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  Normativa Publicado el 28/03/2012 - 19:21  

Normativa que regula los servicios funerarios en España

Por Eva Tamames  |    Colabora |    3742 Vistas |    1 Comentarios  |  Twitter Facebook

Las normas autonómicas son similares entre sí

Normativa que regula los servicios funerarios

La muerte de un familiar o amigo es un momento delicado en el que, llevados por la tristeza del momento, tomamos decisiones apresuradas que afectan a nuestros intereses económicos ya que normalmente no se escatima. Se trata de momentos en los que las empresas que prestan servicios funerarios pueden aprovecharse de nuestro dolor para ofrecernos servicios sin información previa sobre su prestación a sabiendas de que diremos a todo que sí.

Te enumeramos las principales normativas que regulan los servicios funerarios en España:

Ámbito estatal

 Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria

 Decreto 297/1997, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria

 Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (artículos 24 y 25)

Comunidades Autónomas
Te enumeramos las normas que hemos encontrado (si conoces alguna que falte por favor haznoslo saber)

 Andalucía
-Decreto 95/2001, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (modificado por Decreto 62/2012, de 13 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, aprobado por Decreto 95/2001, de 3 de abril. (BOJA de 27 de marzo de 2012).).

-Decreto 238/2007, de 4 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria

 Aragón
-Decreto 106/1996, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria

 

 Cantabria
-Decreto 2/2011, de 3 de febrero, por el que se modifica el Decreto 1/1994, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Cantabria (BOCA de 14 de febrero de 2011)

-Decreto 1/1994, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Cantabria

 

 Castilla-La Mancha
-Decreto 72/1999, de 1 de junio, de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de Sanidad Mortuoria

-Decreto 25/2000, de 15 de febrero de 2000, de los derechos de información y económicos de los usuarios de servicios funerarios (DOCM nº 13 de 18 de febrero de 2000)

 Castilla y León
-Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la policía sanitaria mortuoria en la Comunidad de Castilla y León.

 Comunidad de Madrid
-Decreto 124/1997, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid

-Orden 771/2008, de 31 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la realización de prácticas de tanatopraxia en la Comunidad de Madrid

 Comunidad Valenciana
-Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana

 Extremadura
-Decreto 107/1994, de 2 de agosto, sobre traslado de cadáveres en la Comunidad Autónoma de Extremadura

 Principado de Asturias
-Decreto 72/1998, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria en el ámbito del Principado de Asturias

Ayuntamientos
Se trata de normas locales sobre requisitos administrativos y sanitarios a exigir a las empresas de servicios funerarios, cementerios, tanatorios, etc.


etiquetas: 112, Cadáver, Certificado de defunción, Certificado médico de defunción, Cobertura, Coche fúnebre, Columbario, Defunción, Depósito de cadáveres, Difunto, Domicilio mortuorio, Donación de órganos, Embalsamamiento, Empresa funeraria, Enterramiento, Entierro, Féretro, Incineración, INE, Licencia de enterramiento, Médico, Muerte, Nicho, Padrón municipal, Panteón, Registro Civil, Sepultura, Tanatoestética, Tanatoplastia, Tanatopraxia, Tumba, UE,
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Quieren quitarnos una plaza para los niños y poner un tanatorio en pleno centro del pueblo, es esto
Francoise (San Miguel de Abona , Santa Cruz de Tfe) | 22 junio 2010 | 18:43
Existe un plaza en el centro del pueblo de Guargacho que pertenece a San Miguel de Abona, de Santa Cruz de Tenerife,donde el ayuntamiento quiere ubicar un TATANORIO en 140 metros cuadrados que van a absorber para dicho proyecto, quitaran la plaza practicamente y lo ubicaran al lado (como unos dos metros de distancia ) de un edificio donde existen alrededor de 40 viviendas, tenemos al promotor que cedio este terreno para parque infantil y ahora quieren colocar un TANATORIO..con todo lo que esto conlleva, es esto legal, debemos aceptarlo, sin previo aviso sin derecho a interponer recurso alguno, y sin poder llegar a opinar, este ayuntameiento se esta pasando..informenme si alguien conoce alguna ley que me la diga donde se permite construir tan cerca de los vecinos y sin acceso ideal o parking adecuados para los allegados.Gracias.

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