Indemnizaciones por los retrasos del AVE en Barcelona por el robo de cable óptico

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Estacion de tren Renfe

En Consumoteca ya contamos en un post antiguo (aunque vigente) que RENFE tiene una serie adquiridos con sus viajeros una serie de compromisos voluntarios en caso de retrasos y en retrasos del AVE, siempre que no exista fuerza mayor.

En los trayectos AVE Madrid-Sevilla el compromiso de puntualidad de RENFE dice que los retrasos del AVE superiores a 5 minutos darán lugar a la devolución del 100% y en el resto de trenes AVE (por tanto el AVE Barcelona-Madrid), los retrasos del AVE:

  • Retraso superior a 15 minutos: Devolución del 50%.
  • Retraso superior a 30 minutos: Devolución del 100%.

En todos los casos, el compromiso de puntualidad voluntario de RENFE respecto al AVE no aplicará en caso de entender que ha existido causa de fuerza mayor, es decir, que los retrasos del AVE por el robo del cable no son imputables a la compañía.

En estos casos, nos recuerda FACUA que se aplicará lo establecido en el Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario) en materia de indemnizaciones por retraso que prevé la devolución del 50% del billete si el retraso es igual o superior 60 minutos, y del 100% si hay un retraso superior a 90 minutos.

El Reglamento establece que “en caso de cancelación del viaje, el viajero tendrá derecho a que se le devuelva el precio pagado por el servicio”.

Si la cancelación se produce en las cuatro horas previas a la hora prevista, el viajero tendrá derecho, además, a una indemnización del doble del importe del título de viaje.

FACUA Catalunya informa que además, en caso de que la interrupción del viaje supere los sesenta minutos, la empresa ferroviaria está obligada a sufragar los gastos de manutención y hospedaje del viajero durante el tiempo que dure la interrupción.

Si es tu caso y has sufrido retrasos del AVE, no dudes en reclamar por escrito a RENFE, a tu Junta Arbitral de Consumo o los tribunales de justicia con un relato de los hechos que se apoye en los documentos que demuestren los desembolsos hechos (restaurante, hotel, taxis, etc.).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

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Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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