Todo sobre moneda falsa y falsificación de moneda

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En España (y en todas partes), no se puede ni fabricar, ni alterar, ni distribuir moneda falsa. El delito de falsificación de moneda se recoge en el artículo 386 del Código Penal (De la falsificación de moneda y efectos timbrados).

Artículo 386 del Código Penal

1. Será castigado con la pena de prisión de ocho a doce años y multa del tanto al décuplo del valor aparente de la moneda:

-El que altere la moneda o fabrique moneda falsa.
-El que introduzca en el país o exporte moneda falsa o alterada.
El que transporte, expenda o distribuya moneda falsa o alterada con conocimiento de su falsedad.

2. Si la moneda falsa fuera puesta en circulación se impondrá la pena en su mitad superior.

La tenencia, recepción u obtención de moneda falsa para su expedición o distribución o puesta en circulación será castigada con la pena inferior en uno o dos grados, atendiendo al valor de aquélla y al grado de connivencia con el falsificador, alterador, introductor o exportador.

3. El que habiendo recibido de buena fe moneda falsa la expenda o distribuya después de constarle su falsedad será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a veinticuatro meses. No obstante, si el valor aparente de la moneda no excediera de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.

4. Si el culpable perteneciere a una sociedad, organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de estas actividades, el juez o tribunal podrá imponer alguna o algunas de las consecuencias previstas en el artículo 129 de este Código.

5. Cuando, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis, una persona jurídica sea responsable de los anteriores delitos, se le impondrá la pena de multa del triple al décuplo del valor aparente de la moneda.

Consecuencias de falsificar moneda

Si te pillan dando el pase a un billete falso, te puede caer una pena que va desde la multa económica diaria de 1 a 3 meses, o si se demuestra que lo sabias y colaborabas en la estafa, dos años de prisión.

Todo sobre la moneda falsa

Te presentamos todo lo publicado en Consumoteca sobre moneda falsa:

Dos años de cárcel por pasar billetes falsos de 50 euros

El precio de pagar con billetes falsos

Normativa relacionada

  • Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (ver online)

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Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

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Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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