presente reglamentación, ofrecen alojamiento con o sin servicios complementarios, ocupan la totalidad de un edificio o parte independizada del mismo, constituyendo sus dependencias un todo homogéneo, pero no disponen de entradas, ascensores y escaleras de uso exclusivo«.
Una de las diferencias más relevantes entre un hostal y los hoteles y hoteles-apartamentos es precisamente la no existencia de entradas, ascensores y escaleras de uso exclusivo para los usuarios turísticos.
* Decreto 75/2015, de 15 de mayo, del Consell, regulador de los establecimientos hoteleros de la Comunitat Valenciana (DOCV de 20 de mayo de 2015).