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En materia de financiación de una vivienda por medio de un préstamo hipotecario, un folleto informativo es un documento que las entidades financieras están obligadas a tener a disposición del consumidor, de manera que pueda comparar varias ofertas de préstamos con solicitar los folletos informativos de varios bancos.
La Ley* regula qué entidades están obligadas a tener este folleto informativo, y el contenido de este folleto informativo, el cual debe ser el mismo para todas las entidades, de manera que se haga más fácil al consumidor poder elegir bien por la simple comparación de los distintos folletos de varios bancos o cajas.
Bancos obligados a tener folletos informativos
La obligación de disponer de folletos informativos recae obligatoriamente sobre la actividad de las entidades de crédito, de las entidades aseguradoras y de otras entidades financieras, en España.
Siempre que se negocie la concesión de préstamos con garantía hipotecaria y cuando concurran simultáneamente las siguientes circunstancias:
-Que se trate de un préstamo hipotecario y la hipoteca recaiga sobre una vivienda.
-Que el prestatario sea persona física.
-Que el importe del préstamo solicitado sea igual o inferior a 25.000.000 de pesetas, o su equivalente en divisas.
* Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios (derogada por la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios).
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