Seguridad jurídica

En este momento estás viendo Seguridad jurídica
Juez Juzgado Justicia Arbitrajes

La seguridad jurídica es la certeza que tiene el individuo de que su situación jurídica no será modificada más que por procedimientos regulares, y conductos establecidos previamente.

Definición

La seguridad jurídica es la garantía dada al individuo, por el Estado, de que su persona, sus bienes y sus derechos no serán violentados. O de que, si esto llegará a producirse, le serán aseguradas por la sociedad, su protección y reparación.

El Estado, como ente del poder público de las relaciones en sociedad, no sólo establece los lineamientos y normas a seguir, sino que en un sentido más amplio tiene la obligación de establecer «seguridad jurídica» al ejercer su «poder» político, jurídico y legislativo.

Artículo 9 de la Constitución

El artículo 9 de la Constitución española de 1978 dice así:

1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Cómo se garantiza

Para el Tribunal Constitucional, este concepto es

«suma de certeza y legalidad, jerarquía y publicidad normativa, irretroactividad de lo no favorable, interdicción de la arbitrariedad, pero que, si se agotara en la adición de estos principios, no hubiera precisado de ser formulada expresamente.

Es la suma de estos principios, equilibrada de tal suerte que permita promover, en el orden jurídico, la justicia y la igualdad, en libertad» (Sentencia del TC 27/1981 de 20 de julio de 1981).

Normativa relacionada

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

Esta entrada tiene 3 comentarios

  1. alfredo peralta

    hola señorita abogada.

  2. cristóbal gomez

    Técnico en la madera, con enfasis en incrustaciones La seguridad jurídica es un derecho natural, que nadie puede violar, en nombre de la justicia, como ocurrió en mi caso…que fui condenado dos veces, por hechos del mismo caso, con violación del debido proceso. y, las Cortes, Suprema y Constitucional…apoyaron tal oprobio.

  3. RewLinaquinia

    Si, probabilmente lo e

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.