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Perro-guía

Un perro-guía por su especial temple y cualidades, presta servicios a una persona con discapacidad física (visión reducida o ceguera)

Eva María Martín

Licenciada en Derecho y Postgrado en traducción. Soy una profesional por cuenta propia que se dedica a la traducción de documentación y al mantenimiento de sitios web, en particular mantengo el sitio www.consumoteca.com. Colaboro con Consumoteca porque creo en este proyecto y creo que hacía falta ordenar la información de ayuda a la compra y presentarla de una forma amigable, en una web bien diseñada. Animando a la gente a que se exprese se está dando un gran paso adelante en la emancipación de los consumidores españoles.

«Perro-guía». Fecha publicación: 5 marzo 2022.

Perro-guía

Un perro es según el DRAE un

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mamífero doméstico de la familia de los Cánidos, de tamaño, forma y pelaje muy diversos, según las razas. Tiene olfato muy fino y es inteligente y muy leal al hombre”.

Por su parte, un perro-guía es aquel que por su especial temple y cualidades, prestan sus servicios y ayuda a una persona con discapacidad física consistente en visión reducida o ceguera.

Los perros-guía tienen la consideración de animales domésticos o de compañía. Y están sometidos por razones de higiene y sanidad a una serie de requisitos.

La normativa les da un especial tratamiento en forma de discriminación positiva: las personas con perros-guía pueden acceder a lugares vedados para el resto de perros como transporte público, establecimientos comerciales, etc.

Perros de asistencia

La normativa en España (por ejemplo la Ley 4/2015 murciana*),  incluye a los perros guía como  uno de los cuatro tipos de «perros de asistencia» y los define y cataloga así en atención a las aptitudes y habilidades adquiridas en su adiestramiento:

a) Perros guía: son aquellos perros adiestrados para guiar y orientar a una persona con discapacidad visual, total o parcial, o a una persona que además de una discapacidad visual tiene una discapacidad auditiva.

b) Perros de señalización de sonidos: son aquellos perros adiestrados para avisar a las personas con discapacidad auditiva, total o parcial, de diferentes sonidos e indicarles su origen.

c) Perros de apoyo o de servicio: son aquellos perros adiestrados para prestar ayuda y auxilio en el desarrollo de las actividades de la vida diaria a aquellas personas con discapacidad que tengan reducida su capacidad motora.

d) Perros de aviso: son aquellos perros adiestrados para dar una alerta médica a las personas que padecen epilepsia, diabetes o alguna de las enfermedades que se reconozcan de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente.

Orígenes de los perros-guía

Los primeros manuales sobre perros-guía se conocen en Austria en 1827, y en España llegaron a la ONCE en 1963.

Cómo comportarnos ante un perro-guía de un ciego

La ONCE, en su página web ofrece un interesante “Decálogo del comportamiento ciudadano ante un perro-guía” que citamos textualmente por lo revelador que es:

1.-No me des de comer ni me llames cuando estoy trabajando. Los silbidos me distraen.

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2.-Si quieres saludarme pregunta primero a la persona.

3.-No dejes tu perro suelto cerca de mí. Intenta controlarle.

4.-Para dar una indicación a mi dueño, no tires de la correa ni me agarres del arnés.

5.-Recuerda que soy los ojos de una persona. No impidas mi paso a los establecimientos ni transportes. La ley me ampara.

6.-No me tengas miedo. Ni soy agresivo ni transmito enfermedades.

7.-Si cuando vas conduciendo ves que intento cruzar, ten precaución y para a una distancia suficiente para no asustarme.

8.-Facilítame una ubicación cómoda en los transportes públicos.

9.-Somos perros limpios. El pipí y las cacas siempre lejos de las aceras en los lugares adecuados.

10.-Si estoy trabajando, vendiendo el cupón… ¡Cómprame uno… o dos!

Fuente: ONCE http://perrosguia.once.es/

Normativa de perros guía

* Ley 4/2015, de 3 de marzo, de perros de asistencia para personas con discapacidad (Región de Murcia).

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