Pago con tarjeta de débito de un alquiler de coche

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Alquiler de coche aeropuerto

Las empresas de alquiler de coche (los AVIS, Hertz, Europcar, Sixt, Goldcar, etc.) son uno de los sectores más conflictivos a los que nos enfrentamos los consumidores. Los precios que ves online al reservar un coche de alquiler no tienen prácticamente nada que ver con los precios reales que te vas a encontrar en la oficina el día de la recogida. Además, tienen prácticas abusivas

Un lector de Consumoteca, Juan, nos hace llegar sus problemas a la hora de pagar su reserva de un coche de alquiler. Dice así:

Hola, tras una reserva de alquiler de coche por Internet en agencia comparador de ofertas y realizar el pago, me encuentro que en destino no me admiten tarjeta de débito ni pago físico para depósito al no poseer tarjeta de crédito. Pero me obligan a hacer un seguro que me cuesta el doble a mayores de lo que pagué por la reserva para formalizar la reserva. Tampoco pude cancelar la reserva en destino por pasarse casi una hora ni con una ni otra compañía ya que una culpaba a la otra y al contrario. ¿Puedo reclamar la cantidad que me cobraron por seguro obligatoriamente para poder retirar el vehículo? ¿Qué debo hacer? ¿Debo reclamar al dejar el vehículo y después hacerlo en mi destino? Muchas gracias de antemano.

Una mala práctica común

El caso de Juan es muy habitual. Se trata de una mala práctica común de las agencias de alquiler no admitir tarjetas de débito a la hora de reservar un coche porque, al no tener mas fondos que los de tu cuenta corriente, las empresas no pueden bloquearte el importe de un depósito cuantioso (de varios miles de euros), que responda de cualquier tipo de daños cuando el usuario contrata un coche con un seguro básico (no el seguro a todo riesgo).

Tampoco podrá responder de tu «crédito» días después de la devolución si surgen multas de tráfico, sanciones o vicios no aparentes en el coche el día de la devolución.

La tarjeta de crédito sí te permite, por medio del depósito efectuado en ella (es un bloqueo de dinero del que no podrás disponer), cargar a su titular cualquiera de los importes y penalizaciones que se reservan las empresas de alquiler y que tú aceptas ciegamente con el contrato (lo llaman «autorización previa»).

AVIS, lo dice así en sus condiciones generales, en repetidas ocasiones:

Autorización previa. Realizamos una autorización previa de una cantidad en su tarjeta de pago. Esta autorización retiene un importe en su tarjeta de pago que garantiza que existirán fondos suficientes para tramitar el pago al final del período de alquiler. Si paga con otra tarjeta, tenga en cuenta que el banco puede tardar hasta 14 días en liberar el dinero «retenido».

Cuando usted firma el contrato de alquiler, acepta que cobremos en su tarjeta de pago todos los gastos en los que haya incurrido durante el período de alquiler.

En resumen, usted acepta….pagar cualquier cargo de gestión administrativa, tarifas, cargos por daños y robo, cargos de peaje, cargos o multas de estacionamiento, tráfico u otros costes judiciales y/o cualquier otro cargo establecido conforme a las condiciones del contrato. Al firmar este documento, nos da su autorización para que carguemos estos costes a su tarjeta de pago.

No se suele admitir la tarjeta de débito

Las empresas no suelen admitir la tarjeta de débito. Lo vemos con ejemplos como el de AVIS:

Por su parte, Europcar no acepta otra tarjeta que no sea de crédito:

Tarjeta de crédito Europcar
Tarjeta de crédito Europcar

Y finalmente, Hertz admite la tarjeta de débito, perooooo, ….. te obliga a presentar una o más tarjetas de crédito (en función del valor del coche alquilado) el día de la recogida:

* Si usted efectuó la reserva con una tarjeta de débito, en el momento de la recogida del vehículo necesitará presentar esta misma tarjeta de débito junto a una o más tarjetas de crédito (siempre dependiendo del grupo de vehículo alquilado).

Tarjeta de crédito Hertz
Tarjeta de crédito Hertz

Otras cuatro prácticas abusivas del alquiler de coche

Las cuatro prácticas más abusivas de las empresas de alquiler de coches son estas, la cuarta de ellas la que explica lo sucedido a Juan:

Política de combustible

Esta cláusula abusiva te obliga a adelantar el pago del depósito de combustible lleno, aunque en las paginas web nunca se dice nada al respecto ni se publicita en el precio final que el usuario ve online.

Además algunas compañías como Goldcar incluyen dentro del pago adelantado del conbustible una comisión por gestión que no se anuncia en el momento de la reserva online.

En la práctica si el consumidor entrega el coche con el depósito lleno la compañía no le devuelve el importe del combustible no consumido, alegando que es su responsabilidad leer los términos y condiciones, y, en consecuencia, saber que debe devolverlo vacío.

Ejemplo de redacción: “Condiciones relativas a la gasolina: En las oficinas propias de la Agencia de alquiler, siempre procure entregar el vehículo con el depósito lleno y deberá de ser devuelto con el depósito vacío, ya que no habrá devoluciones”.

Precio final de la reserva on line

El precio final ofrecido en la página web de las empresas de alquiler de coche no se ajusta al precio real del servicio si se devuelve el coche en otra sucursal distinta de la de recogida o fuera del horario de oficina.

En estos dos casos muchas compañías omiten incluir el cargo extra.

Pagos por prestación de servicios tras la devolución del vehículo

Hay situaciones de indefensión de los consumidores tras la devolución del vehículo cuando la agencia hace cargos en la tarjeta de crédito del consumidor si a su juicio se entrega el vehículo sucio o por daños menores.

Este cargo está previsto por la la letra pequeña de las condiciones generales pero no se detalla visiblemente a los usuarios en la página web de la agencia.

Ejemplos de redacción:

“Tanto en la entrega como en la devolución del Vehículo, la Agencia de Alquiler y el Arrendatario incluirán en el contrato de alquiler cualquier daño menor visible en el Vehículo de conformidad con la lista de daños y costes promedios de reparación expuestos en el mostrador de la oficina de alquiler que el Arrendatario declara conocer».

«A la finalización del alquiler, en el momento de la devolución del Vehículo, se identificará cualquier nuevo daño menor que se haya producido al vehículo, en cuyo caso se recogerá expresamente en el contrato de alquiler, y será aprobado y firmado por la Agencia de Alquiler y el Arrendatario; cuando sea posible, el Arrendatario validará los nuevos daños a la devolución del vehículo mediante firma electrónica o mediante al firma del correspondiente documento adicional al contrato de arrendamiento.

Los nuevos daños menores serán cargados al Arrendatario al precio de promedio de reparación incluidos en la /s lista /s exhibidas en el mostrador de la oficina de alquiler según se recoge en el Artículo 4 de estas condiciones Generales. Dicho promedio de reparación será facturado al Arrendatario directamente por la Agencia de Alquiler incluirá los conceptos que resulten de aplicación según lo definido en el Artículo 4 de estas Condiciones Generales».

Condiciones de pago

En los contratos de las empresas de alquiler de coches también hay cláusulas que limitan las condiciones de pago al aceptar solamente tarjetas de crédito, no admitiendo y rechazando las tarjetas de débito y el pago en efectivo.

Esta cláusula es abusiva al tipificar lo dispuesto en el artículo 86.7 del Real Decreto Ley 1/2007, según el cual se consideran abusivas aquellas estipulaciones que prevean “la imposición de cualquier renuncia o limitación de los derechos del consumidor y usuario”.

Asimismo, se podría encauzar con los artículos 82 y 89, que recogen tanto el concepto de cláusulas abusivas como las cláusulas abusivas que afectan al perfeccionamiento y ejecución del contrato.

Ejemplo de redacción de esta cláusula:

Las condiciones de pago son: a) Tarjeta de crédito VISA o MasterCard; b) No se admitirá el pago con tarjeta de débito, Diners Club, American Express, Postepay ni dinero en efectivo; c) La tarjeta de crédito debe estar a nombre de la persona que figure como conductor principal del contrato de alquiler”.

Solución

En la letra pequeña del contrato que haya firmado Juan, con toda probabilidad se incluirá un párrafo donde se obligue al pago con tarjeta de crédito.

El inconveniente es que él ha contratado con un comparador de ofertas que sí le ha admitido el uso de una tarjeta de débito. 

Y al final, para evitar el cargo el depósito adicional, al no tener tarjeta de crédito, se ha visto obligado a contratar un seguro a todo riesgo cuyo importe ha hecho que el precio online no tenga nada ya de interesante.

Yo reclamaría al portal online el importe del seguro a todo riesgo.

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Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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