El seguro de responsabilidad civil para perros

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Aunque algunas Comunidades autónomas ya lo tenían regulado desde hace tiempo, con la entrada en vigor de la ley de bienestar animal el 28 de septiembre de 2023, es obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil para perros.

En este post te contamos qué es un el seguro de responsabilidad civil perros, qué coberturas incluye y qué necesitas contratar cara a la Ley 7/2023 de bienestar animal.

Tener una mascota en casa

Según la fuente consultada sea el INE o la REIAC (Red Española de Identificación de Animales de Compañía), en España habrá de 10 a 16 millones de animales domésticos, entre perros y gatos.

La tenencia de estos animales en casa junto con su paseo por calles, parques y vías públicas no está exenta de responsabilidades por parte los propietarios o tenedores (quienes se encarguen de sus cuidados).

La responsabilidad civil (RC) es la responsabilidad que tienen dichas personas sobre los daños personales o materiales que sus mascotas puedan causar (accidentes, destrozos, lesiones, muerte, lucro cesante, etc.).

Se trata de una responsabilidad económica (independiente de su responsabilidad penal y/o administrativa) para afrontar las indemnizaciones que puedan imponerles los juzgados con motivo de sucesos con daños causados por sus mascotas. Es decir que cubre las consecuencias económicas de nuestra responsabilidad civil con el animal.

Por eso, desde hace tiempo Comunidades autónomas como Madrid o País Vasco, obligaban a sus propietarios a tener contratado un seguro de responsabilidad civil. 

Sin embargo, este requisito pasa a ser obligatorio a partir de los 6 meses de la publicación (28 de marzo de 2023) en el BOE de la Ley de Bienestar Animal (ver más abajo), de ámbito estatal.

Qué dice la Ley de Bienestar Animal

La Ley de Bienestar Animal, en vigor desde el 28 de septiembre de 2023 define las dos obligaciones de los propietarios de un perro en su artículo 30:

La primera es pasar un curso sobre tenencia de perros, gratuito, una sola vez y con validez indefinida:

Artículo 30. Tenencia de perros

1. Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida.

2. Dicho curso de formación será gratuito y su contenido se determinará reglamentariamente.

Y la segunda, y más importante, suscribir y mantener vigente un seguro de responsabilidad civil perros durante toda su vida:

3. En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente

Aunque, como puedes ver, no entra a valorar el importe de dicha cobertura de RC, dejando este aspecto abierto a la aprobación de un futuro reglamento.

Seguro de responsabilidad civil perro

Un seguro de responsabilidad civil de un perro es un seguro destinado a cubrir riesgos y eventos inherentes a la vida del animal tanto por parte del propietario como de su tenedor (paseador, custodio, etc.):

Técnicamente, AXA lo define así en su póliza «Responsable con tu perro».

Este seguro tiene por objeto cubrir la Responsabilidad Civil como propietario de un perro exigida por la Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales en forma de seguro obligatorio. También da cobertura a aquellas personas que convivan o lo tengan en custodia.

La cobertura principal del seguro está destinada a cubrir (AXA):

Responsabilidad civil como propietario de perros: cubre las consecuencias pecuniarias de la responsabilidad civil que pueda derivarse para el asegurado por daños personales, materiales y perjuicios consecutivos causados a terceros por el perro indicado.

Otras coberturas habituales de este tipo de seguros (incluidas u opcionales) tenemos:

  • Defensa penal: asistencia letrada de abogado y procurador designado por la aseguradora para defenderte en un procedimiento criminal (aparte de la RC).

  • Fianzas penales: desembolso de la posible fianza que nos exija el juzgado para asegurar nuestra libertad provisional.

Seguros de mascotas

Los seguros de mascotas son seguros integrales que, además de cubrir nuestra responsabilidad civil incluyen la asistencia sanitaria.

Además de cubrir todo tipo de mascotas como perros, gatos, hámsteres, peces o incluso caballos, una de las coberturas más demandadas es su asistencia veterinaria (cuidados y atención recibida por el animal).

Es decir, que incluye las posibles consultas al veterinario o su visita a domicilio, pruebas analíticas, medicamentos o la hospitalización de tu mascota por enfermedad o accidente.

Pero con algunas limitaciones como estar identificado por chip. Mapfre añade que:

Tu mascota debe tener mínimo 3 meses y no más de 7 años, además de no padecer o haber padecido una enfermedad en el último año, ni haber sido objeto de intervención quirúrgica (en este caso la esterilización no cuenta).

También incluyen, importante, una indemnización por robo o extravío o los gastos ocasionados en su búsqueda o rescate.

Qué debes tener en cuenta al contratar

Como en cualquier seguro sobre las personas o cosas, debes tener en cuenta los siguientes aspectos antes de contratar tu seguro:

  • Asegúrate de que cubre a tu perro, sea cual sea su raza, peligrosidad potencial uso o destino (perro guía, de guardia, etc.).
  • Asegúrate de que cubre a quien esté a cargo del perro en todo momento, ya sea su propietario, un familiar, un profesional, o alguien a quien se le confíe su custodia.
  • No faltes a la verdad en el cuestionario del seguro en lo referente al tipo de perro, raza, edad o sexo. La compañía calcula la prima a pagar en función de todos estos aspectos. Si mientes en alguno de ellos te expones a no estar cubierto parcial o totalmente en caso de siniestro.
  • Calcula bien el importe de la responsabilidad civil a cubrir ya que las aseguradoras ofrecen distintas primas en función de este importe. Van entre los 150.000 y los 1.2 millones de euros. En función de la raza y exposición de tu perro a posibles diseños así deberías calcular la cobertura.
  • Asegúrate de que la suma anterior es por víctima y no total por siniestro. Y que no hay franquicias que debas asumir tú o carencias (demoras en la entrada en vigor de la cobertura).
  • La defensa penal y las fianzas penales son opcionales en algunos seguros, con lo cual, no dudes en contratarlas pagando una prima adicional si crees que puedes ser condenado por la vía penal por los daños de tu perro. O a pagar una suma de dinero para poder asegurar la libertad condicional.
  • Cobertura territorial: asegúrate de si la póliza te cubre en toda España y, fuera de ella, en qué países sí y cuáles no, por si viajas con tu perro al extranjero.
  • ¿Orientación o atención veterinaria?: mira que no es lo mismo poder asesorarte por teléfono que cubrir los gastos veterinarios en caso de enfermedad o accidente.
  • ¿Cubre el sacrificio y la incineración?

Finalmente, ten en cuenta que estos seguros te cubrirán solo por las responsabilidades dictadas por tribunales españoles. Con lo que, tu RC por daños en otros países mientras viajas puede estar excluida de la cobertura.

¿Me vale mi seguro de hogar para el perro?

Este es un tema interesante ya que la Ley de bienestar animal no deja claro si hay que contratar un seguro específico para perros o si valdría con incluir una cobertura adicional en nuestro seguro del hogar que incluya la RC del animal, por una suma suficiente.

Nosotros entendemos que la pretensión del legislador es que cada propietario de un perro esté cubierto con un seguro con una cuantía suficiente (como mínimo 120.000 euros por víctima) dándole igual la fórmula elegida para cubrir su riesgo.

Normativa relacionada

Es normativa relacionada con la tenencia de animales y el seguro de responsabilidad civil perros de sus propietarios:

Estatal

  • Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (ver online).

Comunidad de Madrid

En Madrid, hay una ley de 2016 que obligación a los propietarios de perros a disponer de un seguro de RC. Y que prevé en su «futuro» reglamento, regular qué otros animales requerirán dicho seguro y su detalle.

  • Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid (ver online).

No tenemos constancia de que, a pesar de la obligatoriedad de dictar el reglamento, se hiciera finalmente. Sí existía un proyecto de regulación de dicho reglamento, de 2017, pero nada más.

En el proyecto de reglamento se dice que:

Artículo 7. Seguro de responsabilidad civil.

Todos los propietarios de perros, gatos, hurones y cualquier animal de otra especie que salga al exterior del domicilio en el que reside y sea susceptible de causar daños a otros animales, a las personas o a sus bienes, deben contratar un seguro de responsabilidad civil destinado a cubrir los posibles daños que puedan ocasionar.

En el caso de tratarse de animales considerados potencialmente peligrosos, sus propietarios o cualquier persona que quiera disponer de la licencia para la tenencia contratarán un seguro de responsabilidad civil por importe superior a 120.000 euros.

País Vasco

En Euskadi tenemos desde 2020 la obligación de suscribir el seguro en perros potencialmente peligrosos.

Artículo 12
Todas las personas propietarias de perros potencialmente peligrosos quedan obligadas a contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura mínima de 120.000 euros en el plazo de 10 días desde la identificación del mismo y previamente a la inclusión del animal en el registro correspondiente. No se incluirá en esa cantidad asegurada ningún tipo de franquicia.

  • Decreto 44/2020, de 24 de marzo, de modificación del Decreto sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco (ver online).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

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Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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