Obligaciones de los ciudadanos en las farmacias

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Farmaceutica en su Farmacia

El post «Obligaciones de los ciudadanos en las farmacias» se publicó por primera vez el 26 de marzo de 2011 y ha sido actualizado el 20 de agosto de 2022.

Las farmacias (Oficinas de farmacia) son establecimientos sanitarios privados, de interés público, sujetos a la planificación sanitaria que establezcan las Comunidades Autónomas. Como ciudadanos, tenemos una serie de derechos y obligaciones respecto a las farmacias. En este post repasamos las que menciona la normativa autonómica.

Obligaciones de los ciudadanos en las farmacias

Tomamos como ejemplo la norma vigente en Castilla y León. Según esta norma, los ciudadanos tenemos las siguientes obligaciones respecto de las oficinas de farmacia:

Respetar al farmacéutico

Debemos respectar al farmacéutico presente en la farmacia y al personal de las oficinas de farmacia, y usar sus instalaciones de forma adecuada.

Respetar la ley en la obtención de medicamentos

Cuántas veces nos hemos acercado a una farmacia para intentar conseguir un medicamento con receta, sin disponer de ella.

Los ciudadanos debemos cumplir las disposiciones económicas y administrativas que determine la normativa reguladora de la obtención de medicamentos y productos farmacéuticos.

Uso responsable del medicamento

Debemos hacer un uso responsable y adecuado de los medicamentos y de los productos farmacéuticos ofrecidos por el Sistema de Salud.

Identificarnos

La norma nos exige acreditar el cumplimiento de las condiciones exigidas para la dispensación. Es decir, presentar nuestra tarjeta sanitaria y/o receta para que se dispense a quien realmente necesita ese medicamento.

Normativa de farmacias

La normativa de farmacias en España es de ámbito estatal (norma base) y autonómico (ordenación farmacéutica).

Aquí te ponemos la normativa estatal (consulta toda la normativa de farmacias, estatal y autonómica).

  • Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (ver online)

  • Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia (ver online).
  • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (ver online).
  • Real Decreto 909/1978, de 14 de abril, por el que se regula el establecimiento, transmisión o integración de las Oficinas de Farmacia (ver online).

Norma autonómica aludida en este post

  • Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León (ver online).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

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Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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