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  Antes de contratar Publicado el 11/02/2010 - 00:28  

Consejos antes de utilizar una máquina de vending

Por Juan del Real  |    Colabora |    1673 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Las máquinas de vending deben devolver el importe si no disponen de producto

Máquina de ventas automáticas o Vending

La venta automática es la forma de distribución detallista cada vez más frecuente, en la cual se pone a disposición del consumidor el producto o servicio para que éste lo adquiera mediante el accionamiento de cualquier tipo de mecanismo y previo pago de su importe, por medio de máquinas de venta automática.

Cada día utilizamos máquinas de venta automática para el café, el periódico, snacks, etc. Si te apetece, léete estas pistas que te damos. Te apostamos a que alguna no la conocías:

1.-Parece obvio, pero antes de nada comprueba que la máquina esté disponible: enchufada, encendida y que en la pantalla led o similar, se indique que está disponible.

2.-Ten claro lo que quieres adquirir y si la máquina de vending lo vende. La Ley* dice que en las máquinas deberá figurar con claridad cuál es el producto que expenden.

3.-Comprueba que, aún vendiendo un producto determinado, este está disponible mediante los testigos luminosos que se encienden cuando hay indisponibilidad, o físicamente, cuando la máquina exhibe las unidades disponibles.

4.-Si se trata de alimentos, no olvides que si eres alérgico o intolerante a algún alimento, es tu responsabilidad informarte de si los productos adquiridos te pueden afectar o no.

 En la página web de Serventa, se anuncia su acuerdo con la FACE (Federación de Asociaciones de Celíacos de España) para incluir productos aptos para el consumo por parte de los celíacos.

5.-Comprueba que la máquina disponga y exhiba los datos de homologación del aparato, identidad del oferente y número de inscripción en el correspondiente Registro, así como una dirección y teléfono donde se atenderán las reclamaciones.

6.-Comprueba si además de las exigencias legales, la máquina anuncia otras garantías.

 Por ejemplo Serventa, una de las empresas líderes en vending en España, anuncia en su página web varias certificaciones (AENOR, ECOEMBES, prevención de riesgos laborales y el distintivo de calidad de la patronal del vending, ANEDA) así como la inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos, y un sistema de APPCC (análisis de peligros y puntos críticos de control).

7.-Comprueba qué tipo de medios de pago admite la máquina y no utilices un medio no admitido para no perder tu dinero (o causarte molestias).

8.-Si después de haber introducido una moneda compruebas que no hay existencias, la máquina, por Ley*, debe disponer de un accionamiento automático que te devuelva tus monedas. Si utilizas una tarjeta prepago, no se te debe descontar el importe de la bebida hasta que está comience a preparar tu pedido.

9.-Si el producto final (café o infusión, alimento, snack, etc.) está en mal estado por falta de ingredientes o por fecha de caducidad superada, reclama en el teléfono de atención al cliente y házselo saber al establecimiento privado donde se encuentre la máquina (y no estaría de más denunciarlo a los Servicios de consumo de la localidad).

10.-Si la máquina se queda con tu dinero, la ley* obliga a informar de una dirección o teléfono donde atender las reclamaciones.

 La Ley no dice nada al respecto pero Consumoteca encuentra abusivo que además de perder tu dinero, el teléfono de contacto de la empresa reclamada sea con coste (por ejemplo, Serventa anuncia el teléfono 902 200 113).

 Si tienes que reclamar, sabe que la ley obliga solidariamente tanto a la empresa o centro privado donde se encuentre la máquina (la empresa o el centro dispondrán de un contrato de alquiler con la empresa de vending) a las obligaciones contraídas (devolver el dinero o entregar lo solicitado).

-Si el problema es recurrente, denuncia los hechos también en tu empresa, en la actividad privada donde se realice la venta, en Consumo y en la Asociación ANEDA

* Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista, de 15 de enero

Fuentes:
Elaboración propia
www.serventa.es


etiquetas: Consumidor, Comunidades autónomas, Vending, Ley de Comercio, Ventas especiales, Fecha de caducidad, Servicios de consumo, ANEDA, Consumoteca,
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