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  Antes de comprar Publicado el 1/11/2010 - 09:18  

La compra de una vivienda nueva ya construida a un promotor

Por Eva Tamames  |    Colabora |    1270 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Antes de comprar, consigue toda la información posible sobre el promotor inmobiliario

Entrega de llaves de una vivienda

España es uno de los países del mundo en el que adquirir una vivienda en propiedad es sinónimo de emancipación. La vivienda, por su parte, es la inversión más importante que hacemos en nuestras vidas.

Conviene por tanto, a la hora de comprar una vivienda ya construida tener una serie de precauciones, que aquí te resumimos en el caso de una compra a un promotor inmobiliario. Partimos de la idea de que el piso es el que te gusta por emplazamiento, orientación, superficie, etc.

1.-Consigue toda la información posible sobre el promotor inmobiliario
Quién es el promotor, qué otras promociones ha realizado, ¿es realmente el propietario de la vivienda?, ¿el vendedor tiene poderes de representación de la sociedad que nos venderá el inmueble?

2.-Infórmate del estado del piso a comprar en el Registro de la Propiedad, donde te señalarán por medio de la oportuna “Nota simple informativa”,

 si la vivienda está debidamente registrada y cuáles son sus principales caracterísitcas,

 si el promotor que va a venderte la vivienda figura como propietario (quién es su titular registral),

 si sobre la finca pesa ninguna carga de la que no estuvieras informado previamente (por ejemplo, una hipoteca, un usufructo, un arrendamiento... etc.)

3.-Consulta en la memoria de calidades, los materiales utilizados en la construcción, los materiales utilizados como aislantes, las tomas de luz, agua y eventualmente gas, de que disponga el piso, etc.

4.-Visita el piso a comprar de día, a plena luz del sol y observa con detenimiento si las calidades anunciadas en la memoria se corresponden con las mostradas en el piso.

5.-El entorno es importante. Presta atención al ruido de la edificación y exterior.

6.-Si sobre la vivienda recae un préstamo hipotecario del promotor en el que quiere que te subrogues, piénsatelo.

 Pide las condiciones financieras y con ellas bajo el brazo patea varios bancos para estudiar en qué condiciones te pueden financiar ellos la compra de la vivienda por medio de un préstamo hipotecario.

7.-El contrato de compra-venta de la vivienda ha de reflejar claramente la operación. Como mínimo debe incluir la identificación completa de las partes, de la finca y sus anexos (incluyendo su estado, lindes, composición, superficie, etc.), el precio, las garantías.,

 Un buen contrato te servirá después para efectuar cualquier reclamación respecto a las calidades de la construcción, acabados (pintura, barnices, suelos, etc.), mobiliario que no funciona, etc.,

8.-Recuerda que el promotor o vendedor deberá entregarte la Licencia de Primera Ocupación y cualquier Certificado que garantice que las instalaciones de electricidad, cableado, agua de las zonas comunes (incluidos ascensores) y de la vivienda se adecúan a la normativa vigente y que están preparadas para darte de alta y disfrutar de estos valiosos suministros,

9.-En la compra de vivienda nueva al promotor, este responde de:

 Los vicios leves (faltas de acabado, defectos de obra, etc.) durante un lapso de 6 meses desde la entrega,

 Los defectos que afecten a la habitabilidad de la vivienda (humedades, salidas de humos no adecuadas a la ley, etc.) durante 3 años,

 Vicios ocultos (afectan a la estructura de la construcción como filtraciones, grietas, etc.), durante 10 años desde la terminación de la construcción.

Para hacer frente a estos vicios, tanto el constructor como el promotor inmobiliario disponen por ley de los oportunos seguros.


etiquetas: Licencia de primera ocupación, Memoria de calidades, Nota simple informativa, Promotor inmobiliario, Registro de la Propiedad, Renta básica de emancipación de los jóvenes, Subrogación hipotecaria, Suministros, Vicio leve, Vicio oculto, Vicio ruinógeno, Vivienda,
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