Contrato de mantenimiento de caldera

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«Contrato de mantenimiento de caldera». Fecha publicación: 26 octubre 2019.

Contrato de mantenimiento de caldera

Dentro de las opciones de calefacción en el hogar y agua caliente sanitaria, la caldera de gas es uno de los mejores inventos. Y reñido competidor de los sistemas de calefacción eléctricos.

Ahora bien, si solo se necesita un elemento para agua caliente sanitaria, me inclino más por el termo eléctrico. En nuestra casa vivimos 5 y tiramos perfectamente con un termo eléctrico de 80 litros, para duchas, baños y cocina.

Eso sí, alternando las horas en la que adultos y niños se duchan. Pero volviendo a las calderas de gas. En este post vamos a repasar lo que tienes que saber sobre el contrato de mantenimiento de caldera. ¿Es obligatorio?, ¿Cuánto cuesta?, ¿qué incluye?, ¿a qué cosas prestar atención?

Revisiones de las calderas de gas

Las calderas de gas funcionan con gas que es un combustible peligroso. Por esa razón la normativa prevé una serie de revisiones periódicas que deberíamos hacer para asegurarnos de que nuestra instalación es segura y está bien ventilada.

Las calderas murales domésticas de gas natural o GLP con una potencia inferior o igual a 70kW, tienen que pasar una revisión obligatoria cada dos años. El resto de instalaciones de calefacción (gasóleo, electricidad, etc.) de potencia inferior o igual a 70 kW, el mantenimiento es, como mínimo, anual.

No hay que confundir las revisiones periódicas de la caldera de gas obligatorias por ley* con el mantenimiento anual preventivo que nos ofrecen muchas empresas de instalación de calderas.

Aunque ambas tienen en común que se hacen por seguridad y por eficiencia energética. De hecho, una caldera sin mantenimiento y limpieza periódicos puede hacer una mala combustión que aporte menos calor en el hogar y consuma más gas.

Si no hacemos una revisión o mantenimiento de la caldera periódico, lo pagaremos con creces en el recibo del gas. Y esto lo aprovechan los instaladores para ofrecernos contratos de mantenimiento de calderas.

Por ley, hay que hacer una revisión de la caldera cada dos años (potencia inferior o igual a 70kW), por instalador autorizado, y una revisión de toda tu instalación de gas por parte de la compañía comercializadora de gas cada cinco años.

En ambos casos, y también si decides contratar un mantenimiento anual de tu caldera, debes saber que puedes elegir el instalador oficial que quieras, incluso para la revisión quinquenal de tu compañía de gas.

Aunque esta revisión de cada cinco años te la debe cobrar en tu recibo la compañía de gas que la haga, sea cual sea.

El contrato de mantenimiento de caldera

Se trata de un contrato a modo de seguro por el que la compañía mantenedora se obliga a atenderte con cierta celeridad si se te avería la caldera de gas, a sustituirte algún tipo de piezas (ahora vemos cuales), y en cualquier caso, a hacerte una limpieza y revisión anual.

Este tipo de contratos tienen bastante negocio para las empresas instaladoras por tres razones:

  • Porque juegan con el miedo de la gente a fallos de seguridad del gas;
  • Porque juegan con el desconocimiento de la gente sobre las revisiones obligatorias;
  • Porque el agua caliente sanitaria (ACS) que ofrece una caldera es un bien de primera necesidad para todos, y a nadie le gusta quedarse sin ella en el momento más insospechado, y tener que llamar a un técnico de calderas de urgencias 24 horas.

Cuánto cuesta el mantenimiento de la caldera

El precio de estos contratos depende básicamente de lo que cubran o no, pero suele ser bastante elevado, en torno a los 100 a 200 euros anuales. Vemos tres ejemplos:

-Atecalsa (Madrid) se anuncia como servicio técnico de reparación y mantenimiento de aparatos de gas (calderas y calentadores) de la marca Saunier Duval. Declara tener 40.000 clientes con su contrato de mantenimiento.

-Setesa (Barcelona) se anuncia como servicio técnico oficial de las marcas Junkers, Neckar y Bosch.

-Naturgy Servigas ofrece varias modalidades de servicio técnico para cualquier marca de caldera o calentador de gas.

Qué tipo de mantenimiento es

Las distintas compañías te suelen ofrecer distintas modalidades de contrato según lo que quieras cubrir o dependiendo de si tu caldera aporta agua caliente sanitaria solo, o ACS y calefacción.

En general, sueles tener a tu disposición muchas opciones.

Naturgy

Naturgy tiene un servicio de mantenimiento multimarca de calentadores que se llama Servigas.

  • Servigas

«es el servicio de mantenimiento doméstico, preventivo y/o correctivo según la modalidad de las instalaciones de gas, de la calefacción (incluyendo caldera, circuito hidráulico con los radiadores), del calentador/caldera o generadores de agua caliente sanitaria y demás gasodomésticos».

Naturgy ofrece «Servigas Xpress» es un contrato sencillo que solo te cubre la asistencia urgente en caso de avería de tu caldera o calentador de gas.

La asistencia es las 24h los 365 días del año y la reparación urgente en menos de 3 horas y con una garantía de la reparación de 6 meses. Todo por 7,20 euros / mes, IVA incluido. El primer año pagarías un total de 86,4 euros, IVA  incluido, pero los años siguientes te subiría a 8 euros/mes (96 euros).

Naturgy Servigas Xpress
Naturgy Servigas Xpress
  • Servigas Básico es un contrato de asistencia urgente y mantenimiento anual. Incluye la revisión preventiva anual de la caldera y la inspección periódica obligatoria de tu instalación cada 5 años. Todo por 8 euros al mes, es decir 96 euros al año, IVA incluido.

Atecalsa

Atecalsa (Madrid) ofrece dos tipos de contratos.

Contrato Standard: incluye una revisión y limpieza preventiva anual (preferentemente fuera de la temporada de calefacción o coincidiendo con una reparación. La revisión inluirá la limpieza de la llama piloto y de los quemadores aletas del cuerpo de caldeo. También comprobaciones sobre el funcionamiento general, consumo, potencia, caudal de gas y agua, fugas de agua y análisis de la combustión. La mano de obra y gastos de desplazamiento en horario y días laborables salvo que haya que descolgar la caldera en cuyo caso se necesitarán dos operarios y te cobrarán los honorarios de uno de ellos. En días festivos te descuentan el 50% del suplemento por urgencias.

Contrato Excell: incluye lo mismo que el Standard y además te cubre el servicio en días festivos y te asegura repuestos para la caldera durante 10 años desde la fecha de fabricación de tu caldera.

Ahora bien, estos contratos no te cubren las piezas estéticas (carcasas, tapas, rejillas, embellecedores, mandos a distancia, termostatos, chimeneas, radiadores, etc.).

Tampoco todo lo que no afecte al buen funcionamiento de la caldera. Tampoco las averías por fuerza mayor como subidas de tensión, congelación, revocos, condensaciones, incendio, aguas duras etc.

Setesa

Setesa ofrece varios contratos. El más simple es el contrato de mantenimiento de caldera anual. Tienes dos precios en función de cómo pagues:

  • Pago anual, una sola vez. Cuesta 102,60 eur + IVA (124,14 euros)
  • Pago mensual en 12 pagos mensuales de 9,06 euros: pagas al final del año 108,75 eur + IVA (131,58 euros).

Incluye la revisión anual obligatoria de la caldera, fuera de la temporada fría, el control y análisis de combustión de gases y las reparaciones que haya que hacerle a la caldera sin cargo por desplazamiento ni mano de obra (no incluye el coste de las piezas, que las paga el usuario).

Consejos de última hora

Ten además en cuenta estas otras cosas que extraemos de los contratos de mantenimiento:

  • Prácticamente todos los contratos de mantenimiento preventivo anual, incluyen una revisión, pero si se te estropea la caldera y tienen que acudir, aprovechan para hacerte el mantenimiento y ya no volverán más ese año para hacerte otro mantenimiento.
  • Además, el mantenimiento anual te lo ofrecen/imponen realizar fuera de la temporada alta (otoño / invierno). Es decir, que si eres previsor, deberías intentar hacer tu revisión en agosto o septiembre. Estas épocas son más cómodas para sus técnicos ya que en otoño invierto suelen tener mucho trabajo con calderas estropeadas y no pueden permitirse estar haciendo mantenimientos preventivos.
  • Es práctica común de estas compañías, una vez les facilitas los datos de tu tarjeta para el pago de la mensualidad o anualidad, renovar el contrato tácitamente salvo que les notifiques lo contrario, por escrito, antes de la renovación con el preaviso necesario que figure por contrato. Si no estás despabilado, te encontrarás con que, una año más, estarás comprometido a seguir pagando este servicio.

Normativa que regula las inspecciones de las calderas de gas

-Real Decreto 238/2013, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

-Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios.

-Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.

-Real Decreto 1027/2007 por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

-Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.

-Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

-Directiva 2002/91/CE, de 16 de diciembre, de eficiencia energética de los edificios.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

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Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene un comentario

  1. MANUELA

    Buenos días,
    He tenido un contrato de mantenimiento con el Servicio Técnico oficial de la caldera (nada común la marca) durante 5 años. El año pasado no me vinieron a hacer el mantenimiento por la situación de pandemia en marzo-abril y yo estar bastante enferma de problemas respiratorios. Quedamos me volverían a llamar más adelante para hacerla como hacen por costumbre cada año, pero no lo hicieron, y fue pasando tiempo y no se hizo. Como la renovación es en enero, a finales de este mes me pasaron recibo, con además, un incremento importante (del que no se me avisó), así que por todo ello, hace unos 15 días devolví recibo.

    Ahora hay un problema con la caldera, y me indican que me han rescindido contrato por esa devolución (que no hace ni un mes) y que ya he perdido ese mantenimiento del año pasado, que no tengo derecho a seguir en la renovación, aunque yo les doy la alternativa de pagar la prima y como es lógico, con los efectos de enero del día que me tocaba; que consideran nueva alta y ya no hacen en este momento; y que a pesar de ser Servicio oficial, no dan el servicio si no eres cliente de ese contrato de mantenimiento…

    En fin, mis dudas al respecto con lo que conozco (como estudiante que estoy acabando Derecho, pero en este ámbito tan detallado me pierdo un poco):
    – No existe en este tipo de contratos el «periodo de gracia » de 1 mes como en los contratos de seguros si hay un impago de la prima (devolución del recibo).
    – No estaría igualmente cubierta hasta los 6 meses, y sólo en caso de que no me comuniquen de nuevo el impago, sí que mi contrato queda extinguido?
    – Me puede dejar sin Servicio Técnico una empresa que opera con tal consideración legal en el mercado por el hecho de no tener un contrato de mantenimiento con ellos?.

    Les agradecería una respuesta al respecto, porque voy a tomar actuaciones al respecto, y quisiera saber donde acudir directamente, independiente de la OCU.

    Gracias de antemano.

    Manuela Soria

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