El código de conducta de los servicios de tarificación adicional

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Ninos con telefono movil (McKaela Taylor Unsplash)

Código de conducta de los servicios de tarificación adicional. Fecha de publicación: 25 octubre 2010. Última actualización 25 octubre 2023.

Teléfonos 803

Después del escándalo de los 903 a finales de los noventa del siglo pasado, las empresas del sector telefónico de los mal llamados “servicios de valor añadido” (servicios de tarificación adicional), decidieron crear un código de autorregulación antes de que se les viniera una ley restrictiva encima.

Código de conducta de los servicios de tarificación adicional

El código de conducta de los servicios de tarificación adicional se publicó en el BOE del 30 de septiembre de 2004.

El vehículo fue la Resolución de 15 de septiembre de 2004, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se dispone la publicación del Código de Conducta para la prestación de los Servicios de Tarificación Adicional (ver PDF).

Este codigo de conducta incluye 7 apartados.

1.-Objeto y fines
2.-Definiciones y responsabilidades
3.-Normas sobre publicidad de los servicios
4.-Información que deberá contener el menú de inicio
5.-Normas de aplicación al contenido de los servicios
6.-Resolución de conflictos
7.-Instrumentos para el cumplimiento de los fines del código de conducta.

Detalle de cada capítulo del código de conducta:

Objeto y fines

El objeto del Código es fijar las normas de conducta para velar por los derechos de los consumidores y usuarios de los servicios de tarificación adicional, y de colectivos especiales (menores, mayores y discapacitados).

Definiciones y responsabilidades

Según el Código, son servicios de tarificación adicional aquellos que a través de la marcación de un determinado código conllevan una tarifa retribución específica (superior a la normal en llamadas telefónicas) al que los presta, por servicios de información, comunicación y otros.

Normas sobre publicidad de los servicios

Sea cual sea el soporte (voz, web, papel, etc.) la publicidad de estos servicios debe identificar al titular del servicio y su domicilio e informar del precio máximo por minuto (IVA incluido) para móviles o teléfonos fijos.

Información que deberá contener el menú de inicio

Nada más descolgar, el prestador del servicio se debe identificar, informando del precio máximo por minuto desde un móvil o un teléfono fijo, impuestos incluidos (IVA del 16%).

Normas de aplicación al contenido de los servicios

En este apartado (muy extenso), se indica qué tipo de contenidos se pueden ofrecer bajo estos servicios, y que no pueden atentar contra el artículo 14 de la Constitución.

Ni otras cosas curiosas como que los contenidos no deberán:

  • contener información falsa o caduca.
  • atentar contra la salud física o el equilibrio psíquico.
  • retrasar su inicio o prolongarse de forma poco razonable la espera.
  • incrementar la duración de la llamada artificialmente.
  • explotar la confianza o atentar contra la intimidad de cualquier persona mentalmente desequilibrada o discapacitada.
  • la duración máxima de cada llamada será de 30 minutos, debiendo el operador cortar la llamada en ese instante.

Los servicios se catalogan así según su prefijo (código de acceso). Y dependiendo de si son prestados por voz (hay una persona al otro lado) o por datos (grabaciones):

Prefijos de los servicios de voz

  • Prefijos 803: servicios de voz exclusivos para adultos. Sólo se pueden publicitar en televisión y radio entre las 24h00 y las 7h00, en revistas de adultos, y ser destinados a mayores de edad.
  • Prefijos 806: servicios de voz de ocio y entretenimiento. Deben ser destinados a mayores de 18 años. Las bases de estos concursos deben estar depositadas ante Notario y ser fácilmente accesibles.
  • Prefijos 807: servicios profesionales de voz (asesoramiento, información del tiempo etc): El profesional debe identificarse con su número de colegiado de un Colegio profesional (economistas, médicos, farmacéuticos, etc). Excluye expresamente de este prefijo los servicios de búsqueda de empleo.

La normativa reconoce el derecho de los abonados al servicio telefónico (tanto fijo como móvil) a la desconexión a los Servicios de Tarificación Adicional de estos prefijos de voz.  Tu compañía telefónica tiene un plazo de 10 días para atender las peticiones de desconexión de estos servicios desde la fecha en que lo solicite.

Prefijos de los servicios de datos (entre paréntesis su cuarto dígito)

Son los teléfonos 907:

  • Teléfonos con prefijos 907 (5), 907 (6), 907 (7), 908 (8), 909 (9): adultos
  • Teléfonos con prefijos 907 (0), 907 (1), 907 (2), 908 (3), 909 (4): servicios, ocio y entretenimiento a través de conexiones por internet.

Servicios para niños

Ojo, también se prevén servicios destinados a niños publicitados en las revistas infantiles y juveniles.

Para estos el código recomienda:

  • No prolongar “la duración de la llamada artificialmente”;
  • Advertir “que se precisa el consentimiento de los padres;
  • No utilizar “palabras malsonantes o despreciativas” o “explotar su credulidad”.

Su funcionamiento será entre las 8 y las 23h00 y su duración no podrá exceder los 8 minutos.

Resolución de conflictos

La Comisión de supervisión, ante un incumplimiento velará por delimitar la responsabilidad del operador que ha puesto la red telefónica (la compañía telefónica) y del que pone los contenidos (la compañía que promueve la llamada). Así como por identificar el número del servicio causante del conflicto.

Y nada más, el código no dice qué tipo de sanción recaerá sobre la empresa que incumpla el código. No en vano, está hecho por las empresas del sector para sí mismas.

Si motivo del incumplimiento del código un usuario sufre un perjuicio económico, podrá optar libremente por el arbitraje de consumo, por los tribunales de justicia. O por los órganos administrativos competentes (entendemos que la CNMC o los Servicios de consumo de su Comunidad Autónoma).

Instrumentos para el cumplimiento de los fines del código de conducta

La Comisión de supervisión básicamente se encarga de velar por que se cumpla el código y por que cada servicio telefónico esté bien clasificado según su contenido.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 6 comentarios

  1. Mayka

    Menuda vergüenza. He tenido que llamar a un 807….de atención al Cliente de ASNEF. Me han tenido 1 hora tendía la Teléfono 142 euros de factura q me ha venido.

    ¿alguien sabe si puedo reclamar a esa misma empresa? De roit

  2. jota rivera

    ¿qué empresa es la titular? Quiero saber a qué empresa pertenecen los números de teléfono 806430699, 806570009, 806402979.Unos menores han llamado y yo he pagado la factura, y me interesaría saber la empresa titular de los mismos para identificar al menor que ha realizado las llamadas, para hacerle responsable de ellas. GRACIAS.

  3. mar

    Telefonos 803 Me gustaría saber cómo denunciar a un telefono 803 que ha sido usado por un menor desde un telefono fijo sin ningún aviso al titular del teléfono por parte de ONO(tengo contratado ONO) con un aumento del importe total de las facturas muy elevado.

  4. Eva

    acciones emprendidas Gracias, Juan. Al final puse la reclamación en la web que indicas y solicité la desconexión de estos servicios de tarificación adicional, como recomienda Consumoteca, para evitar que vuelvan a facturarme llamadas no realizadas. Os tendré al tanto de la resolución del asunto.

  5. Eva

    Telefónica y Movistar se lavan las manos A mí Telefónica-Movistar me ha cobrado tres llamadas a un 807 que, por supuesto, no he realizado, y cuando he llamado para reclamar una señorita impertinente de Telefónica me ha dicho que a ellos les pasa el registro de llamadas la empresa del 807, y es a lo que dan credibilidad, que habré llamado sin darme cuenta. Y que total, es poco dinero, son solo 8 euros. Vamos, que la situación de indefensión del consumidor es tremenda. Estoy indignada y planteándome seriamente cambiar de operador.

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