Se acaba de aprobar una norma que aprueba las casas rurales en Cataluña.
Según esta ley* los establecimientos de turismo rural (lo que conocemos como casas rurales) son establecimientos que prestan servicio de alojamiento temporal en viviendas rurales, en régimen de habitaciones o de cesión de la vivienda entera, según las modalidades y los requisitos definidos por reglamento.
Clasificación de las casas rurales
En Comunidades como la de Cataluña, los establecimientos de turismo rural se clasifican en los dos siguientes grupos: casas de payés y alojamientos rurales.
Casa de payés
Un casa de payés (establecimiento de agroturismo) es aquella en la que la persona titular, payés o payesa profesional, obtiene rentas de actividades agrarias, ganaderas o forestales, de acuerdo con los criterios normativos del departamento competente en materia de agricultura, ganadería y explotaciones forestales, y donde las personas usuarias pueden conocer las tareas y actividades propias de la explotación agraria a la que están vinculadas.
Alojamiento rural
Por su parte un alojamiento rural es un tipo de establecimiento de turismo rural en el que la persona titular no está obligada a obtener rentas de actividades agrarias, ganaderas o forestales, pero debe residir efectivamente en la misma comarca, en los municipios limítrofes de la comarca o en la vivienda, dependiendo de la modalidad.
Obligaciones de los titulares de casas rurales
Los titulares de casas rurales en Cataluña tienen una serie de obligaciones en ese territorio.
Información previa
Deben entregar, a la entrada de la persona usuaria, por escrito, las informaciones relativas a recursos turísticos de la comarca.
Deben informar de las actividades que se pueden practicar en la zona. Y deben contribuir a que conozcan las normas de respeto y conservación del entorno natural y rural.
Atención personalizada a los usuarios
Prestar una atención personalizada a las personas usuarias, que debe comprender, como mínimo, el servicio de acogida en el momento de la llegada al establecimiento y despedida a su partida.
Masoverías catalanas
En el caso de las masoverías y casas de pueblo independientes, las personas titulares deben estar disponibles y facilitar su localización las 24 horas para atender consultas o resolver incidentes.
Visita a explotaciones agrarias
Deben facilitar a las personas usuarias la visita a explotaciones agrarias en caso de que el establecimiento tenga una explotación propia (caso del grupo de casas de payés).
También deben posibilitar el contacto con las personas prestatarias y organizadoras de actividades que tengan lugar en la zona y que puedan ser de interés para los visitantes (caso del grupo de alojamientos rurales).
Instalaciones limpias
Deben mantener las instalaciones en buenas condiciones higiénicas y de salubridad que, en el momento de la entrada de las personas usuarias, deben encontrarse limpios y ordenados.
Los espacios comunes se deben limpiar a diario y el cambio de ropa de cama y baño se debe efectuar como mínimo cada tres días.
Las personas titulares de las casas de pueblo independientes y masoverías deben efectuar una limpieza y cambio de ropa de cama y baño al menos una vez cada tres días a menos que el usuario renuncie por escrito a este servicio.
Normativa casas rurales en Cataluña
* Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, de establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico (DOGC de 5 de diciembre de 2012).