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Teléfonos 800

Los teléfonos 800 son gratuitos para el que hace la llamada. El coste de la llamada lo asume íntegramente su titular

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto. Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas. Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad. Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada. Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Los teléfonos de prefijo 800 son gratuitos para el que hace la llamada. El coste de la llamada lo asume íntegramente su titular, normalmente empresas que ofrecen contacto o información a sus clientes u organismos oficiales.

Los telefonos 800 junto con los telefonos 900 ofrecen llamadas gratuitas para el que llama. El coste íntegro lo asume el propietario de la línea. Es decir, que los telefonos 800 son gratuitos para quien llama.

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Servicios de valor añadido

Estos telefonos 800 forman parte de lo que se conoce como servicios telefónicos de valor añadido.

Generalmente, y con la excepción de los 800 y 900 que son gratuitos para el que llama, son teléfonos que se facturan a pesar de tener una tarifa plana en casa. Y su coste por llamada es superior si se hace desde un móvil que desde un fijo. Tenlo en cuenta.

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Normativa relacionada

  • Orden PRE/361/2002, de 14 de febrero, de desarrollo, en lo relativo a los derechos de los usuarios y a los servicios de tarificación adicional, del título IV del Real Decreto 1736/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla el título III de la Ley General de Telecomunicaciones (ver online).

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