De todas las formas de terminación de una relación matrimonial de forma rápida, eficaz y de mutuo acuerdo, el divorcio express es la que menos problemas plantea, a priori.
El divorcio en España
Una de las suertes de haber vivido la mayor parte de mis años en democracia fueron la serie de derechos nuevos que esta trajo, amparados por una nueva Constitución.
El derecho al divorcio en España, aunque legislado por primera vez durante la Segunda República (Ley de Divorcio de 1932), luego derogada, vio la luz con la bienvenida Ley 30/1981, de 7 de julio. Esta última introdujo innovadoras modificaciones en la regulación del matrimonio en el Código Civil. Y, por primera vez en democracia, abordó la problemática de la nulidad, la separación y el divorcio.
Sin embargo, incluso en 1981 se seguía concibiendo el derecho al divorcio como un último recurso, por seguir contemplando el matrimonio civil como vínculo indisoluble.
Es decir, que se obligaba a que hubieran transcurrido tiempos dilatados para conseguir el plácet judicial a la disolución de la relación jurídica. En concreto y por citar algunos ejemplos, debía transcurrir, como mínimo, «un año ininterrumpido desde la interposición de la demanda de separación formulada por ambos cónyuges o por uno de ellos con el consentimiento del otro». O «al menos dos años ininterrumpidos» desde la decisión libre de separarse por ambos cónyuges, sentencia judicial firme o «desde la declaración de ausencia legal de alguno de los cónyuges, a petición de cualquiera de ellos».
Obviamente, estos exigentes plazos legales no podían satisfacer a los cónyuges que, de manera pacífica y concertada, querían poner fin a su vínculo matrimonial.
Por ello, y aunque tuvieron que pasar 25 años, con la llegada de la Ley 15/2005, de 8 de julio, el panorama del divorcio en España se despejó mucho. Es esta ley la que suaviza mucho el divorcio por acuerdo de las partes, lo facilita cuando no hay cargas familiares, y agiliza los plazos en el caso de divorcio contencioso.
El divorcio express como forma ágil y sencilla de poner fin a una relación matrimonial
Según la «Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios (ENSD)» del Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2023 se produjeron en España 76.685 divorcios.
De ellos, el 81,6% fueron de mutuo acuerdo (no contenciosos) y el 18,4% restante contenciosos. Y de aquellos, en determinados casos donde hay acuerdo de los cónyuges y no hay menores o hijos con discapacidad, un gran número fueron divorcios express.
Condiciones para solicitarlo
Para poder acogerse al divorcio exprés, se deben cumplir estos requisitos:
- Al menos uno de los cónyuges debe residir en España.
- Que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse presentando la demanda de separación o divorcio conjuntamente, o uno con el consentimiento del otro.
- Que exista un acuerdo sobre el convenio regulador (regula la custodia de los hijos, el régimen de visitas, las posibles pensiones de alimentos, el uso de la vivienda familiar, quién se queda y cómo con la mascota familiar, etc.).
- Que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio (excepto en casos de riesgo para la vida, integridad o libertad del cónyuge o los hijos).
Trámites que deben realizar los cónyuges
Los pasos a seguir para proceder a un divorcio express son estos:
- Redacción del convenio regulador. En él se acuerdan las condiciones económicas y familiares del divorcio.
- Presentación de la demanda de divorcio junto con el convenio regulador en el Juzgado o ante notario.
- Ratificación del divorcio por ambas partes.
El proceso culmina con la obtención de una resolución judicial sobre el divorcio o por escritura pública ante notario.
¿Es necesario abogado y procurador?
Sí, se necesita estar defendido en el proceso de divorcio express por abogado y representado por procurador, incluso en el divorcio de mutuo acuerdo.
Además, si es de común acuerdo, en esta modalidad no contenciosa ambos cónyuges pueden compartir el mismo abogado y procurador, lo que abarata el proceso.
¿Dónde se puede tramitar?
La ley prevé dos vías diferentes para la tramitación de un divorcio express, la judicial y la notarial.
En el caso de la vía judicial, se presenta demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo (artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio conyugal.
Si existen hijos menores o mayores con discapacidad, se ocuparé del trámite el Juez. Si no, se hará ante el Letrado de la Administración de Justicia (antiguo Secretario Judicial).
El trámite es relativamente rápido y requiere que ambos cónyuges se presenten en el Juzgado a ratificar su decisión, validar el convenio regulador y el informe del fiscal en caso de haber menores de edad o mayores discapacitados.
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Normativa relacionada
Es normativa relacionada con el divorcio en España y la modalidad del divorcio express:
- Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Ley 30/1981, de 7 de julio, por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio.
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