Diferencias entre escritura pública y acta notarial

En este momento estás viendo Diferencias entre escritura pública y acta notarial
Juez Juzgado Justicia Arbitrajes
  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Legal
  • Comentarios de la entrada:2 comentarios

En esta entrada explicamos las diferencias entre escritura pública y acta notarial.

Los notarios son funcionarios públicos expertos en Derecho que hacen todo tipo de documentos como las escrituras públicas y las actas notariales.

Escritura pública

Una escritura pública es un “documento público notarial en el que se recogen los negocios jurídicos”.

Por ejemplo una compra-venta de vivienda, una hipoteca, una herencia, etc. La escritura tiene tanta fuerza ejecutiva que sólo puede impugnarse por la vía judicial.

Las dos escrituras públicas que más otorgan los notarios en España en su día a día, aunque en los últimos años han acusado la crisis como todo el mundo, son las de compra-venta de vivienda. Y la de constitución de hipoteca sobre una vivienda al objeto de financiar su compra con el dinero de un banco. Ambas se inscriben en el Registro de la Propiedad.

Acta notarial

Por su parte, las actas notariales recogen actos jurídicos o constataciones o manifestaciones de personas que comparecen ante el notario.

Los negocios jurídicos son negocios que nunca se inscriben en un registro, como el otorgamiento de un poder notarial, o un reconocimiento de deuda.

Diferencias

Por tanto, las escrituras públicas recogen negocios jurídicos y muchas se inscriben en Registros públicos, mientras que  las actas notariales recogen actos jurídicos y ninguna se inscribe en un Registro público.

Fuente: elaboración propia y www.notariado.org

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. Jose

    Que pasos hay que seguir si 4 hermanos..2 quieren partir la casa..y 2 no quieren..con las actas notariales son suficientes si las yevan al juzgado..para partir?
    O necesitan las escrituras..

  2. raul

    subrogacion hipoteca esto quiere decir que si yo hago a alguien responsable de pagar mi hipoteca por ejemplo a cambio de que sea suya dentro de un determinado tiempo, para no meter al banco por medio y pq la subrogacion de hipoteca ahora mismo es compilcada y traeria muy malas condiciones, sería válido??

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.