El derecho a la libertad de elección de médico es el derecho que tienen los pacientes de poder elegir, individualmente, dentro de unos límites y por procedimientos eficaces y rápidos, al profesional que los atienda en su proceso.
El derecho a la libre elección de médico en atención primaria y atención especializada se regula por diversas normativas estatales y autonómicas:
Legislación estatal:
Real Decreto 1575/1993, de 10 de septiembre, por el que se regula la libre elección de médico en los servicios de atención primaria del Instituto Nacional de la Salud.
Real Decreto 8/1996, de 15 de enero, sobre la libre elección de médico en los servicios de atención especializada del Instituto Nacional de la Salud.
Comunidad de Madrid:
Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Decreto 51/2010, de 29 de julio, por el que se regula el ejercicio de la libertad de elección de médico de familia, pediatra y enfermero en Atención Primaria, y de hospital y médico en Atención Especializada en el Sistema Sanitario Público de la Comunidad de Madrid. (BOCAM de 9 de agosto de 2010).