Qué es una actividad recreativa

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Congreso (Fuente Luis Quintero)

Esta entrada «Qué es una actividad recreativa» se publicó por primera vez el 2 de abril de 2016 y ha sido actualizada el 23 de mayo de 2023.

Legalmente* una actividad recreativa es toda actividad realizada por una persona natural o jurídica que tenga como fin congregar público en general, con objeto principal de implicarle a participar en ella o de ofrecerle servicios con finalidad de ocio, entretenimiento y diversión, aislada o simultáneamente con otras actividades.

Ejemplos de actividades recreativas

Son actividades recreativas las atracciones de feria, los festejos taurinos de carácter popular, las verbenas y festejos populares o tradicionales, las conferencias, congresos y similares.

También lo son las actividades deportivas, los juegos de azar, recreativos, de ocio, los “scape rooms” y similares.

Y los juegos recreativos acuáticos, los festivales, las actividades zoológicas, botánicas y geológicas y las actuaciones en directo de pequeño formato. Y todo lo relacionado con la hostelería, entendida como «actividad recreativa que tiene por objeto la prestación de servicios tales como bebida, comida, música y baile.”

Definición legal de actividad recreativa

En España, las Comunidades Autónomas tienen plenas competencias en la ordenación de los espectáculos públicos y actividades recreativas que se realicen en su territorio.

En los últimos años, además de proteger los intereses de los usuarios que atienden a estos espectáculos, vienen protegiendo los intereses indirectos pero muy relacionados como los de los trabajadores de los mismos. O los de los usuarios que no atienden a estas congregaciones (ruidos, molestias, suciedad, etc.). O los del medioambiente y del patrimonio.

De manera que estas masificaciones sean respetuosas con todo y con todos durante su celebración y una vez concluidas.

Andalucía

En esta Comunidad, la norma (Ley 13/1999) dice que:

Se entenderá por actividad recreativa el conjunto de operaciones desarrolladas por una persona natural o jurídica, o por un conjunto de personas, tendente a ofrecer y procurar al público, aislada o simultáneamente con otra actividad distinta, situaciones de ocio, diversión, esparcimiento o consumición de bebidas y alimentos.

Cantabria

La normativa de Cantabria (abril 2017*) tiene una definición específica de actividad recreativa. Dice así:

Actividades recreativas serán aquellas que congregan a un público o a espectadores que acuden con el objetivo principal de participar en la actividad o recibir los servicios desarrollados por una persona o conjunto de personas físicas o jurídicas, tendentes a ofrecer o procurar al público aislada o simultáneamente con otra actividad distinta, situaciones de ocio, diversión, deporte, esparcimiento o consumición de bebidas y alimentos.

Cataluña

En Cataluña son actividades recreativas (Ley 11/2009):

las actividades que ofrecen al público la utilización de juegos, máquinas o aparatos o el consumo de productos o de servicios de ocio, entretenimiento o diversión, así como las actividades que congregan a personas con el objeto principal de implicarlas a participar en ellas o de ofrecerles servicios con finalidad de ocio, entretenimiento o diversión.

Galicia

Para Galicia (Ley 10/2017) son actividades recreativas:

Aquellas que ofrecen al público, personas espectadoras o participantes actividades, productos o servicios con fines de recreo, entretenimiento u ocio.

Murcia

En la Región de Murcia (Decreto-Ley n.º 4/2023, de 23 de noviembre) son actividades recreativas:

aquellas actividades que congregan a personas con el objeto principal de implicarlas a participar en ellas, de ofrecerles el consumo de productos o de brindarles servicios con fines de ocio, esparcimiento o diversión.

Actividades recreativas permanentes, ocasionales y extraordinarios

La norma extremeña (Ley 7/2019, de 5 de abril) diferencia las actividades recreativas permanentes de las ocasionales y las extraordinarias.

Actividades permanentes

Son espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter permanente aquellos que tengan lugar con carácter habitual en locales, recintos o establecimientos específicamente habilitados para los mismos de acuerdo con la correspondiente licencia municipal de apertura y de funcionamiento, comunicación previa, declaración responsable o título habilitante.

Actividades ocasionales

Se considerarán de carácter ocasional las que se celebren o desarrollen durante períodos de tiempo iguales o inferiores a seis meses, tanto en establecimientos públicos fijos o eventuales, como directamente en espacios abiertos de vías públicas y de otras zonas de dominio público sin establecimiento público que los albergue.

Actividades extraordinarias

Finalimente, serán extraordinarias

Tendrán el carácter de extraordinario, singular, excepcional o no reglamentado, aquellos espectáculos y actividades recreativas que se pretendan realizar con carácter ocasional o puntual, distintos de los amparados por la correspondiente licencia o título que habilite la apertura y funcionamiento de los establecimientos y aquellos que carecen de reglamentación específica.

Espectáculos públicos en las Comunidades autónomas

En España, la normativa sobre espectáculos públicos y actividades recreativas es autonómica.

Las Comunidades autónomas son las responsables de regular los espectáculos y actividades recreativas en todos sus aspectos de seguridad, aforo, obligaciones de los organizadores, etc.

En Consumoteca hemos hablado, por ejemplo, de las normas de espectáculos públicos en Castilla-La Mancha, Euskadi, Cantabria o Madrid.

Normativa relacionada

  • Decreto-Ley n.º 4/2023, de 23 de noviembre, de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 25 de noviembre de 2023).
  • Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (ver online).
  • Ley 10/2017, de 27 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia (ver PDF).
  • Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas (ver online).
  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía (ver online).

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

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